SAP Barcelona 144/2005, 10 de Marzo de 2005

PonenteAGUSTIN FERRER BARRIENDOS
ECLIES:APB:2005:2096
Número de Recurso812/2004
Número de Resolución144/2005
Fecha de Resolución10 de Marzo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 16ª

SENTENCIA N ú m. 144/2005

Ilmos. Sres.

D. AGUSTÍN FERRER BARRIENDOS

Dª. INMACULADA ZAPATA CAMACHO

D. JOSÉ LUIS VALDIVIESO POLAINO

En la ciudad de Barcelona, a diez de marzo de dos mil cinco.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimosexta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento ordinario, número 94/2004 seguidos por el Juzgado Primera Instancia 5 Sant Feliu de Llobregat , a instancia de DIRECCION000 DE MOLINS DE REI, representada en esta alzada por el Procurador Don José Joaquín Pérez Calvo y asistido por el letrado D. Joan Sellés Comellas, contra D. Blas y Dª. Alicia , no comparecidos en esta alzada; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 6 de julio de 2004, por el/la Juez del expresado Juzgado .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: ESTIMO LA DEMANDA interpuesto por la DIRECCION000 MOLINS DE REI representada por el Procurador Jordi Ribé Rubí contra Blas y Alicia representados por el Procurador Robert Martí Campo y declaro que la apertura de un portal efectuada en la pared maestra del local de su propiedad sin la autorización previa de la comunidad actora es contraria a lo que aprobó la Junta de Propietarios y supone un incumplimiento de la Ley de Propiedad Horizontal condenando a los demandados a proceder al cierre de la apertura realizada con el mismo tipo de obra antes existente y en toda la anchura del muro, con el apercibimiento que, de no hacerlo en la forma indicada, podrá ser efectuado a su costa.".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandadamediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria se opuso en tiempo y forma; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial, previo emplazamiento de las partes por treinta días.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 22 de febrero de 2005.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. AGUSTÍN FERRER BARRIENDOS.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La comunidad de propietarios demandante pretende la reconstrucción de una pared medianera, cerrando el hueco que el demandado había abierto para comunicar el local de su propiedad sito en la finca litigiosa con otro local de que es arrendatario, sito en la finca colindante.

La sentencia estimatoria del Juzgado de Instancia es recurrida por el demandado que insiste en su alegación de abuso de derecho.

SEGUNDO

La Juzgadora de instancia recoge con entera corrección lo que es la normativa legal sobre esta materia: Las obras que afectan a la configuración del edificio, afecta al título y requieren de consentimiento unánime de los copropietarios. En este caso, además, las obras de unión de locales implican el consenso de copropietarios de dos edificios. Así lo dispone el art. 12 de la ley de propiedad horizontal , acertadamente aplicado por el...

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