SAP Orense 392/2001, 31 de Diciembre de 2001

PonenteFERNANDO ALAÑON OLMEDO
ECLIES:APOU:2001:1248
Número de Recurso262/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución392/2001
Fecha de Resolución31 de Diciembre de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Orense, Sección 2ª

SENTENCIA.- nº 392

En OURENSE, a TREINTA Y UNO de DICIEMBRE de DOS MIL UNO.

VISTOS, en grado de apelación, por esta Sección Segunda de la Audiencia Provincial, actuando como Tribunal Civil, los autos de PROCESO CIVIL DE COGNICION, procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO DOS de los de OURENSE, seguidos con el n° 252/00, Rollo de apelación n° 262/01, en los que aparece, como parte APELANTE, la entidad "MANUEL GOMEZ QUINTAS, S.L.", representada por la Procurador de los Tribunales Dª. MARÍA-ÁNGELES SOUSA RIAL y asistida por el Letrado D. FERNANDO CARIDE GONZÁLEZ y, como APELADO, la entidad "EDISA, ELEMENTOS DE INFORMÁTICA, S.A.", representada por la Procurador de los Tribunales Dª. MARÍA-GLORIA SÁNCHEZ IZQUIERDO y asistido por el Letrado D. JORGE TEMES MONTES; sobre reclamación de cantidad. Es MAGISTRADO-PONENTE el/la Ilmo./Ilma. Sr./Sra. D./Dª FERNANDO ALAÑON OLMEDO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia Número Dos de los de Ourense se dictó sentencia en los referidos autos, en fecha 30 de Marzo de 2.001, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Dª. Mª. Gloria Sánchez Izquierdo, en nombre y representación de "EDISA, ELEMENTOS DE INFORMÁTICA, S.A." contra D. MANUEL GOMEZ QUINTAS, S.L. debo condenar y condeno a dicho demandado a que abone a la actora la suma de 203.000 pesetas, así como los intereses legales de dicha suma desde la fecha de la demanda hasta la fecha de la presente sentencia, fecha a partir de la cual ambas cantidades devengarán los intereses previstos en el artº 921 de la anterior L.E.C.. Las costas se imponen a la parte demandada".

SEGUNDO

Notificada la anterior sentencia a las partes, se interpuso por la representación procesal de la entidad "MANUEL GOMEZ QUINTAS, S.L." recurso de apelación en ambos efectos y, seguido por sus trámites legales, se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

En la tramitación de este recurso, se han observado las prescripciones legales, a excepción de la que señala el término para dictar sentencia debido al excesivo número de recursos queobran ante esta Sección.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

La cuestión litigiosa esencial que subyace en la presente litis es el tener o no por abonado el importe de la deuda ahora reclamada. Evidentemente, incumbe a la parte demandada la prueba de tal hecho, de conformidad con el artículo 1214 del Código civil, vigente al tiempo de interposición de la...

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