SAP Valencia, 21 de Octubre de 2009

PonenteMARIA REGINA MARRADES GOMEZ
ECLIES:APV:2009:3662
Número de Recurso335/2009
ProcedimientoPENAL
Fecha de Resolución21 de Octubre de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 3ª

SENTENCIA

Nº -2.009

Ilmas. Señorías:

PRESIDENTE: Don CARLOS CLIMENT DURÁN

MAGISTRADA: Doña REGINA MARRADES GOMEZ

MAGISTRADO: Don CARLOS TURIEL SANDIN

En la ciudad de Valencia, a veintiuno de octubre de dos mil nueve.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Valencia, integrada por las Ilmas. Señorías antes reseñadas, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la sentencia, de fecha 28 de julio de 2.009, dictada por el Juzgado de lo Penal número 12 de los de Valencia, seguido en el expresado Juzgado con número 477/2.008 que a su vez dimana de Procedimiento Abreviado nº 62/2.008, Diligencias Previas nº 51/2.008, seguido en el Juzgado de Instrucción número 0 de Valencia, por delito de lesiones.

Han sido partes en el recurso, como apelante, Luis Pablo , representado por el Procurador de los Tribunales Dª Celia Sin Sanchez y bajo la dirección letrada de D. Fernando Simón Pisonero, y como apelado, el Ministerio Fiscal representado por el Ilmo. Sr. D. Fernando Gil Loscos, siendo Ponente la Magistrada Dª REGINA MARRADES GOMEZ, quien expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida declaró probados los hechos siguientes: " Se declara probado que el pasado día 5 de enero de 2.008 sobre las 2:00 horas Luis Pablo ,mayor de edad y si antecedentes penales estaba en el bar San Moritz situado en la c/ Doctor Vila Barberá de Valencia cuando arrojó un taburete a Candido alcanzándole la cabeza y teniendo lesiones consistentes en : traumatismo craneoencefálico con cuatro puntos de sutura tardando en curar 45 días de los cuales 15 fueron impeditivos siendo atendido en el hospital Doctor Pesset de Valencia generando unos gastos médicos por el valor de 103, 04 #. El lesionado y el hospital reclaman."

SEGUNDO

El fallo de dicha sentencia apelada literalmente dice: "Que debo condenar y condeno a Luis Pablo como autor responsable de un delito de lesiones de menor entidad sin circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal a la pena de 8 meses de multa con cuota diaria de 6 # y pago de las costas procesales, que en responsabilidad civil indemnice a Candido en 1.650 # por lesiones y al Hospital Doctor Pesset en 103,04 #"

TERCERO

Notificada dicha sentencia a las partes, por Luis Pablo se interpuso contra la misma recurso de apelación ante el órgano judicial que la dictó, en el que sustancialmente alegó la existencia de error en la apreciación de la prueba.

CUARTO

Formalizado el recurso de apelación ante el Juez de lo Penal, dió éste traslado a las demás partes por un plazo común de diez días. Transcurrido dicho plazo, y fijado el domicilio para notificaciones, fueron elevados a esta Audiencia Provincial los autos originales con todos los escritos presentados. Recibidos los autos, al no haber sido solicitada la práctica de prueba, la Sala consideró que para una...

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