SAP Madrid 471/2009, 10 de Julio de 2009

JurisdicciónEspaña
Fecha10 Julio 2009
EmisorAudiencia Provincial de Madrid, seccion 10 (civil)
Número de resolución471/2009

SENTENCIA: 00471/2009

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE MADRID

Sección 10

1280A

C/ FERRAZ 41

Tfno.: 914933847-48-918-16 Fax: 914933916

N.I.G. 28000 1 7003557/2009

Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 223/2009

Autos: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 230/2007

Órgano Procedencia: JZDO. PRIMERA INSTANCIA Nº 42 DE MADRID

De: Rosendo

Procurador: GEMA FERNÁNDEZ-BLANCO SAN MIGUEL

Contra: TOTALINE ECR IBÉRICA, S.A.

Procurador: MARÍA DE LA PALOMA ORTIZ CAÑAVATE LEVENFELD

Ponente: ILMA. SRA. Dª Mª JOSEFA RUIZ MARÍN

SENTENCIA

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JOSÉ MANUEL ARIAS RODRÍGUEZ

D. ÁNGEL VICENTE ILLESCAS RUS

DªMª JOSEFA RUIZ MARÍNEn Madrid, a diez de Julio de dos mil nueve.

La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los Autos Nº 230/2007, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia Nº 42 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelante demandado DON Rosendo , representado por la Procuradora Sra. Dª Gema Fernández-Blanco San Miguel y defendido por Letrado, y de otra como apelado demandante la mercantil TOTALINE ERC IBÉRICA, S.A., representado por la Procuradora Sra. Dª Mª de la Paloma Ortiz-Cañavate Levenfeld y defendida por Letrado, seguidos por el trámite de Procedimiento Ordinario.

VISTO, siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª Mª JOSEFA RUIZ MARÍN.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia Nº 42 de Madrid, en fecha 26 de Diciembre de

2.008, se dictó Sentencia Nº 155/2008, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

FALLO

Que estimando la demanda presentada por TOTALINE ECR IBÉRICA, S.A. contra Rosendo , todos ellos con la representación y asistencia ya citadas,

1º.-Debo condenar y condeno al demandado a que abone a la demandante la cantidad de TRES MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y TRES EUROS CON CUARENTA Y DOS CÉNTIMOS (3.943,42 euros).

2º.-Debo condenar y condeno al demandado a que abone a la demandante los intereses de la anterior cantidad desde la fecha de interposición de la demanda monitoria.

3º.-Debo imponer e impongo el pago de las costas del procedimiento al demandado.

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso Recurso de Apelación por la parte demandada. Admitido el Recurso de Apelación en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada. Elevándose los Autos ante esta Sección, para resolver el recurso.

TERCERO

Por Providencia de esta Sección, de fecha 22 de Mayo de 2.009, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 7 de Julio de 2.009.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se recurre la resolución dictada por el juzgado de primera instancia 42 de Madrid en fecha 26 de diciembre del 2008 , en la cual se estima la demanda presentada por la entidad Totaline ECR Ibérica Sociedad Anónima, contra D. Rosendo , condenando este al abono a la parte actora de la cantidad de 3943,42 #, condenando igualmente los intereses de la citada cantidad de la fecha de interposición de la demanda y al pago de las costas del procedimiento.

SEGUNDO

Por la parte demandada se interpuso recurso de apelación en base y motivando en primer lugar sobre los compresores solicitado y las vicisitudes de estos, alegándose que en la actividad suya solicitó de la parte actora dos compresores del modelo que se señala en la factura, instalados comprobó que existía un problema de comprensión con una de las unidades que fue desmontada y devuelta al proveedor entregó otra unidad del mismo tipo en lugar de la instalación por lo que no puede ser ni pretendese que el compresor devuelto sea abonado por qué procedió al cambio de un compresor por otro...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
15 sentencias
  • SJPI nº 7 55/2021, 15 de Abril de 2021, de Vitoria-Gasteiz
    • España
    • 15. April 2021
    ...concepto desde la presentación de la demanda, ampliación respecto a la que ninguna oposición inicial se había formulado - SAP Madrid de 10 de julio de 2009 -), ni las que pueda formular el demandado (sin que en lugar alguno se prevea que el demandado no pueda oponer excepciones en este juic......
  • SAP Las Palmas 394/2012, 28 de Septiembre de 2012
    • España
    • 28. September 2012
    ...concepto desde la presentación de la demanda, ampliación respecto a la que ninguna oposición inicial se había formulado - SAP Madrid de 10 de julio de 2009 -, o que ante la oposición de sólo uno de los demandados la demanda de proceso declarativo pueda ser ampliada respecto a todos -AJPI nu......
  • SAP Pontevedra 162/2021, 30 de Abril de 2021
    • España
    • 30. April 2021
    ...se pronuncian, entre otras, además de la resolución citada en la sentencia apelada ( SAP La Coruña de 19 de febrero 2019), la SAP Madrid de 10 de julio 2009 "... que el juicio proceda (juicio verbal u ordinario) es plenario por su naturaleza, sin constar precepto alguno que permita limitar ......
  • SAP Las Palmas 184/2014, 3 de Abril de 2014
    • España
    • 3. April 2014
    ...concepto desde la presentación de la demanda, ampliación respecto a la que ninguna oposición inicial se había formulado - SAP Madrid de 10 de julio de 2009 -, o que ante la oposición de sólo uno de los demandados la demanda de proceso declarativo pueda ser ampliada respecto a todos -AJPI nu......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR