SAP A Coruña 303/2008, 27 de Noviembre de 2008
Ponente | JOSE MARIA SANCHEZ JIMENEZ |
ECLI | ES:APC:2008:2507 |
Número de Recurso | 280/2008 |
Número de Resolución | 303/2008 |
Fecha de Resolución | 27 de Noviembre de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - A Coruña, Sección 1ª |
SENTENCIA: 00303/2008 AUDIENCIA PROVINCIAL DE LA CORUÑA/A CORUÑA
Sección 001
Rollo: RJ 0000280 /2008
Órgano Procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.2 de NOYA/NOIA
Proc. Origen: JUICIO DE FALTAS nº 0000035 /2008
N U M E R O 303
EL ILMO. SR. DON JOSÉ MARÍA SÁNCHEZ JIMÉNEZ, como Tribunal unipersonal de la Sección Primera de la Audiencia
Provincial de A Coruña, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY, la siguiente
SENTENCIA
En LA CORUÑA/A CORUÑA a 27 de Noviembre de 2008. En el recurso de apelación interpuesto contra sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción nº 2 de Noia, en juicio de faltas número 35/08, sobre falta contra los intereses generales, figurando como apelante Jesús Luis Y Constantino .
Que en el juicio de faltas aludido se ha dictado sentencia con fecha 10 de Julio de 2008 , cuya parte dispositiva dice así:
FALLO: Que DEBO CONDENAR Y CONDENO a Constantino , como autor penalmente responsable de una falta contra los intereses generales, a la pena de 20 días de multa con cuota diaria de 5 euros, con el apercibimiento de que se impondrá un día de arresto sustitutorio por cada dos cuotas impagas y con expresa imposición de costas, y a que en concepto de responsabilidad civil indemnice a Jesús Luis en la cantidad de 495'20 euros por los daños causados.Que DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO A Rafael de responsabilidad criminal por los hechos por lo que fue denunciado.
Que notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma recurso de apelación por Jesús Luis Y Constantino , que les fue admitido en ambos efectos y, conferidos por el Instructor, los traslados que establece el artículo 790-5º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal , a las restantes partes, se elevaron las diligencias a esta Audiencia, para resolución del recurso, correspondiendo por reparto, a esta Sección Primera, con el número .
En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales.-HECHOS PROBADOS
Se acepta el relato de hechos probados de la sentencia apelada que se da por reproducido en esta resolución.-
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