SAP Palencia 229/2005, 27 de Septiembre de 2005
Ponente | CARLOS JAVIER ALVAREZ FERNANDEZ |
ECLI | ES:APP:2005:221 |
Número de Recurso | 4/2005 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 229/2005 |
Fecha de Resolución | 27 de Septiembre de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Palencia, Sección 1ª |
SENTENCIA: 00229/2005
AUDIENCIA PROVINCIAL DE
PALENCIA
Sección 001
Domicilio : PLAZA DE ABILIO CALDERÓN 1
Telf : 979.167.701
Fax : 979.746.456
Modelo : SEN01
N.I.G.: 34120 37 1 2005 0101041
ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000004 /2005
Juzgado procedencia : JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de PALENCIA
Procedimiento de origen : PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000535 /2003
Este Tribunal compuesto por los Sres. Magistrados que se indican al margen, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
La siguiente:
SENTENCIA NUMERO DOSCIENTOS VEINTINUEVE
SEÑORES DEL TRIBUNAL
Ilmo. Sr. Presidente
Don Carlos Javier Alvarez Fernández
Ilmos. Sres. MagistradosDon Angel Muñiz Delgado
Don Mauricio Bugidos San José
---------------------------------------------En la ciudad de Palencia, a veintisiete de Septiembre de 2.005.
Vistos, en grado de Apelación ante esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Ordinario, sobre reclamación de objeto de legado, provenientes del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Palencia, en virtud del Recurso de Apelación interpuesto contra la sentencia recaída en el mismo de fecha 3 de Septiembre de 2.004 , entre partes, de un lado como apelante DON Lorenzo , representado por el Procurador Don José Manuel Treceño Campillo y defendido por el Letrado Sr. Rodríguez-Piñero Fernández, y, de otro como apelados DOÑA Maite , DON Everardo , DON Juan Manuel y DOÑA Paloma , representados por la Procuradora Doña Ana Isabel Bahillo y asistidos del Letrado Don Javier Ballarín Iribarren; siendo Ponente el Ilmo. Sr. Presidente Don Carlos Javier Alvarez Fernández.
SE ACEPTAN los antecedentes fácticos de la Sentencia impugnada.
Que el Fallo de dicha Sentencia, literalmente dice: "El Magistrado-Juez, por la autoridad que le confiere la Constitución Española, ha decidido: DESESTIMAR la demanda interpuesta por Lorenzo frente a Everardo , Juan Manuel , Maite , Paloma y Maite , con imposición de las costas causadas al demandante ".
Contra dicha Sentencia presentó la parte demandante escrito de preparación del presente recurso de apelación, dictándose providencia teniendo por preparado el recurso de apelación y emplazando a la parte recurrente para que lo interpusiera en el plazo legal.
La parte recurrente presentó en el plazo previsto y ante el Juzgado de instancia el escrito interponiendo el recurso de apelación, dictándose providencia dándose traslado a las demás partes personadas para que en el plazo de diez días presentaran escrito de oposición al recurso, o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que le resultare desfavorable.
La parte apelada presentó dentro de plazo escrito de Oposición al recurso de apelación interpuesto por la contraria, remitiéndose a continuación los autos a esta Audiencia Provincial para resolver el recurso de apelación.
SE ACEPTAN y se dan aquí por íntegramente reproducidos los acertados Fundamentos de Derecho de la resolución recurrida,
Contra la sentencia de fecha 3 de Septiembre de 2.004, dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Palencia , en la que se desestimó la demanda formulada por el actor DON Lorenzo contra sus hermanos DON Everardo , DON Juan Manuel , DOÑA Maite , DOÑA Maite y DOÑA Paloma , pretendiendo la entrega al actor de un tractor marca "Ebro", número de chasis EREB-501083, de 125 C.V., interpone la representación de dicho actor recurso de apelación alegando básicamente que el Juzgado ha incurrido en error al interpretar la claúsula del testamento de la causante Doña Penélope , tía carnal de los litigantes, por la que estableció un legado a favor del demandante, e insistiendo en la tesis sustentada en la demanda en orden a que en dicho legado se incluía el tractor marca "Ebro", con chasis número EREB-501.083, de manera que se solicita que la sentencia de primera instancia sea revocada y se condene a los demandados a entregar al demandante el referido tractor agrícola, oponiéndose la representación de los demandados a dicha interpretación de manera que solicitan la desestimación del recurso de apelación y la confirmación de la sentencia recurrida.
La cuestión litigiosa en el proceso abierto entre los litigantes y que, por efecto del recurso de apelación, se traslada a...
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