SAP Sevilla 283/2009, 1 de Abril de 2009

PonenteMARIA AUXILIADORA ECHAVARRI GARCIA
ECLIES:APSE:2009:1274
Número de Recurso1742/2009
Número de Resolución283/2009
Fecha de Resolución 1 de Abril de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 1ª

En la ciudad de SEVILLA a uno de abril de dos mil nueve.

Visto por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla integrada por los Magistrados indicados al margen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en autos de Procedimiento Abreviado seguidos en el Juzgado de Lo Penal referenciado, cuyo recurso fué interpuesto por la representación de Mauricio , Sergio , Amalia , Encarnacion , Marisol , Juan Luis y Yolanda . Es parte recurrida el MINISTERIO FISCAL, Y Caridad Y OTROS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ilmo Sr. Magistrado Juez de lo Penal del JUZGADO DE LO PENAL Nº10 DE SEVILLA, dictó sentencia el día 10 de noviembre de 2008 en la causa de referencia, cuyo Fallo literalmente dice, " Que debo absolver y absuelvo a los acusados, Caridad , Efrain , Hugo , y Moises , del delito de denuncia y acusación falsa y del delito de calumnia que se les imputaba, con declaración de oficio de las costas causadas y cancelación de las medidas cautelares acordadas. ".

SEGUNDO

Contra dicha resolución se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, por la representación de Mauricio , Sergio , Amalia , Encarnacion , Marisol , Juan Luis y Yolanda y admitido el recurso y conferidos los preceptivos traslados, se elevaron los autos a esta Audiencia. Formado el rollo, se señaló el día de la fecha para la votación y fallo, quedando visto para sentencia.

TERCERO

En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.

Ha sido Ponente la Ilma Sra. Magistrada DÑA. MARÍA AUXILIADORA ECHÁVARRI GARCÍA, quien expresa el parecer del Tribunal.

HECHOS PROBADOS

Se acepta la declaración de hechos probados de la Sentencia apelada, que dicen así, "

Primero

Los acusados, Caridad , Efrain , Hugo , y Moises , mayores de edad y sin antecedentes penales, como portavoces del grupo municipal Izquierda Unida -Los Verdes del Ayuntamiento de Gerena, antes de presentar la denuncia en fiscalía el 19 de octubre de 2005, cuyo contenido fue redactado por la Asesoría Jurídica del Grupo al que pertenecen, participaron en los siguientes Plenos.

1.1. - Con fecha 18 de diciembre de 2003 y 22 de junio de 2004, con el voto favorable del dicho grupo político se aprobó la modificación de las normas subsidiarias de planeamiento municipal de manera provisional para su remisión a la aprobación definitiva de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla y dicho Organismo aprobó con carácter definitivo el 23 de julio de 2004.

Para el desarrollo del Sector de Suelo Urbano Ordenado de Genera se presentó por la entidad Jardines de Gerena S.A iniciativa por el sistema de compensación que fue aprobado definitivamente en el pleno de 28 de septiembre de 2004.

De manera coetánea con la anterior tramitación fue aprobada la iniciativa del propietario mayoritario del sector denominado "Las Lumbreras" por decreto de la Alcaldía de 5 de julio de 2004 , condicionado en su ejecución a diversos informes y entre ellos la presentación de Estudios de detalle en cuyo ámbito se localicen las viviendas, acometiéndose la urbanización y la edificación de manera simultánea con licencia de obras concedida por diferentes decretos de la Alcaldía condicionados, entre otros extremos, a la aprobación del estudio de detalle ED-2 y a la firma de convenio urbanístico de gestión con los dos únicos propietarios comenzando, las obras el 20 de enero de 2005.

1.2. -En el Pleno Municipal de 25 de enero de 2005 los acusados por primera vez tienen conocimiento de la sustitución del sistema de compensación que venía aprobado en el pleno de 28 de septiembre de 2004 por renuncia de los dos únicos propietarios del sector de Genera en virtud de convenio urbanístico firmado el 22 de diciembre de 2004 y en este Pleno los cuatro acusados decidieron abstenerse, (folio 54).

1.3.-El 30 de junio de 2005 en el Pleno Municipal en el que participaron los acusados se aprobó el proyecto de reparcelación con el voto en contra de los acusados.

En el Pleno Extraordinario y Urgente de 10 de octubre de 2005, convocado con 48 horas de antelación, el Secretario de la Corporación Municipal, bajo la rúbrica pasado, presente y futuro del Urbanismo en Gerena informó verbalmente al Pleno de las distintas actuaciones urbanísticas que se habían seguido y de las licencias concedidas hasta la fecha no pudiendo intervenir los portavoces de los diferentes grupos políticos, haciendo constar algunos portavoces que el informe era amplio, muy técnico y farragoso, y en concreto el grupo político que representan los acusados pidió la entrega urgente del informe realizado por el Secretario- Interventor del Ayuntamiento en relación con las actuaciones urbanísticas que se vienen desarrollando en Gerena y sus antecedentes inmediatos, haciendo constar que no podían analizar el mismo.

