SAP Asturias 90/2005, 14 de Marzo de 2005

PonenteMARIA JOSE PUEYO MATEO
ECLIES:APO:2005:750
Número de Recurso49/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución90/2005
Fecha de Resolución14 de Marzo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 5ª

SENTENCIA: 00090/2005

Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000049 /2005

Ilmos. Sres. Magistrados:

DON JOSÉ MARÍA ÁLVAREZ SEIJO

DOÑA MARÍA JOSÉ PUEYO MATEO

DOÑA MARIA DEL PILAR MURIEL FERNÁNDEZ PACHECO

En OVIEDO, a catorce de Marzo de dos mil cinco.

VISTOS, en grado de apelación, por la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Verbal número 430/04, procedentes del Juzgado de Primera Instancia de Luarca , Rollo de Apelación número 49/05, entre partes, como apelante y demandante DON Juan Enrique y como apelado y demandado DON Iván .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada.

SEGUNDO

El Juzgado de Primera Instancia de Luarca dictó Sentencia en los autos referidos con fecha 5 de Noviembre de 2.004 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Desestimo la demanda interpuesta por el Procurador Sr. González Méndez, en representación de don Juan Enrique , frente a don Iván y absuelvo al demandado de todos los pedimentos contra él dirigidos. Con imposición de las costas a la parte demandante".

TERCERO

Notificada la anterior Sentencia a las partes, se interpuso recurso de apelación por Don Juan Enrique , y previos los traslados ordenados en el art. 461 de la L.E.C ., se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial con las alegaciones escritas de las partes, no habiendo estimado necesario la celebración de vista.

CUARTO

En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS, siendo Ponente el Ilmo. Sr./a. DON/DOÑA MARÍA JOSÉ PUEYO MATEO.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Por el actor Don Juan Enrique se promovió juicio verbal frente a Don Iván alegando que junto con su esposa y el demandado es copropietario de una finca, en parte de la cual el demandado comenzó a colocar estacas de hormigón con el fin de disfrutar, con exclusión de los demás comuneros, de una parte de la finca -formada por la aportación de cuatro parcelas-, concretamente de 850 metros cuadrados, precisamente la parte más cercana a la casa y finca propiedad del Sr. Iván y con la que colinda la agrupada propiedad de la que son titulares, como ya se expuso, el actor, la esposa de éste y el demandado, este último en virtud de donación efectuada a su favor por su tío Don Andrés , hermano de la esposa del actor. Con base en estos hechos se solicita se dicte sentencia en la que se acceda a la tutela de la posesión pretendida, acordando que sea reintegrada en ella la comunidad de propietarios de la finca descrita en el hecho primero de esta demanda, en cuyo beneficio se actúa, condenando al demandado a retirar las alambradas y poste de hormigón que impide el libre uso y disfrute de esa parte de la finca de los comuneros.

La juzgadora "a quo", tras fijar el ámbito en el que había de desarrollarse el procedimiento, al ser el mismo un...

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