SAP Madrid 71/2009, 11 de Febrero de 2009
Ponente | PABLO QUECEDO ARACIL |
ECLI | ES:APM:2009:1776 |
Número de Recurso | 716/2008 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 71/2009 |
Fecha de Resolución | 11 de Febrero de 2009 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 14ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 14
MADRID
SENTENCIA: 00071/2009
AUD. PROVINCIAL SECCION N. 14
MADRID
Rollo: RECURSO DE APELACION 716 /2008
SENTENCIA Nº
Ilmos. Sres. Magistrados:
PABLO QUECEDO ARACIL
AMPARO CAMAZON LINACERO
JUAN UCEDA OJEDA
En MADRID, a once de febrero de dos mil nueve .
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 14 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1107 /2006, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 50 de MADRID, a los que ha correspondido el Rollo 716 /2008, en los que aparece como parte apelante IBERDROLA, S.A. representado por el procurador DON ANDRES FERNANDEZ RODRIGUEZ, y como apelado SEGUROS LA ESTRELLA S.A., quien formuló oposición al recurso en base al escrito que a tal efecto presentó, representado por el procurador DON MIGUEL ANGEL BAENA JIMENEZ, sobre reclamación de cantidad, y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. DON PABLO QUECEDO ARACIL.
Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 50 de Madrid, en fecha 12 de junio de 2008 se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es de tenor literal siguiente: "Que estimando la demanda interpuesta por la entidad SEGUROS LA ESTRELLA S.A. representada por el Procurador DON MIGUEL ANGEL BAENA JIMENEZ contra la entidad IBERDROLA S.A. representada por el procurador DON ANDRES FERNANDEZ RODRIGUEZ debo condenar y condeno a la entidad demandada a que abone a la entidad actora la cantidad de CINCO MIL CIENTO OCHENTA Y OCHO EUROS CON OCHETNA Y CINCO CENTIMOS (5.188´85 EUROS), más los intereses legales desde la interpelación judicial, con expresa condena en costas a la parte demandada".
Notificada la mencionada resolución, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte apelante IBERDROLA, S.A., al que se opuso la parte apelada SEGUROS LA ESTRELLA S.A., y tras dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 457 y siguientes de la LEC, se remitieron las actuaciones a esta sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.
Por Providencia de esta Sección, se acordó para deliberación, votación y fallo el día 4 de febrero de 2009. CUARTO.- En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales.
No se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada.
El demandado se alza contra la sentencia de instancia, y en dos alegaciones desarrolla su tesis impugnatoria. Resumidamente, y sin perjuicio de remitirnos a su escrito de interposición de recurso, se basa en que el Juez de Instancia yerra cuando desestima su excepción de falta de legitimación pasiva.
La existencia de la sociedad unipersonal Iberdrola Distribución S.A.U. es una exigencia impuesta por el Art. 14 y D.T. 5ª de la Ley 54/1997 del Sector Eléctrico, que obliga a las empresas eléctricas a que separen, jurídica y patrimonialmente, la generación y la distribución de la energía eléctrica.
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En ese sentido Iberdrola S.A. no está autorizada a distribuir energía eléctrica a tarifa para clientes, la única autorizada para ese menester es Iberdrola Distribución S.A.U., y es, por tanto, la unica que...
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...expresamente entre la empresa comercializadora y la empresa distribuidora. Por ello, tal y como expone la sentencia de la Audiencia Provincial, de Madrid de 11 de febrero de 2009, la parte actora es una compañía de seguros, en ejercicio de la acción de subrogación prevista en el art. 43 LCS......