SAP Asturias 257/2006, 7 de Julio de 2006

PonenteJOSE LUIS CASERO ALONSO
ECLIES:APO:2006:1889
Número de Recurso254/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución257/2006
Fecha de Resolución 7 de Julio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 5ª

SENTENCIA: 00257/2006

Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000254 /2006

Ilmos. Sres. Magistrados:

DON JOSÉ MARÍA ÁLVAREZ SEIJO

DOÑA MARÍA JOSÉ PUEYO MATEO

DON JOSÉ LUIS CASERO ALONSO

En OVIEDO, a siete de julio de dos mil seis.

VISTOS, en grado de apelación, por la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento Ordinario nº 214/05, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Avilés, Rollo de Apelación nº 254/06, entre partes, como apelante y demandante ESDEHOR S.L. y como apelado y demandado FÁBRICA DE HORMIGONES INDUSTRIALES S.A.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada.

SEGUNDO

El Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Avilés dictó Sentencia en los autos referidos con fecha 31 de enero de 2.006 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta por el Procurador D. Ignacio Sánchez Avello en representación de la entidad Esdehor S.L., DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO a la mercantil Fábrica de Hormigones Industriales de las pretensiones esgrimidas en su contra, todo ello con imposición de costas a la parte demandante.".

TERCERO

Notificada la anterior Sentencia a las partes, se interpuso recurso de apelación por Esdehor S.L., y previos los traslados ordenados en el art. 461 de la L.E.C ., se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial con las alegaciones escritas de las partes, no habiendo estimado necesario la celebración de vista.

CUARTO

En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS, siendo Ponente el Ilmo. Sr. DON JOSÉ LUIS CASERO ALONSO.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

El litigio que nos ocupa versa sobre lo siguiente: PROMOCIONES COTO LOS FERRANES S.L., en su condición de adjudicados, contrató a ESDEHOR, en su condición de adjudicatoria, los trabajos de cimentación, estructura y ayudas necesarias para la construcción de 56 viviendas con, entre otras condiciones, la de que la calidad de los trabajos sería óptima y conforme con la Instrucción de Hormigón Estructural EHE, reservándose el adjudicador la supervisión y control técnico de los trabajos, obligándose el adjudicatario a someterse al criterio de la Dirección Facultativa y corregir a sus expensas todas la deficiencias que se observasen (condicionado general 10 folio 13).

A su vez, ESDEHOR contrató el suministro de hormigón a FHISA y ocurrió que durante el suministro CADESA, la empresa contratada al efecto para el control de calidad en obra, detectó en el lote 24 del suministro, empleado en el techo de la planta 2ª, que una de las tomas para el control (la 1ª) arrogaba un resultado de rotura a comprensión, a 7 días, por debajo de la resistencia aceptable de acuerdo con la instrucción precitada del hormigón, de lo que informa a la propiedad y a la dirección facultativa, que solicita la rotura de otra de las probetas de la toma I, a los 14 días, con resultado de resistencia también por debajo del aceptable de acuerdo con la instrucción. Después, a los 28 días, se procede a la rotura de las probetas restantes con resultado, de nuevo, negativo para la toma 1º, extrayéndose por CADESA 4 probetas testigo más cuya rotura, a los 33 días, arroja, en cuanto a una de ellas, un resultado no conforme con la instrucción (folio 59 y 60).

Asimismo, a instancias del suministrador de hormigón, INGENIEROS ASESORES DE CONSTRUCCIONISTA, practica en obra extracción de 6 testigos, cuya rotura da en todos los casos un índice de resistencia superior a 25 N/metros cuadrados, que es el tipo de hormigón contratado (folio 63).

También, después de eso, es encargado por la promotora de la obra, y a instancias de FHISA, a la empresa SEINCO estudio de resistencia del hormigón, que se practica sobre 12 testigos probeta extraídos el 2-09-94 con un resultado, en cuanto a su resistencia real, superior en todos los casos a 22,5, datando el informe de 10-09-2.004 (folio 76 y siguientes).

Además, a instancias del arquitecto director de la obra, INGESPARK realiza un estudio de seguridad de los elementos que componen la estructura del forjado de la planta tercera tomando como referencia los resultados del control de resistencia del lote 24 realizados por CADESA, que dicho informe cifra en 20,72 N/metros cuadrados, siendo su conclusión que los coeficientes de seguridad a flexión y cortante sobre cargas mayoradas resultan inferiores a la unidad, llegando en algún caso a ser inferiores al 85% y proponiendo la realización de ensayos complementarios de resistencia a fin de que la dirección facultativa tenga suficientes elementos de juicio para decidir, conforme el art. 88.5 de la tan citada instrucción, si acepta o no los elementos del lote y sino que medidas adoptar (folio 65 y siguientes).

Por último, el 9-09-2.004 se consigna en el libro de órdenes de la obra la del...

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