SAP Barcelona, 19 de Enero de 2001

PonenteAMELIA MATEO MARCO
ECLIES:APB:2001:569
Número de Recurso1371/2000
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución19 de Enero de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 17ª

SENTENCIA N Ú M.

Ilmos. Sres.

D. JOSÉ MIGUEL FONTCUBERTA DE LA TORRE

D. VICTORIANO DOMINGO LORÉN

Dª AMELIA MATEO MARCO

En la ciudad de Barcelona, a diecinueve de enero de dos mil uno.

VISTOS; en grado de apelación, ante la Sección Decimoséptima de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de juicio de cognición, nº 9/2000, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Arenys de Mar, a instancia de D. Alfredo , dirigido por el Letrado D. Ignasi Planas Rivas, contra D. Luis Antonio , y Dª. Victoria , representados por la Procuradora Dª. Mª. José Blanchar García y dirigidos por el Letrado D. Joaquim Salvá i Garro, y contra Dª. Claudia , incomparecida en esta alzada y representada en los Estrados del Tribunal; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por los codemandados D. Luis Antonio y Dª. Victoria , contra la Sentencia dictada en los mismos el día 31 de octubre de: 2000, por la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por Don Alfredo , contra Don Luis Antonio , Doña Victoria , declarados en rebeldía y Doña Claudia , debo condenar y condeno a Don Luis Antonio , Doña Victoria al pago de la cantidad de 400.000.- ptas., más intereses legales imponiéndoles las costas del presente proceso.- Que debo absolver y absuelvo a Doña Claudia imponiendo las costas causadas a su instancia a la parte actora".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación los codemandados D. Luis Antonio y Dª. Victoria mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria, se opuso a dicho recurso la parte actora mediante su escrito de fecha 24 de noviembre de 2000; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día diecisiete de enero de dos mil uno.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª AMELIA MATEO MARCO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Los demandados, condenados por la sentencia de primera instancia a la devolución de la cantidad entregada por el actor en concepto de arras por la compraventa de una vivienda de su propiedad, apelan aquélla argumentando que fue la parte compradora la que incumplió.

Los documentos en los que se plasmó el negocio jurídico celebrado por las partes fueron dos. El primero, denominado por ellas "Contrato de compromiso de compraventa" (fol. 36), se suscribió el día 21 de septiembre de 1999, y en el mismo se establecían como pactos relevantes a los efectos de la cuestión debatida, que la parte compradora se comprometía a pagar a la parte vendedora la cantidad de 500.000 pesetas antes del día 30 de septiembre de 1999, como parte del precio total del importe de la vivienda citada (estipulación primera); y que en caso de incumplimiento del compromiso, el vendedor perdería las 500.000 pesetas entregadas, o debería entregarlas al vendedor de no haberlo hecho, y de ser el...

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