SAP Pontevedra 52/2005, 7 de Junio de 2005
Ponente | JOSE CARLOS MONTERO GAMARRA |
ECLI | ES:APPO:2005:2006 |
Número de Recurso | 311/2004 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 52/2005 |
Fecha de Resolución | 7 de Junio de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Pontevedra, Sección 4ª |
SENTENCIA
En PONTEVEDRA , a siete de junio de dos mil cinco.
Vistos por la Sección 4 de la Audiencia Provincial de PONTEVEDRA , integrada por su Presidente Don Antonio Berengua Mosquera y por los Magistrados Don José Carlos Montero Gamarra y Doña Nélida Cid Guede, en grado de apelación, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 44 /2004 , procedentes del JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 3 de PONTEVEDRA , a los que ha correspondido el Rollo de apelación civil núm. 311 /2004, en los que son parte, como apelante la entidad PROSPERITY S.A representada por el procurador don PEDRO-ANTONIO LÓPEZ LÓPEZ, y asistida por el Letrado don RAMIRO ANDRES GONZALEZ, y como apelados doña Verónica , representada por el procurador don SENÉN SOTO SANTIAGO, y asistida por el Letrado don MANUEL CASTRO-RIAL ABAD, y don JOSÉ QUINTANS BOUZO y la entidad COMERCIAL VALQUIN S.L, en rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad por daños en tráfico, y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. don José Carlos Montero Gamarra.
SE ACEPTAN los de la sentencia de primera instancia y,
Por el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Pontevedra se dictó sentencia de fecha dieciocho de junio de dos mil cuatro en los autos de Procedimiento Ordinario seguidos ante dicho Juzgado con el número 44/2004 , cuyo fallo contiene los siguientes pronunciamientos:
"Que estimando íntegramente como estimo la demanda interpuesta en su día por el procurador de los Tribunales D. Senén Soto Santiago, en nombre y representación de Dña. Verónica , contra D. Pedro Enrique , la entidad comercial Valquin, S.L., y contra la entidad aseguradora Prosperity, S.A. de Seguros Generales, condeno a los demandados a que abonen a la parte demandante la cantidad de TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO (3.295 euros), más intereses legales, que para la aseguradora será un interés anual igual al interés legal del dinero incrementado en el 50% a contar desde la fecha del siniestro, con imposición de costas a la parte demandada...".
Contra la reseñada sentencia se preparó en tiempo y forma legal, recurso de apelación por la representación de la entidad demandada CIA DE SEGUROS PROSPERITY S.A. ; el cual se tuvo por preparado emplazándose a la recurrente para que en término de veinte días, lo interpusiera; lo que efectuó a medio de escrito en el que, con base en las alegaciones que dejaba consignadas interesaba se dicte sentencia revocando la de instancia y se dicte otra en la que estime todos los pedimentos a los que alude en su escrito de recurso .
Del escrito de interposición del recurso se dió traslado a las demás partes, emplazándolas por diez días para que presentaran escrito de oposición al recurso, o en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que les resultare desfavorable, presentándose escrito por la representación de la apelada Verónica , formulando oposición a la apelación e interesando, con base en las alegaciones, que igualmente dejaba...
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