Por este motivo el día 13 de octubre de 2005 los acusados acompañados del letrado que les asiste en el acto del juicio se presentaron en el Ayuntamiento y solicitaron verbalmente documentación para comprobar la regularidad de los expedientes referidos en el informe pero dicha documentación no fue facilitada a los interesados.

Los acusados, antes de esta fecha indicada, y al amparo del derecho de información que lleva aparejado el desempeño de la función pública, solicitaron el 13 de julio de 2005,15 de septiembre y 6 de octubre de 2005, entre otras, diversa documentación que constaba en el correspondiente expediente administrativo para comprobar el cumplimiento de las condiciones exigidas para la concesión de la correspondiente licencia de obras, y dicha documentación no fue facilitada por la Corporación Municipal hasta marzo de 2006.

Segundo

La Asesoría Jurídica del Grupo Político al que pertenecen los acusados redactó un documento que firmaron los acusados anteriormente mencionados, quienes lo presentaron en la Fiscalía el 19 de octubre de 2005 y en el que hacen constar que en la localidad de Gerena en el sector número 1 del suelo urbanizable ordenado se han iniciado obras desde hace mas de un año por la Promotora Jardines de Gerena S.A ascendiendo a unas 417 viviendas de renta libre al parecer, afirmando que el Pleno Municipal no había tenido conocimiento de la solicitud de construcción ni de ninguna actuación urbanística en concreto en ese sector de las normas subsidiarias, reiterando en diferentes ocasiones la documentación y informes previos que constan en el expediente; solicitud no atendida hasta esa fecha.

Afirmaron en dicho escrito que las construcciones se realizaban sin ajustarse a las normas de planeamiento ,ni proyecto de reparcelación ni proyecto de urbanización en el sitio denominado "La Lumbreras", por lo que consideran que las construcciones se están realizando sin licencia o bien la tramitación de las mismas no cuenta con todos los informes pertinentes o están incumpliendo todo el ordenamiento jurídico urbanístico, y considerando que los hechos pueden ser constitutivos de delito y ante la imposibilidad de conocer si cumplen o no las condiciones exigidas para la concesión de la correspondiente licencia decidieron presentar denuncia en fiscalia.

Tercero

El mismo día de la denuncia el Gabinete de Comunicación del Grupo Político de los acusados emitió una nota de prensa dando a conocer que se habían denunciado en la Fiscalía presuntas irregularidades urbanísticas atribuidas al gobierno local de Gerena, noticia que fue recogida en varios diarios de Sevilla.

Tras la correspondiente investigación que se llevó a cabo en las Diligencias de Investigación Criminal

Número 130/05 de la Fiscalía de Sevilla, se dictó decreto de 18 de enero de 2006 por el que se ordeno el archivo de lo actuado por inexistencia de hechos constitutivos de delito. El Fiscal Delegado de Medio Ambiente y Urbanismo de esta ciudad informó en relación con la petición formulada por el Juzgado Instructor que el 24 de octubre de 2005 se incoaron diligencias por denuncia del grupo municipal de Izquierda Unida contra el Ayuntamiento de Gerena por posibles irregularidades supuestamente constitutivas de prevaricación y contra la ordenación del territorio. Añade que con fecha 2 de noviembre de 2005 se requirió al Alcalde de la Corporación para que remitiera informe del secretario del Ayuntamiento y de los servicios técnicos municipales sobre la calificación jurídica del suelo, así como sobre las licencias concedidas que justificaran las obras ejecutadas en el sector correspondiente del término de Gerena y del mismo modo se indicó que se remitiera expediente administrativo, adjuntando al requerimiento copia de la denuncia interpuesta.

Recibida la documentación el 23 de noviembre de 2005 se acordó el archivo de las diligencias de investigación por decreto de la fecha indicada y en febrero de 2007 se destruyeron todas las carpetillas de la sección correspondientes al año 2005 en las que se acordó el archivo sin denuncia, como la presente.

En el mes de abril de 2006 varios concejales del Ayuntamiento presentaron querella contra los acusados, con la que se inició esta causa. ".

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En primer lugar hemos de exponer, que no se ha considerado necesaria la celebración de vista para una correcta formación de una convicción fundada. La celebración de vista, fue interesada por las partes, tras la notificada de la resolución de fecha 4 de marzo de 2009.

La recurrente no fundamenta su petición de celebración de vista, por lo que tras el extenso escrito de recurso, y sin justificar esa petición, no se ha considerado necesaria su celebración.

La apelada por su parte interesó la celebración de vista, por cuanto que el Ministerio Fiscal, se adhirió al recurso de apelación interpuesto por la acusación...

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