SAP Álava 498/2008, 22 de Diciembre de 2008

PonenteIÑIGO ELIZBURU AGUIRRE
ECLIES:APVI:2008:690
Número de Recurso226/2008
Número de Resolución498/2008
Fecha de Resolución22 de Diciembre de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Álava, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 498/08

En el recurso de apelación civil Rollo de Sala nº 226/08, procedente del Juzgado de Primera Instancia núm. 4 de Vitoria-Gasteiz,

Autos de Juicio Verbal núm. 799/07, promovido por D. Lucio y Dª Paula , actuando como tutores de su hija Elvira , dirigidos por la Letrada Dª María Luiz Argote Cameno y representados por el Procurador D. Jesús María De las Heras Miguel, frente a la Sentencia dictada en fecha 03.12.07, siendo partes apeladas

D. Domingo dirigido por el Letrado D. Pedro Luis Elvira Gómez de Liaño y representado por la Procuradora Dª Regina Aniel-Quiroga Ortíz de Zúñiga, y el MINISTERIO FISCAL. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Íñigo Elizburu Aguirre.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En la mencionada fecha se dictó por el Juzgado de Primera Instancia núm. 4 de Vitoria-Gasteiz sentencia cuya parte dispositiva dice:

"Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por D. Domingo contra D. Lucio y Dña. Paula , debo acordar y acuerdo el establecimiento de un régimen de visitas de la incapaz Dña. Elvira , con el actor

D. Domingo , consistente en que Domingo pueda visitar a su esposa a la salida del Centro de Rehabilitación todos los días -en tanto en cuanto se tenga esa posibilidad por la baja laboral-; podrá estar con su esposa un domingo al mes desde las 11 horas hasta las 20 horas debiendo recogerla y reintegrarla en el domicilio en el que resida; disfrutará de una semana durante las vacaciones estivales, siempre antes de que los padres trasladen a Elvira a la localidad de Alicante (donde acuden en verano), se le autoriza a que una vez por semana pueda acceder al centro de rehabilitación donde tratan a Elvira a fin de que pueda -si esto es posible- participar en los ejercicios de rehabilitación que reciba.

Todo ello sin hacer expresa condena en las costas".

SEGUNDO

Frente a la anterior resolución, se interpuso recurso de apelación por la representación de D. Lucio y Dª Paula , actuando como tutores de su hija Elvira , recurso que se tuvo por interpuesto, dándose el correspondiente traslado a las contrapartes por diez días para alegaciones, presentando la representación de D. Domingo , escrito de oposición al recurso presentado de contrario, oponiéndose, también, al recurso el Ministerio Fiscal; elevándose, posteriormente, los autos a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Recibidos los autos en la Secretaría de esta Sala, mediante resolución de 15.04.08 se formó el Rollo, registrándose y turnándose la Ponencia, pasando los autos al Ponente para resolver sobre la prueba documental solicitada por la la parte apelada representada por la Procuradora Sra. Aniel-Quiroga, denegándose por auto de fecha 30.06.08. Por providencia de 24.07.08 se señaló para deliberación, votación y fallo el día 20 de Noviembre de 2.008.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales fundamentales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Entrando en el examen de la procedencia o no del recurso de apelación, a la luz de las consideraciones en las que el mismo se basa, que es innecesario reproducir al ser o deber ser conocidas por las partes y dado que además irán surgiendo en el curso de la presente argumentación en la medida en que resulten precisas o útiles para la debida resolución de la causa, y teniendo presente, también, lo aducido por las demás partes, debe comenzarse indicando cómo no cabe sino entender que lo que cuestiona...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR