SAP Cantabria 81/2001, 22 de Noviembre de 2001

PonenteMARCIAL HELGUERA MARTINEZ
ECLIES:APS:2001:2997
Número de Recurso76/2001
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución81/2001
Fecha de Resolución22 de Noviembre de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Cantabria, Sección 1ª

SENTENCIA 81/01

Ilmo. Sr. Presidente

Don Javier de la Hoz de la Escalera

Ilmos. Srs. Magistrados

Marcial Helguera Martínez

Dña Blanca Llaría Ibáñez

En la Ciudad de Santander, a veintidós de Noviembre de dos mil uno.

Este Tribunal de la Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria, ha visto en grado de apelación la causa del Juzgado de Menores exp. 24/01, Rollo de Sala 76/01, seguida por delito de lesiones contra Luis Pedro , cuyas circunstancias personales ya constan en la recurrida, defendido por el Letrado Sr. Javier Trugeda Revuelta.

Ha sido parte apelante en este recurso el acusado, y apelado el Ministerio Fiscal. Es ponente de esta resolución el Ilmo. Sr don Marcial Helguera Martínez.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los de la Sentencia de instancia; y

PRIMERO

En la causa de que este Rollo dimana, por el Juzgado de Menores indicado se dictó con fecha doce de Septiembre de dos mil uno Sentencia cuyo relato de Hechos Probados y Fallo es del tenor literal siguiente:

Hechos Probados: Resulta probado y así se declara que el día 27 de Agosto de 1998 los menores de edad Luis Pedro , Tomás , Alicia y Javier estaban en la localidad de Izara cerca de la Iglesia. Tomás llamó gordo, hipopótamo y elefante a Luis Pedro y éste sintiéndose ofendido. Los insultos fueros reiterados y Tomás pasó la rueda de la bicicleta que montaba por encima de la mano de Luis Pedro . Luis Pedro le agarró por el cuello de la camisa, forcejearon y se desplazaron unos metros del lugar donde estaban el resto de los menores. Poco después Tomás se quejó del ojo por lo que Alicia fue a avisar a Mauricio , el padre de Tomás siendo trasladado Tomás al Centro Médico de Salud de Reinosa. Como consecuencia Tomás sufrió un traumatismo en el ojo izquierdo con hipema en la cámara anterior que tardó en curar 38 días estando impedido para sus ocupaciones habituales de los cuales estuvo hospitalizado 11 días y sin que resten secuelas.Fallo: Que, debo imponer e impongo al menor Luis Pedro como autor de un delito de lesiones, la medida de prestación de servicios en beneficio de la comunidad de contenido humanitario de treinta horas. Hágase al perjudicado el ofrecimiento de acciones contenido en el fundamento de derecho tercero de la presente resolución.

SEGUNDO

Por Luis Pedro , con la representación y defensa aludidas, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, admitido a trámite y visto en audiencia pública el 21.11.2001.

HECHOS PROBADOS

Se aceptan los de la Sentencia de Instancia, que se reproducen en este momento.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se reconoce en el recurso un presupuesto fáctico: que hubo riña entre los dos jóvenes.

El recurrente niega la autoría de las lesiones.

Desde el punto de vista de causalidad natural, aparece la imprescindible relación entre la acción del recurrente de acometer al lesionado y el resultado.

Desde la perspectiva de la imputación objetiva, el comportamiento del...

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