SAP Pontevedra 117/2005, 8 de Marzo de 2005

PonenteFRANCISCO JAVIER VALDES GARRIDO
ECLIES:APPO:2005:1712
Número de Recurso272/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución117/2005
Fecha de Resolución 8 de Marzo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Pontevedra, Sección 3ª

SENTENCIA: 00117/2005

LA SECCIÓN TERCERA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA, compuesta por

los Magistrados Ilmos. Sres. D. ANTONIO J. GUTIÉRREZ R.- MOLDES, Presidente, D. JAIME ESAIN MANRESA y D. FRANCISCO JAVIER VALDÉS GARRIDO, ha pronunciado, EN NOMBRE

DEL REY, la siguiente:

SENTENCIA Nº: 117/2005

En PONTEVEDRA ,a ocho de marzo de dos mil cinco

Visto el recurso de apelación contra la sentencia recaída en los autos de juicio ordinario, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Cambados con el nº 94/2003 , (Rollo de Sala número 272/2004), en el que son partes como apelantes: D Bruno , y como apelados: D. Javier Y Dª Sara , siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER VALDÉS GARRIDO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 2 de septiembre de 2004, recayó sentencia en los autos de que se deja hecha mención, cuyo fallo, literalmente dice:Que estimando la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales Sr. Guillen Pedreira, declaro que Javier y Sara son propietarios de la finca urbana sita en el lugar DIRECCION000 , en la parroquia de Oubiña, municipio de Cambados, compuesta de casa de planta baja de 86 metros cuadrados , con terreno unido de tojal de dieciseis áreas sesenta centáreas, igual a trinta y una concas y dos tercios de otra, que linda en su conjunto Norte, Juan María ; Sur, Luz ; Este, muro de la finca que separa de hermanas Enrique , y Oeste, camino, debiendo el demandado dejar dicha finca libre y expedita a disposición de la actora a quien se reintegra en la posesión de la misma, imponiendo las costas a la parte demandada.

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se preparó, en tiempo y forma, recurso de apelación por D. Bruno , recayendo resolución del juzgado de instancia por la que se tuvo por preparado el recurso y se acordó emplazar a la parte recurrente al objeto de que lo interpusiera en legal forma, lo que efectuó dentro del plazo legal, y conferido traslado a las restantes partes, con emplazamiento por diez días, al objeto de que formularan oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que resultara desfavorable, por D. Javier y Dª Sara .

TERCERO

Remitidos los autos a esta Audiencia con los escritos de interposición al recurso y de impugnación al mismo correspondió su conocimiento a esta Sección, por turno de reparto de fecha 7 dediciembre de 2004.

Solicitado el recibimiento a prueba en esta instancia por la representación de D. Bruno , por resolución de fecha 8 de febrero de 2005, se denegó dicha solicitud.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Se aceptan los fundamentos de derecho de la sentencia apelada en cuanto se atemperen a los que se exponen a continuación.

PRIMERO

Recurre en apelación el demandado la sentencia de instancia estimatoria de la demanda en que por los actores se ejercita una acción reivindicatoria tendente a la recuperación de la finca de litis que viene ocupando el accionado-recurrente, en razón a no haber acreditado éste título personal alguno que justifique tal posesión.

El demandado-apelante, en su escrito de...

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