SAP Madrid 310/2009, 18 de Mayo de 2009

PonenteCARMEN LAMELA DIAZ
ECLIES:APM:2009:5864
Número de Recurso167/2009
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución310/2009
Fecha de Resolución18 de Mayo de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 16ª

SENTENCIA Nº 310/09

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION DECIMOSEXTA

ILMOS. SRES.:

  1. MIGUEL HIDALGO ABIA

Dª CARMEN LAMELA DIAZ

Dª. ROSA E. REBOLLO HIDALGO

En Madrid a dieciocho de mayo de dos mil nueve.

VISTAS, en segunda instancia, ante la Sección Decimosexta de esta Audiencia Provincial de Madrid, las presentes diligencias seguidas por el trámite de procedimiento abreviado nº 574/08, en virtud de recurso de apelación interpuesto por D. Andrés y D. Damaso contra la sentencia dictada por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de lo Penal nº 13 de Madrid, de fecha veintitrés de febrero de dos mil nueve, en la causa citada al margen.

VISTO, siendo Ponente la Magistrado de la Sección, Ilma. Sra. Dª CARMEN LAMELA DIAZ, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de lo Penal nº 13 de Madrid, en el procedimiento que, más arriba se indica, se dictó sentencia, de fecha veintitrés de febrero de dos mil nueve , cuyo relato fáctico es el siguiente: "ÚNICO.- Los acusados Isaac , Damaso y Andrés , Rumanos, mayores de edad y sin antecedentes penales, de común acuerdo, y con ánimo de enriquecerse:

  1. - Que el día de autos 1 de Mayo de 2007, a las 10:10h, entraron en la Sala de Juegos llamada "Madrid 19", sito en la Glorieta Valle de Oro, 2 de Madrid, dirigiéndose a la empleada del local, Lina , a la que cogieron del cuello, y arrastraron hasta la oficina del local, donde le dijeron "danos todo lo que tienes, o te matamos", le dieron varios puñetazos y le ataron con unos cordones de zapatos y unas corbatas, llevándole a un cuarto de baño. Los acusados en ese local se apoderaron de la cantidad de 4.100#, que estaban dentro de la caja fuerte, siendo titular del local la mercantil Azolex First, S.L, sin daños. Lina , a consecuencia de estos hechos, resultó con lesiones por las que precisó una asistencia fafcultativa, sufriendo una cervicalgia, hematoma en mano izquierda y eritema en cuello, obteniendo su sanidad sinsecuelas, en el plazo de 24 días, todos de impedimento.

  2. - Que el día 20 de Mayo de 2007, a las 9:15h, entraron en la sala de juegos "Roma", en la C/Alcalá 197 de Madrid, diciéndoles Silvio , el empleado del local, que todavía estaba cerrado, de forma que le aplicaron un spray en la cara, le agarraron, le ataron los pies y manos con unos cordonones de zapatos que los acusados llevaban, llevando después al empleado a los aseos del local sito en la planta baja donde le dejaron. En ese local, los acusados, mientras uno de ellos permaneció en la planta baja vigilando al empleado, los otros tomaron del interior de la caja de cambio 600#, y de la ruleta de juego, la cantidad de

    12.000#, forzándola, tomando, así mismo dos juegos de llaves, un mando de alarma, y un mando de la puerta de acceso al local. Silvio no precisó asistencia facultativa. Los efectos sustraídos han sido tasados en 150#, y los daños han sido valorados en 125#, perteneciendo el local a Ángel Jesús .

  3. - Que el día 9 de Junio de 2007, a las 9:15h, los acusados entraron en la sala de juegos "Casino Park" de la Vía Complutense de Alcalá de Henares, y se dirigieron a la empleada Agustina , le cogieron por la espalda y le dijeron "hazte para atrás, que nos vamos para abajo", y conduciéndole a la planta de abajo, le introdujeron en el aseo de caballeros, le ataron con unos cordones a la taza del baño, diciéndole "no grites, que te matamos". Los acusados forzaron las máquinas de juegos, tomando de las mismas, y de la caja de cambios un total de 23.929#. Los daños del local, titularidad de Valisa Internacional, S.A. La empleada del local no precisó asistencia facultativa.

  4. - Que el día 8 de Julio de 2007, a las 10:15h, los acusados entraron en el local llamado "Trébol", sito en la C/ Santa Engracia, 68 de Madrid, y se dirigieron al empleado del mismo, Constantino , aplicándole un spray en la cara y ojos. Después se dirigieron a otra empleada del local, Fermina , a la que taparon la boca, le tiraron al suelo y le llevaron a la planta inferior, donde, después de atarle con unos cordones de zapatos, le metieron en un aseo, lo mismo que hicieron con el otro empleado al que introdujeron en otro aseo. Uno de los empleados vigilaba a los empleados mientras que los otros dos acusados tomaron de la caja fuerte la cantidad de 6.200#, y de la máquina de cambios, la cantidad de 1.700#, y de ocho compartimentos de la ruleta de juego, la cantidad de 12.000#. Los empleados no precisaron asistencia facultativa, habiendo causado daños valorados en 800#, siendo titular del local la entidad Brasan Bros S.A. El encargado del local Imanol entregó a la policía los cordones utilizados, dos cadenas de pitón de bicicleta, que los acusados colocaron para bloquear las mismas.

  5. - Que el día 5 de Agosto de 2007, a las 10:10h, los acusados entraron en la Sala de Juegos "Dados" de la C/Dos Amigos, de Parla, y tras pedir un café al empleado Plácido , le agarraron por la espalda, le tiraron al suelo en el interior de la barra y posteriormente, le ataron con unos cordones en los pies y las manos, y un pañuelo en los ojos. Los acusados tomaron de la ruleta de juego, la cantidad de

    14.900#. El empleado no precisó asistencia facultativa. Los daños causados han sido valorados en la cantidad de 1.100#, siendo el titular del local, la entidad de Automáticos Crespo S.A.

    Los acusados se fueron del local en el vehículo BMW, que los acusados utilizaron en el hecho descrito en el nº3, del día 13 de Julio de 2007, y que se encontraba en las inmediaciones del domicilio de Isaac en la C/ Océano Atlántico de Coslada. Ese vehículo tenía colocadas unas placas correspondientes al vehículo PA-....-U , de un Renault 19 TXE, sin conocerse cómo se consiguieron, y fueron sustituídas por el acusado Isaac , para que no fuera identificado el vehículo en la comisión del hecho 3. En las dependencias policiales de Coslada, fueron localizadas las verdaderas placas del vehículo, las originales, en concreto,

    ....-LMQ .

    Los acusados fueron detenidos en fecha 7 de Agosto de 2007, a las 21:45h, cuando se encontraban los tres juntos, en un bar de Torrejón de Ardoz, en la C/ En medio tras un dispositivo de escuchas telefónicas, autorizadas por el Juzgado de Instrucción nº3 de Alcalá de Henares, y seguimientos, interviniéndose a los mismos, a Andrés un teléfono móvil Nokia, y 188#, a Isaac , un teléfono Móvil, marca Funker, 108#, y un estuche de joyería, con una sortija dorada con cuatro piedras y a Damaso , un teléfono móvil, Sansung y 34#.

    Solicitada la entrada y registro en los domicilios de los acusados, al Juzgado de Instrucción nº3 de Alcalá de Henares, en fecha 8/8/07 , acordados el mismo día mediante el correspondiente auto, en el registro fueron intervenidos los siguientes efectos: en la habitación que compartían los acusados Isaac , y Damaso , en la C/ DIRECCION000 NUM000 , NUM001 de Alcalá de Henares, una bolsa de lona azul marino, 2005# en monedas de 1#, varios cordones de zapatillas blancos, una chaqueta de chándal roja y negra, marca Ritchi, una camiseta negra con bordes naranja, una camisa de cuadros con un envoltorio de plástico de monedas en su interior, una riñonera negra, 388# en monedas de 1#, en una riñonera beige 300# en monedas de 1#, una camisa de cuadros con un bordado en su parte trasera con la inscripción "Remember 1977", una camiseta de pana azul marino con bordes rojos, un jersey de lana negro con letrasgrises, una camisa roja con las letras MEM & Collection, varios envoltorios de plástico vacíos de monedas de 1#, unas llaves del coche BMW, 3 llaves de cadenas de pitón y los pasaportes de la República de Rumanía, a nombre de los acusados. En la habitación del acusado Andrés , sita en la C/ DIRECCION001 NUM002 , NUM003 , de Torrejón de Ardoz, una cazadora de color rojo con capucha con la inscripción 343 a la espalda, una cazadora de color azul y blanca con capucha con la inscripción 75 den la espalda, un pantalón beige de la marca Sport 2000, un pantalón corto de la marca Nike de color blanco, una cazadora de cuero de color oscuro de las marcas KREMI, un pantalón corto azul celeste de la marca Rebook, una camisa de cuadros de manga larga de la marca D&G, una camiseta blanca de la marca Nautic Wear, una llave del vehículo BMW, 34 cartuchos de monedas de 1#, conteniendo cada uno de ellos 25 monedas, 75 monedas de 1#, dentro de una bolsa transparente y una carta de identidad de la República de Rumanía, nº NUM004 , a nombre de este acusado.

    Los acusados se encuentran en situación de prisión provisional desde el 7/10/07, ratificada esta situación en fecha 10/12/08".

    Y cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Que debo condenar y condeno a Isaac , a Damaso y a Andrés , como autores de cinco delitos de robo con violencia, sin circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena, por cada uno de ellos de tres años y seis meses de prisión, e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo el tiempo de la condena, debo condenar y condeno a Isaac , como autor de un delito de falsificación de documento oficial, a la pena de un año y seis meses de prisión, y multa de nueve meses con una cuota diaria de seis euros, con la responsabilidad personal subsidiaria del art. 53 del C.P y debo condenar a Isaac , a Damaso y a Andrés , como autores de una falta de lesiones, a la pena de un mes de multa con una cuota diaria de 6#, con la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago del art. 53 del C.P , con imposición de las costas, incluidas las de la acusación particular, y que indemnicen conjunta y solidariamente a la entidad Azolex First, S.L, en la cantidad de 4.100#, a Lina , en la cantidad de 2.400#, a Ángel Jesús , en la cantidad de 12.750E, más 125#, a Valisa Internacional S.A, en la cantidad de 23.929#, más la valoración de los daños en...

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