SAP Barcelona 308/2006, 2 de Junio de 2006

PonenteMYRIAM SAMBOLA CABRER
ECLIES:APB:2006:6068
Número de Recurso851/2005
Número de Resolución308/2006
Fecha de Resolución 2 de Junio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 17ª

SENTENCIA N ú m. 308/06

Ilmos. Sres.

Dª. AMELIA MATEO MARCO

Dª. MARIA DOLORS MONTOLÍO SERRA

Dª. MYRIAM SAMBOLA CABRER

En la ciudad de Barcelona, a dos de junio de dos mil seis.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimoséptima de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Verbal nº 938/2004, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Hospitalet de Llobregat (ant. Cl-6), a instancia de D. Eloy contra D. Alfredo ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 8 de Febrero de 2.005, por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta por D. Eloy contra D. Alfredo , debo absolver y absuelvo al demandado de las pretensiones de la parte actora. Se imponen las costas a la parte demandante".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día QUINCE DE MAYO DE DOS MIL SEIS.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. MYRIAM SAMBOLA CABRER.

FUNDAMENTOS DE DERECHO Se aceptan los de la sentencia apelada y

PRIMERO

El actor y ahora apelante D. Eloy pretendía la devolución de 250 euros de los 300 que entregó al demandado, el letrado D. Alfredo .

Su pretensión se fundaba en el hecho de que el letrado no había realizado actuación alguna limitándose a recibirle en el despacho en varias ocasiones y aconsejarle que consignara las rentas, actuación que llevó a cabo el demandante sin más intervención del letrado.

La sentencia rechaza la reclamación pues entiende que el actor contrató al letrado a quien entregó en concepto de provisión de fondos la cantidad de 300 euros y que el asesoramiento jurídico se realizó y concluye que el importe percibido por el letrado no puede reducirse como pretende el actor de forma unilateral pues el precio estaba pactado y el asesoramiento se llevó a cabo.

El recurso persigue la revocación de la sentencia realizando una valoración de la...

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