SAP Huesca 151/2008, 12 de Septiembre de 2008
Ponente | ANTONIO ANGOS ULLATE |
ECLI | ES:APHU:2008:382 |
Número de Recurso | 62/2008 |
Número de Resolución | 151/2008 |
Fecha de Resolución | 12 de Septiembre de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Huesca, Sección 1ª |
SENTENCIA: 00151/2008
Rollo J. Faltas 62/2008 S120908.18U
Sentencia Apelación Penal Número 151
En Huesca, a doce de septiembre de dos mil ocho.
La Audiencia provincial de Huesca, constituida en esta ocasión por el magistrado Antonio Angós Ullate, ha visto el recurso de apelación planteado en el juicio de faltas número 695/2007 procedente del juzgado de primera instancia e instrucción de Fraga, sobre lesiones por imprudencia leve, seguido entre Gabino , como denunciante, dirigido por el letrado don Armando Martín Costas, contra Juana , como denunciada, CASER, como responsable civil directa, y Salvador , como responsable civil subsidiario, defendidos por el letrado don Sergio Atarés de Miguel. La denunciada, Juana , y la responsable civil directa, CASER, han interpuesto recurso de apelación, el cual ha quedado registrado en este tribunal al número 62 del año 2008.
Doy por reproducidos los expuestos en la sentencia impugnada.
En el juicio antes reseñado, el juez del juzgado indicado anteriormente dictó la sentencia apelada el día 20 de junio de 2008 , en la que pronunció, literalmente, la siguiente parte dispositiva:
"FALLO
Condeno a Juana como autora de una falta de lesiones imprudentes a la pena de un mes de multa con una cuota diaria de 4 _ ó responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, así como al pago de las costas causadas, y a indemnizar a Gabino en la cantidad de 14.156,50 _, cantidades de las que responde de forma directa la aseguradora Caser, y de forma subsidiaria Salvador .
Igualmente condeno a Juana y al Sr. Salvador a satisfacer el interés legal del dinero, y a la aseguradora Caser el interés legal del dinero incrementado en el 50% desde la fecha del siniestro en ambos casos".
Contra la anterior sentencia, la denunciada, Juana , y la responsable civil directa, CASER, interpusieron recurso de apelación, en cuya súplica interesaron lo siguiente: "se acojan los diferentes motivos de recurso que con carácter principal y subsidiario se exponen en el presente recurso". El juzgado admitió a trámite el recurso y dio el oportuno traslado a las demás partes. En esa fase, eldenunciante, Gabino , se opuso al recurso, al igual que el MINISTERIO FISCAL, a pesar de que no consta que fuera parte en el juicio. Seguidamente, el juzgado elevó las actuaciones a esta Audiencia, que acordó formar el presente rollo y designó al magistrado competente para la decisión del recurso.
HECHOS PROBADOS
ÚNICO: Doy por reproducidos los que contiene la sentencia apelada.
1. La cómoda e inespecífica súplica del recurso obliga a examinar el cuerpo de este escrito a fin de conocer las pretensiones allí planteadas.
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SAP Castellón 435/2009, 20 de Noviembre de 2009
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