SAP Orense 315/2003, 30 de Diciembre de 2003

PonenteJOSE ARCOS ALVAREZ
ECLIES:APOU:2003:1099
Número de Recurso136/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución315/2003
Fecha de Resolución30 de Diciembre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Orense, Sección 2ª

SENTENCIA

En OURENSE, a 30 DICIEMBRE de DICIEMBRE de DOS MIL TRES.

VISTOS, en grado de apelación, por esta Sección Segunda de la Audiencia Provincial, actuando como Tribunal Civil, los autos de MENOR CUANTÍA procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE NÚM. DOS DE OURENSE, seguidos con el nº 292/2000 ACUMULADO EL 498/2000, Rollo de apelación nº 136/03, en los que aparece, como parte APELANTE, D./Dª. Gerardo Y Rafael , representado/a por el/la Procurador/a D./Dª SANDRA PÉREZ ÁLVAREZ y asistido/a por el/la Letrado/a D./Dª MANUEL FEIJÓO FERNÁNDEZ y como, APELADO, D./Dª. Luis Francisco , representado/a por el/la procurador/a D/Dª MARÍA GLORIA SÁNCHEZ IZQUIERDO, y asistido/a por el/la Letrado/a D./Dª. JAVIER BLANCO MÉNDEZ Y DÑA. Susana en situación procesal de Rebeldía Sobre: DECLARACIÓN DE ELEMENTO COMÚN. Es MAGISTRADO-PONENTE el Ilmo. Sr. D. JOSÉ ARCOS ÁLVAREZ .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de primera instancia de NÚM. DOS DE OURENSE se dictó sentencia en los referidos autos con fecha 2 SEPTIEMBRE DE 2002 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta por la procuradora doña Sandra Pérez Álvarez , en representación de don Gerardo y de don Rafael , contra don Luis Francisco y contra doña Susana absuelvo a dichos demandados de las pretensiones contra ellos ejercitadas. Las costas se imponen a los actores, salvo las devengadas por honorarios de perito"

SEGUNDO

Notificada la anterior sentencia a las partes, se interpuso por la representación procesal de D./Dª. Gerardo Y Rafael recurso de apelación y, seguido por sus trámites legales se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

En la tramitación de este recurso se han cumplido las correspondientes prescripciones legales a excepción del término para dictar sentencia debido al excesivo número de asuntos que obran ante esta Sección

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Es objeto del presente recurso de apelación la determinación del carácter jurídico delespacio bajo cubierta del inmueble sito en el número NUM000 de la CALLE000 (Ourense).La parte recurrente sostiene que se trata de un elemento común del referido inmueble a la vista de que en la Escritura de Obra Nueva y División Horizontal del edificio nada se establecía sobre el carácter privativo de ese espacio. Se anuda a esta omisión en el título constitutivo un carácter de presunción general a favor de considerar el espacio litigioso como elemento común. Se añade que no ha existido desafectación del elemento común, ni "ab imitio" mediante la correspondiente reserva de titularidad, ni a posteriori por virtud de acuerdo unánime al que se refiere el art. 16 LPH, ni ha sido posible la adquisición del dominio del espacio bajo cubierta por parte de los demandados -y ahora apelados- por efecto del instituto de la usucapión por no cumplirse en esta caso los requisitos legalmente exigidos para ello.

Por su parte, la representación procesal de los demandados y ahora apelados,...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • SAP Vizcaya 554/2011, 28 de Julio de 2011
    • España
    • 28 Julio 2011
    ...prescindiendo de la singularidad del supuesto fáctico, por lo que no es de aplicación al caso examinado la Sentencia de la Audiencia Provincial de Ourense de 30 de diciembre de 2.003, citada por la parte recurrente, porque, si bien se refiere a la determinación del carácter jurídico del esp......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR