SAP Toledo 298/2008, 16 de Septiembre de 2008

PonenteURBANO SUAREZ SANCHEZ
ECLIES:APTO:2008:741
Número de Recurso99/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución298/2008
Fecha de Resolución16 de Septiembre de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Toledo, Sección 1ª

SENTENCIA

Visto el presente recurso de apelación civil, Rollo de la Sección núm. 99 de 2008, contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia Núm. Tres de Illescas, en el juicio ordinario núm. 482/2006, sobre rescisión de sentencia, en el que han actuado, como apelante Dña. Antonieta , representada por el Procurador de los Tribunales Sr. SANCHEZ CALVO y defendida por la Letrada Sra. GARCIA ARAGON; y como apelados D. Luis Angel y Dña. Rocío , representados por la Procuradora de los Tribunales Sra. DORREGO RODRIGUEZ y defendidos por el Letrado Sr. DORREGO RODRIGUEZ.

Es Ponente de la causa el Ilmo. Magistrado D. URBANO SUAREZ SANCHEZ, que expresa el parecer de la Sección, y son,ANTECEDENTES:

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia Núm. Tres de Illescas, con fecha dos de enero de dos mil ocho, se dictó sentencia en el procedimiento de que dimana este rollo, cuya PARTE DISPOSITIVA dice: "Que DESESTIMANDO INTEGRAMENTE la demanda interpuesta por al Procurador de los Tribunales D. Ricardo Sánchez Calvo, en nombre y representaci9ón de Dña. Antonieta contra D. Luis Angel y Dña. Rocío , representados por la Procuradora Dña. Teresa Borrego ABSUELVO a la citada demandada de todas las pretensiones contra ella ejercitadas, con expresa imposición de costas a la parte demandante

SEGUNDO

Contra la anterior resolución y por la parte actora, dentro del término establecido, tras anunciar la interposición del recurso y tenerse por interpuesto, se articularon por escrito los concretos motivos del recurso de apelación, que fueron contestados de igual forma por los demás intervinientes, con lo que se remitieron los autos a ésta Audiencia, donde se formó el oportuno rollo, quedando los autos vistos para deliberación y resolución.-SE CONFIRMAN Y RATIFICAN los antecedentes de hecho, fundamentos de derecho y fallo de la resolución recurrida, en cuanto se entienden ajustados a derecho, por lo que, en definitiva, son

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La defensa de Dña. Antonieta interpone recurso de apelación contra la sentencia que, en fecha dos de enero, dictó el Juzgado de Primera Instancia número Tres de Illescas por la que se desestimaba su demanda de rescisión de la sentencia dictada en el procedimiento 782/2005.

Aunque luego se dará respuesta tanto a las cuestiones que la sentencia de instancia resuelve cuanto a otros hechos que no están acreditado, y por tanto no se pueden tomar en consideración a la hora de la estimación de las pretensiones de la recurrente, es lo cierto que el recurso desde el primer momento está abocado al fracaso puesto que el mismo se ha interpuesto respecto de una resolución que no es recurrible.

En efecto, a diferencia de lo que sucedía con la anterior Ley de Enjuiciamiento Civil, que en su art. 779 establecía el recurso de casación contra la sentencia que se dictara en aquellos casos en los que en un procedimiento se había dictado sentencia en rebeldía por desconocimiento del procedimiento por parte del demandado, y solo en el supuesto del art. 780 , sentencia dictada por el Tribunal Supremo, se establecía de modo taxativo que no cabía interponer recurso alguno, el actual art. 505,1 establece que no se puede interponer ninguna clase de recurso contra aquellas sentencias que se dicten en un procedimiento en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
4 sentencias
  • SAP Ciudad Real 267/2022, 16 de Mayo de 2022
    • España
    • 16 Mayo 2022
    ...y 200/2012, de 12 de noviembreJurisprudencia citadaSTC, Sala Primera, 12-11-2012 ( STC 200/2012) (RTC 2012, 200). La SAP Toledo, secc. 1ª, 298/2008, 16-9, razona así: " En efecto, a diferencia de lo que sucedía con la anterior Ley de Enjuiciamiento Civil, que en su art. 779 establecía recur......
  • SAP Madrid 142/2022, 6 de Abril de 2022
    • España
    • 6 Abril 2022
    ...secc.6ª, 176/2008, 24-4, León secc 1ª, 73/2009, 13-2, Huelva, secc. 3ª, 132/2012, 8-10 y Lérida, secc. 2ª, 187/17, 19-4 . La SAP Toledo, secc. 1ª, 298/2008, 16-9, razona así: En efecto, a diferencia de lo que sucedía con la anterior Ley de Enjuiciamiento Civil, que en su art. 779 establecía......
  • SAP Vizcaya 291/2019, 17 de Julio de 2019
    • España
    • 17 Julio 2019
    ...secc.6ª, 176/2008, 24-4, León secc 1ª, 73/2009, 13-2, Huelva, secc. 3ª, 132/2012, 8-10 y Lérida, secc. 2ª, 187/17, 19-4 . La SAP Toledo, secc. 1ª, 298/2008, 16-9, razona así: En efecto, a diferencia de lo que sucedía con la anterior Ley de Enjuiciamiento Civil, que en su art. 779 establecía......
  • SAP Zaragoza, 8 de Septiembre de 2017
    • España
    • 8 Septiembre 2017
    ...secc.6ª, 176/2008, 24-4, León secc 1ª, 73/2009, 13-2, Huelva, secc. 3ª, 132/2012, 8-10 y Lérida, secc. 2ª, 187/17, 19-4 . La SAP Toledo, secc. 1ª, 298/2008, 16-9, razona así: En efecto, a diferencia de lo que sucedía con la anterior Ley de Enjuiciamiento Civil, que en su art. 779 establecía......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR