SAP Cantabria 20/2003, 12 de Marzo de 2003

PonenteJAVIER DE LA HOZ DE LA ESCALERA
ECLIES:APS:2003:579
Número de Recurso21/2003
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución20/2003
Fecha de Resolución12 de Marzo de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Cantabria, Sección 1ª

SENTENCIA NUM. 20/03

Iltmo. Sr. Presidente

Don Javier de la Hoz de la Escalera.

Ilmos. Srs. Magistrados

Don Marcial Helguera Martínez.

Doña María Rivas Díaz de Antoñana

En la Ciudad de Santander, a doce de marzo de dos mil tres.

Este Tribunal de la Sección Primera de la Iltma. Audiencia Provincial de Cantabria, ha visto en grado de apelación la causa núm. 131 de 2002 del Juzgado de lo Penal núm. Tres de Santander, Rollo de Sala 21 de 2.003, seguida por delitos de lesiones y daños contra Sonia , cuyas circunstancias personales ya constan en la recurrida, representada por la Procurador Sra. Martínez García y defendida por el letrado don Román Solana Cifrián; y contra Luis Pablo , cuyas circunstancias también constan y que ha sido representado por el procurador Sr. Arce Alonso y defendido por la Letrada doña María Dolores Cuenca Cifrian.

Han sido parte apelante en éste recurso la acusada Sonia y el acusador particular Marcelino , ambos bajo la misma representación y defensa antes indicada para la primera, y apelados el Ministerio Fiscal y Luis Pablo .

Es ponente de ésta resolución el Iltmo. Sr don Javier de la Hoz de la Escalera.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los de la Sentencia de instancia; y

PRIMERO

En la causa de que éste Rollo dimana, por el Juzgado de lo Penal indicado se dictó con fecha 6 de Noviembre de 2.002 Sentencia cuyo relato de Hechos Probados y Fallo son del tenor literal siguiente: " Ha resultado probado y así se declara que en fecha 12 de Enero de 2001, sin que conste la hora, Sonia , mayor de edad y sin antecedentes penales, con ánimo de perjudicar el patrimonio ajeno, derribó parte de la pared de piedra que delimita una finca de su propiedad con otra propiedad de Inés , esposa de Luis Pablo , sita en el Barrio de Bustalequín de San Pedro del Romeral causando unos daños que no se han acreditado superen los 300,51 euros. En fecha 13 de Enero de dicho año y en la misma localidad y como consecuencia de los hechos anteriormente relatados se produjo una discusión entre LuisPablo , y Sonia , en la que también intervino el esposo de esta Marcelino , en el curso de la cual, Sonia , se abalanzó sobre Luis Pablo arañándole en la cara y cuello, produciéndole lesiones que tardaron en curar 8 días, precisando una sola asistencia facultativa, sin estar impedido para sus tareas habituales. Igualmente, en el acontecer de la contienda, Sonia agarró a Luis Pablo produciéndole una luxación de la articulación interfalángica del cuarto dedo de la mano derecha. Ambos acusados se dedican a labores agrícolas y ganaderas sin que consten los ingresos económicos con los que cuentan. FALLO: Que debo condenar y condeno a Sonia , como autora responsable de una falta de lesiones y además de una falta de daños ya definidas, sin concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena por la primera de UN MES DE MULTA a razón de una cuota diaria de 5 euros (150 euros); y por la segunda a la pena de VEINTE DIAS DE MULTA a razón de igual cuota diaria y a que indemnice a Luis Pablo en la suma de 300 euros por los daños y en 240 euros por las lesiones, y abono de costas procesales; absolviendo a Luis Pablo de los ilícitos penales de los que era acusado."

SEGUNDO

Por Sonia y el acusador particular Marcelino , con la representación y defensa aludidas, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación; admitido a trámite y una vez dado traslado del recurso a las demás partes conforme ordena la Ley, que pidieron su desestimación, se elevó la causa a ésta Iltma. Audiencia Provincial de Cantabria, en la que tuvo entrada el día 4 de los corrientes, y tras su examen se ha deliberado y Fallado el recurso en el día de la fecha.

HECHOS PROBADOS

Se aceptan los de la Sentencia de Instancia, ya reproducidos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurso de apelación interpuesto por la condenada y a la vez acusadora particular Sonia y su esposo Marcelino , que interviene en la causa sólo como acusador particular, combate la sentencia de instancia exclusivamente por entender que la juzgadora incurrió en error en la valoración de las pruebas, y sobre la base de la aceptación de la valoración que se propone en el recurso, se concluye solicitando la libre absolución de Sonia y por el contrario la condena de Luis Pablo conforme a lo pedido en la instancia, esto es, por un delito de lesiones en la persona de esta última y una falta de lesiones cometida en la persona de Marcelino .

SEGUNDO

La propia naturaleza de las alegaciones en que se sustenta el recurso obliga...

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