SAP Guadalajara 39/2009, 3 de Marzo de 2009

PonenteMARIA ANGELES MARTINEZ DOMINGUEZ
ECLIES:APGU:2009:58
Número de Recurso73/2009
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución39/2009
Fecha de Resolución 3 de Marzo de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Guadalajara, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 38/09

En GUADALAJARA, a tres de Marzo de dos mil nueve.

VISTOS en grado de apelación ante esta Audiencia Provincial de Guadalajara, los autos de Procedimiento Abreviado 189/08, por delito de DEFRAUDACIONES DE FLUIDO ELECTRICO Y ANALOGAS, procedentes del Juzgado de lo Penal de esta ciudad, a los que ha correspondido en esta alzada el Rollo nº 73/09, en los que aparece como parte apelante Amadeo , defendido por el Letrado D. JESUS ALONSO ORTIZ y representado por el Procurador D. ANTONIO ESTREMERA MOLINA y, como parte apelada MINISTERIO FISCAL, y siendo Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dª. MARÍA ANGELES MARTÍNEZ DOMÍNGUEZ.ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Se aceptan los correspondientes de la sentencia apelada.

SEGUNDO

El Juez del JDO. DE LO PENAL nº 1 de GUADALAJARA, con fecha 6 de octubre de 2008 dictó sentencia en el procedimiento de que dimana este recurso declarando probados los siguientes hechos: "HECHOS PROBADOS: 1.- Ha resultado probado y así se declara, que la persona de Amadeo , mayor de edad, sin antecedentes penales y cuyas demás circunstancias personales obran en los antecedentes de esta resolución, con la finalidad de obtener energía eléctrica de forma gratuita y sin concertar contrato de suministro con la cía. Iberdrola, ha venido conectándose para su vivienda sita en la C/ DIRECCION000 nº NUM000 de la Urbanización PARQUE000 de Torrejón del Rey (Guadalajara), al menos desde el 28 de abril de 2005 hasta marzo de 2006, con la red de distribución eléctrica, gene4rando una deuda con dicha compañía suministradora que asciende a 2.344,94 # que ya han resultado abonados"; y en cuya parte dispositiva se establece: "FALLO: Que debo condenar y condeno a D. Amadeo como autor de un delito de defraudación de fluido eléctrico ya definido, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de cinco (5) meses de multa a razón de seis (6) euros diarios, que suponen un total de novecientos euros (900 #), con responsabilidad perosnal subsidiaria por impago de la multa, del art. 53 del C.P ., a razón de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, más el abono de las costas procesales".

TERCERO

Notificada la mencionada sentencia a las partes, contra la misma se formalizó recurso de apelación por la representación procesal de Amadeo . Elevadas las actuaciones a este Tribunal, seguida la tramitación pertinente, se pasaron las actuaciones a la Magistrada Ponente a fin de, tras deliberación, dictar la pertinente resolución.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado las prescripciones legales, con inclusión del plazo para dictar sentencia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- Impugna la representación del condenado la sentencia de instancia, cuestionando la comisión del delito de defraudación de fluido eléctrico por el que ha recaído la condena sobre la base de dos argumentos, a saber, existencia de un mero incumplimiento contractual y ausencia de prueba de cargo al no haber sido ratificada en el acto del juicio la documental obrante en autos.

En cuanto a la supuesta infracción del principio de presunción de inocencia, es obvio que...

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