SAP Salamanca 399/2005, 15 de Septiembre de 2005

PonenteJESUS PEREZ SERNA
ECLIES:APSA:2005:569
Número de Recurso443/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución399/2005
Fecha de Resolución15 de Septiembre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Salamanca, Sección 1ª

Sentencia Nº 399/05

Ilmo. Sr. Presidente Acctal.:

D. LONGINOS GOMEZ HERRERO

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JAIME MARINO BORREGO

D. JESUS PEREZ SERNA

En Salamanca a quince de Septiembre de dos mil cinco

La Audiencia Provincial de Salamanca, ha visto en grado de apelación el Juicio Verbal nº 83/05 del Juzgado de 1ª Instancia Nº 7 de Salamanca; Rollo de Sala Nº 443/05; han sido partes en este recurso: como demandante-apelado PUBLIALBOR S.L. representado por el Procurador D. Manuel Martín Tejedor y bajo la dirección del Letrado D. Carlos Martín Palomero; como demandado- apelante Dª. Elvira representando por la Procuradora Dª. Laura Nieto Estella y bajo la dirección del Letrado D. Antonio Dávila González, habiendo versado sobre reclamación de cantidad.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 18 de abril de 2005, por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez de 1ª Instancia Nº 7 de Salamanca, se dictó Sentencia en los autos de referencia que contiene el siguiente FALLO: "Estimo la demanda formulada por el Procurador D. Manuel Martín Tejedor, en nombre y representación de PUBLIALBOR S.L., frente a Dª. Elvira , representada por la Procuradora Sra. Nieto Estella, y en su virtud, debo de condenar a la demandada Dª. Elvira al pago de las cantidad de 2.241,80 euros más los intereses legales correspondientes; todo ello sin imposición de las costas procesales derivadas de esta instancia"

SEGUNDO

Contra referida Sentencia se preparó recurso de apelación por la demandada, que fue formalizado en tiempo y forma y presentado escrito hizo las alegaciones que estimó oportunas en defensa de sus pretensiones, para terminar suplicando que se dicte sentencia por la que, revocando la recurrida, dicte otra de conformidad al suplico de nuestra contestación; dado traslado de la interposición del recurso a la parte contraria, por su legal representación, se presentó escrito de oposición al mismo, haciendo las alegaciones que estimó oportunas en defensa de sus pretensiones, para terminar suplicando que se dicte sentencia por la que desestimando el recurso interpuesto confirmando la sentencia recurrida con expresa imposición de costas al apelante.

TERCERO

Recibidos los autos en esta Audiencia, se formó el oportuno Rollo y se señaló para votación y fallo del presente recurso de apelación el día 14 de Septiembre de 2005, pasando los autos al Ilmo. Sr. Magistrado Ponente, para dictar Sentencia .

CUARTO

Observadas las formalidades legales.

Vistos, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JESUS PEREZ SERNA

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Ante la reclamación de cantidad ejercitada por la actora contra la demandada, por la difusión, por la primera, en la revista Dígame, de publicidad de la Inmobiliaria Cilleros, de la demandada, la sentencia de instancia, considerando acreditada la existencia de un contrato verbal de inserción publicitaria entre las partes, dada la propia realidad de los anuncios publicitarios referidos a la inmobiliaria citada, estima la demanda y condena a la parte demandada a abonar a Publialbor S.L., la cantidad por ésta pretendida, si bien, no hace imposición de costas procesales, en base a las razones que expresa en su fundamento tercero.

Frente a la condena así impuesta, interpone recurso de apelación la demandada Dª. Elvira , solicitando la revocación de la sentencia de instancia, y el dictado de otra por la que se le absuelva de la pretensión instada en su contra. Alega, a tal fin, error en la apreciación de la prueba por parte del juzgador al estimar éste la existencia de contrato entre Publialbor S.L. y Dª. Elvira . Esta, existencia o no de contrato, se convierte, también en esta alzada en la cuestión básica a dilucidar y de la que depende el éxito o fracaso del recurso, según se conteste a la misma en sentido afirmativo o negativo.

SEGUNDO

En esta línea, la solución devendrá a través de la aplicación de los principios generales sobre la prueba, que vienen establecidos por doctrina jurisprudencial, a...

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