SAP Murcia 127/2009, 10 de Marzo de 2009
Ponente | CAYETANO RAMON BLASCO RAMON |
ECLI | ES:APMU:2009:292 |
Número de Recurso | 670/2008 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 127/2009 |
Fecha de Resolución | 10 de Marzo de 2009 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª |
SENTENCIA: 00127/2009 AUDIENCIA PROVINCIAL DE
MURCIA
Sección 001
Domicilio : PASEO DE GARAY Nº5 3ª PLANTA PALACIO DE JUSTICIA
Telf : 968229183
Fax : 968229184
Modelo : SEN00
N.I.G.: 30030 37 1 2008 0101522
ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000670 /2008 Juzgado procedencia : JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de MOLINA DE SEGURA Procedimiento de origen : JUICIO VERBAL 0000321 /2007
RECURRENTE : Adriano
Procurador/a : MIGUEL RODENAS PEREZ
Letrado/a :
RECURRIDO/A : Conrado
Procurador/a : CONCEPCION CANO MARCO
Letrado/a : JOSE RAMON SANCHEZ TORIBIO
SENTENCIA Nº 127/09
ILMOS SRESD. Andrés Pacheco Guevara
Presidente
Dª. Mª Pilar Alonso Saura
D. Cayetano Blasco Ramón
Magistrados
En la Ciudad de Murcia a diez de marzo de dos mil nueve. Habiendo visto en grado de apelación la Sección Primera de esta Ilustrísima Audiencia Provincial los autos de juicio Verbal núm. 321/2007, que en primera instancia se han seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. uno de Molina de Segura, entre las partes, como actora, y en esta alzada apelante, Adriano , representado por el Procurador Sr. Ródenas Pérez en ésta segunda instancia, y defendido por la Letrada Srª. García Fernández, y como demandada, y en esta alzada apelado, Conrado , defendido por el Letrado Sr. Sánchez Toribio, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. Cayetano Blasco Ramón, que expresa la convicción del Tribunal.
El Juzgado de instancia citado, con fecha 14 de noviembre de 2007 , dictó en los autos principales de los que dimana el presente rollo la sentencia cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: Que desestimando íntegramente la demanda presentada en nombre de Don Adriano , ABSUELVO a Don Conrado de las pretensiones deducidas en su contra, con imposición de costas a la parte actora."
Que contra la anterior sentencia y en tiempo y forma se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de la parte actora, siéndole admitido, y tras los trámites previsto en la L.E. Civil, se remitieron los autos a esta Audiencia, formándose el presente Rollo por la Sección Primera con el núm. 670/2008 , designándose Magistrado Ponente por turno y señalándose deliberación y votación para el día 9 de marzo de 2009.
En la tramitación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.
Alega la parte apelante que la sentencia de instancia incurre en error a la hora de valorar la prueba y a la hora de aplicar el derecho, considerando que ha quedado probado que su finca de limoneros ha sufrido daños, que estos son debidos a la asfixia de los árboles producida no por encharcamiento de agua, sino porque el arrastre por las aguas de los residuos de la finca, sita a cota más alta, se depositan en los árboles y los asfixian, argumentando sobre todo ello, entendiendo que es aplicable el art. 1902 del c.c., y defendiendo la concurrencia de los requisitos legalmente exigidos...
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