SAP Las Palmas 143/2006, 7 de Abril de 2006
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 143/2006 |
Fecha | 07 Abril 2006 |
SENTENCIA
Iltmos. Sres.
Presidente:
D./Dª. Victor Caba Villarejo
Magistrados:
D./Dª. Emma Galcerán Solsona (Ponente)
D./Dª. Carmen Maria Simon Rodriguez
En Las Palmas de Gran Canaria , a 7 de abril de 2006 .
VISTO, ante AUDIENCIA PROVINCIAL SECCIÓN CUARTA , el recurso de apelación admitido a la parte demandada , en los reseñados autos, contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia de fecha 14 de marzo de 2005 , seguidos a instancia de D./Dña. Santiago declarado incomparecido en la alzada contra D./Dña. Gregorio representados por el Procurador D./Dña. Lidia Esther Afonso Arencibia y dirigidos por el Letrado D./Dña. Carlos La- chica Pareja .
El Fallo de la Sentencia apelada " Que estimando la demanda interpuesta por D. Santiago , representado por el procurador de los tribunales Sr. Montesdeoca Santana contra D. Gregorio , debo DECLARAR y DECLARO que Santiago es dueño de la finca registral número NUM000 inscita al folio NUM001 del Tomo NUM002 del Archivo general, Libro NUM003 del Ayuntamiento de Valsequillo descrita como "URBANA.- TROZO DE TERRENO sito en el Casco. del término mucipal de Valsequill. Mide NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE METROS Y CINCUENTA CENTÍMETROS CUADRADOS.- Linda: Norte, calle Isla de Gran Canaria; Sur, calle Isla de Fuerteventura; Naciente, Comunidad de Propietarios El Palmeral Fase 1ª y Poniente, Comunidad de Propietarios El Palmeral Fase 2ª, asímismo debo CONDENAR Y CONDENO a Gregorio a entregar las llaves de acceso a la finca descrita y procediendo al desalojo de la misma dejarla a diposición de su legítimo propietario en el estado en que se encontraba, absteniéndose de cualquier acto que perturbe la legítima posesión de su propietario, con apercibimiento de que de no hacerlo en el plazo improrrogable de diez días desde la notificación de la presente resolución se procederá de inmediato a su lanzamiento, pudiendo en los primeros cinco días del plazo dado retirar los bienes o efectos de su propiedasd que se encuentren en el interior de dicha finca".
La relacionada sentencia, se recurrió en apelación por la indicada parte de conformidad a lo dispuesto en el artículo 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil , y no habiéndose practicado prueba en esta segunda instancia, y tras darle la tramitación oportuna se señaló para su estudio, votación y fallo el día 23 de marzo de 2006 .
Se ha tramitado el presente recurso conforme a derecho, y observando las prescripciones legales. Es Ponente de la sentencia el Iltmo. Sr./a. D./Dña. Emma Galcerán Solsona , quienexpresa el parecer de la Sala.
Es objeto de recurso de apelación la sentencia de fecha 14 de marzo de 2005 , cuyo fallo es del tenor literal siguiente: Que estimando la demanda interpuesta por D. Santiago , representado por el procurador de los tribunales Sr. Montesdeoca Santana contra D. Gregorio , debo DECLARAR y Declaro que Santiago es dueño de la finca registral número NUM000 inscrita al folio NUM001 del Tomo NUM002 del Archivo general, Libro NUM003 del Ayuntamiento de Valsequillo descrita como "URBANA.- TROZO DE TERRENO sito en el Casco, del término municipal de Valsequillo. Mide NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE METROS Y CINCUENTA CENTÍMETROS CUADRADOS.- Linda: Norte, calle Isla de Gran Canaria; Sur, calle Isla de Fuerteventura; Naciente , Comunidad de Propietarios El Palmeral Fase 1ª; y Poniente. Comunidad de...
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