SAP Barcelona 285/2008, 17 de Julio de 2008

PonenteIGNACIO SANCHO GARGALLO
ECLIES:APB:2008:9453
Número de Recurso922/2007
Número de Resolución285/2008
Fecha de Resolución17 de Julio de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 15ª

SENTENCIA Núm.

Ilmos. Sres.

D. IGNACIO SANCHO GARGALLO

D. LUIS GARRIDO ESPA

D. JORDI LLUIS FORGAS I FOLCH

En la ciudad de Barcelona, a diecisiete de julio de dos mil ocho.

Vistos en grado de apelación, ante la Sección Quince de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de incidente concursal número 732/2006 seguidos ante el Juzgado mercantil número 3 de Barcelona, a instancia de CAJA DE AHORROS DE VALENCIA, CASTELLON Y ALICANTE, S.A. (BANCAJA), representada por el procurador Ivo Ranera Cahis, contra los concursados Alberto y Maribel , representados por el procurador Ricard Simó Pascual, y contra la administración concursal. Estos autos penden ante esta Sala en virtud del recurso apelación interpuesto por la representación procesal de Alberto y Maribel contra la sentencia de fecha 10 de abril de 2007.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la resolución apelada es del tenor literal siguiente: "Estimado la impugnación efectuada por la representación en autos de la entidad mercantil CAJA DE AHORROS DE VALENCIA, CASTELLON Y ALICANTE, S.A. (BANCAJA) no ha lugar a incluir como crédito contra la masa los insinuados por Herrera Advocats en el concurso 145/2005 respecto de los honorarios que pudieran devengarse en defensa de los intereses del concursado en otras piezas de calificación en las que se viera encartado. No hay condena en costas".

SEGUNDO

La representación procesal de Alberto y Maribel interpuso recurso de apelación contra la citada sentencia y, admitido el mismo en ambos efectos, se elevaron los autos a esta Sala, previo emplazamiento de las partes, y comparecidas éstas, se siguieron los trámites legales, en el curso de los cuales se señaló para votación y fallo el día 21 de mayo de 2008.

TERCERO

En el presente juicio se han observado y cumplido las prescripciones legales.Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. IGNACIO SANCHO GARGALLO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida acuerda que no se incluyan dentro de los créditos contra la masa del concurso de los deudores Alberto y Maribel , los honorarios de los letrados de la firma Herrera Advocats generados como consecuencia de la asistencia letrada de aquellos concursados en los concursos acumulados al presente, de las entidades TRANSPORTES CONTINUOS INTERIORES, S.A., TRACOINSA SERVICIOS, S.A., TRACOIN, S.A., TRACOINSA ASTURIAS, S.L. y TRACOINSA NAVARRA, S.L. La razón para su exclusión radica en que dichos créditos no tienen su amparo en el párrafo 2º del art. 84.2 LC , porque no son gastos o costas derivados del propio procedimiento concursal del Sr. Alberto ; ni tampoco en el párrafo 3º del art. 84.2 LC , porque en aquellos incidentes de calificación se ejercitaban acciones personales y no propiamente patrimoniales y, además, se mezclan los intereses del Sr. Alberto con los de cada una de las sociedades concursadas.

HERRERA ADVOCATS en su inicial escrito de comunicación de crédito justificaba su calificación como crédito contra la masa al amparo del art. 84.2.2º LC ("los de costas y gastos judiciales ocasionadas por... la asistencia y representación del concursado... durante toda la tramitación del procedimiento y sus incidentes..."); en su escrito de contestación a la impugnación lo hacía al amparo del art. 84.2.3º LC ("los de costas y gastos judiciales ocasionados por la asistencia y representación del deudor... en los juicios que, en interés de la masa, continúen o inicien conforme a lo dispuesto en la Ley..."); y ahora, en su recurso de apelación, invoca ambos preceptos y también los arts. 84.2.9º ("Los que resulten de obligaciones válidamente contraídas durante el procedimiento por la administración concursal o, con la autorización o conformidad de ésta, por el concursado sometido a intervención") y 84.2.10º ("los que resulten de obligaciones nacidas de la ley o de responsabilidad extracontractual del concursado con posterioridad a la declaración de concurso y hasta la eficacia del convenio o, en su caso, hasta la conclusión del concurso").

Para resolver el presente recurso, procederemos a analizar si los créditos insinuados por HERRERA ADVOCATS pueden ser considerados créditos contra la masa al amparo de alguna de estas cuatro justificaciones, empezando por el orden en que se fueron invocando.

SEGUNDO

No se discute que los créditos que HERRERA ASOCIATS presenta para que sean reconocidos con la consideración de "contra la masa", en el concurso de acreedores de Alberto y Maribel (nº 145/2005), se corresponden con los honorarios de la asistencia letrada prestada por el letrado Diego Herrera Giménez al Sr. Alberto en los incidentes concursales de calificación de otros cinco concursos de entidades del grupo TRACOINSA, en los que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
22 sentencias
  • SAP Orense 315/2017, 7 de Septiembre de 2017
    • España
    • 7 Septiembre 2017
    ...de concurso que, además, hayan redundado en pagos en interés de la masa determinados en su cuantía. En esta línea la SAP de Barcelona de 17 de julio de 2008 (ponente Excmo. Sr. Sancho Gargallo, el mismo de la STS 30 de junio de 2017, recurso 3155/2014 ) razona: "..el artículo 84.2.3º LC que......
  • SAP Granada 141/2015, 19 de Junio de 2015
    • España
    • 19 Junio 2015
    ...y equidad ( SSTS 16 de septiembre de 1999 y 4 de mayo de 1988 ). También debemos reseñar que, como establece la SAP Barcelona, sección 15, de 17 de julio de 2008, el supuesto previsto en el art. 84.2.3º LC, "se refiere a los casos en que el deudor, a su costa, ha continuado o iniciado un pr......
  • SAP Murcia 707/2015, 3 de Diciembre de 2015
    • España
    • 3 Diciembre 2015
    ...sentido la reforma de 2011 lo que hace es explicitar esas exigencias, que ya anticipaban por los tribunales (entre otros, SAP de Barcelona de 17 de julio de 2008 ) antes de la Esta exégesis se refuerza si atendemos al fundamento de la Ley concursal cual es garantizar el cobro de sus crédito......
  • SJMer nº 1 67/2016, 10 de Marzo de 2016, de Zaragoza
    • España
    • 10 Marzo 2016
    ...y gastos a que se refiere el precepto son únicamente las del propio concurso, como señala la Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 15, de 17 de julio de 2008, recurso 922/1007 , conforme a la que "Los gastos procesales que la asistencia letrada de uno de los concursados......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos
1 artículos doctrinales
  • Índice de sentencias citadas
    • España
    • Estudio de los principales acuerdos precontractuales con modelos en inglés y español
    • 1 Enero 2012
    ...120. SAP de Madrid de 19 de febrero 2008 (jur 2008\122211). 121. SAP de Albacete de 21 de junio 2008 (jur 2008\354967). 122. SAP de Barcelona de 17 de julio 2008 (jur 123. SAP de Valencia de 19 de febrero 2010 (jur 2010\209619). 124. SAP de Málaga de 14 de abril 2010 (jur 2010\364412). Page......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR