SAP Badajoz 363/2009, 4 de Noviembre de 2009
Ponente | FIDELA LEONOR CERCAS DOMINGUEZ |
ECLI | ES:APBA:2009:1155 |
Número de Recurso | 402/2009 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 363/2009 |
Fecha de Resolución | 4 de Noviembre de 2009 |
Emisor | Audiencia Provincial - Badajoz, Sección 3ª |
SENTENCIA Nº:363/09
ILTMOS SRES........................../
PRESIDENTE.........................../
D. JOSE MARÍA MORENO MONTERO
MAGISTRADOS......................../
D. JESÚS SOUTO HERREROS
Dª FIDELA LEONOR CERCAS DOMINGUEZ (PONENTE)
------------------------------------------------------------------------------Procedimiento Verbal Autos nº 636/08.Juzgado de 1ª Instancia de Almendralejo nº 2
Recurso nº 402/09.
-------------------------------------------------------------------------------En Mérida a cuatro de noviembre de 2009.
La Sección 3ª de la Ilma. Audiencia Provincial de BADAJOZ ha visto en grado de apelación, los Autos de Juicio Verbal nº 636/08 del Juzgado 1ª Instancia de Almendralejo nº 2, Recurso nº 402/09, seguido entre las partes, de una, como apelante Actividades Comerciales Almendralejo S.L. representada por el Procurador Sr. Riesco Martinez y defendida por el Letrado Sr. Suarez-Barcena Cerezo y de otra como apelados D. Eliseo , Dª Erica , Dª Francisca , representada por el Procurador Sr. Soltero Godoy y defendida por el Letrado Sr. Moneda Diaz sobre Desahucio..
Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.
Seguido el juicio por sus trámites legales ante el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA de Almendralejo nº 2 , por el mismo se dictó Sentencia, con fecha 19 de Mayo de 2.009 ,cuya Parte Dispositivaes del siguiente tenor literal:
"ESTIMAR LA DEMANDA interpuesta por la Procuradora Sra. Lemus Viñuela, en nombre y representación de don Eliseo , doña Erica Y doña Francisca y declarar resuelto el contrato de arrendamiento existente entre los actores y la demandada, sobre el local de negocio sito en Plaza de la Constitución nº 9 (hoy 4) de Almendralejo, por expiración del plazo contractual, condenando a la demandada a que desaloje y deje a disposición de la parte actora el referido inmueble en el plazo legal que se fije, con apercibimiento de lanzamiento en caso contrario, todo ello con condena en costas a la parte demandada.
Frente a la referida Sentencia por la parte demandada, se solicitó la preparación del recurso de Apelación de conformidad con lo dispuesto en el art. 457.1 de la L.E.C..
Admitida que fue la preparación del recurso por el Juzgado, se emplazó a la parte recurrente, conforme a lo dispuesto en los art. 457.3 de la L.E.C . por veinte días para la interposición del recurso de Apelación, conforme a las normas del art. 458 y ss. de la citada Ley procesal.
Formalizado en tiempo y forma el recurso de Apelación por la representación de la parte demandada, se tuvo por interpuesto y de conformidad con lo establecido en el art. 461 L.E.C . se emplazó a las demás partes personadas para que en el plazo de diez días presentaran ante el Juzgado escrito de oposición al recurso, o en su caso de impugnación de la resolución apelada en lo que resulte desfavorable.
Presentado escrito de oposición al recurso por la representación procesal de la parte demandada, se remitieron los Autos originales a esta Audiencia Provincial, que por turno de reparto correspondió a esta Sección 3ª, incoándose el correspondiente Rollo de Sala nº 402/09 , turnándose de ponencia,...
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