SAP Madrid 173/2009, 30 de Junio de 2009

PonenteJOSE ZARZUELO DESCALZO
ECLIES:APM:2009:10755
Número de Recurso306/2008
Número de Resolución173/2009
Fecha de Resolución30 de Junio de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 28ª

SENTENCIA: 00173/2009

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN 28

C/ General Martínez Campos nº 27.

Teléfono: 91 4931988/89

Fax: 91 4931996

ROLLO DE APELACIÓN Nº 306/08.

Procedimiento de origen: Juicio Ordinario nº 377/05.

Órgano de Procedencia: Juzgado de lo Mercantil nº 4 de Madrid.

Parte recurrente: DIARIO AS, S.A. y SANTA MÓNICA SPORTS, S.L.

Procurador: Don Argimiro Vázquez Guillén.

Letrado: Don Pablo Ureña Gutiérrez.

Parte recurrida: PANINI ESPAÑA, S.A.

Procurador: Doña María Isabel Torres Ruiz.

Letrado: Don Francisco Javier Márquez Martín.

Parte recurrida: RECOLETOS GRUPO DE COMUNICACIÓN, S.A.Procurador: Doña María Luisa Montero Correal.

Letrado: Don José Manuel Otero Lastres:

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. RAFAEL SARAZÁ JIMENA

D. ALBERTO ARRIBAS HERNÁNDEZ

D. JOSÉ IGNACIO ZARZUELO DESCALZO

SENTENCIA Nº 173/09

En Madrid, a 30 de junio de 2009.

La Sección Vigésimo Octava de la Audiencia Provincial de Madrid, especializada en materia mercantil, integrada por los Ilustrísimos Señores Magistrados D. RAFAEL SARAZÁ JIMENA, ALBERTO ARRIBAS HERNÁNDEZ y D. JOSÉ IGNACIO ZARZUELO DESCALZO, ha visto el recurso de apelación, bajo el núm. de rollo 306/2008, interpuesto contra la sentencia de fecha 28 de febrero de 2008, dictada en el proceso núm. 377/2005 seguido ante el Juzgado de lo Mercantil Nº 4 de Madrid.

Han sido partes en el recurso, como apelantes la entidades demandantes DIARIO AS, S.A. y SANTA MÓNICA SPORTS, S.L., representadas por el Procurador Don Argimiro Vázquez Guillén y asistidas del Letrado Don Pablo Ureña Gutiérrez, siendo apeladas las entidades mercantiles PANINI ESPAÑA, S.A., representada por la Procuradora Doña María Isabel Torres Ruiz y asistida del Letrado Don Francisco Javier Márquez Martín, y RECOLETOS GRUPO DE COMUNICACIÓN, S.A., representada por la Procuradora Doña María Luisa Montero Correal y asistida del Letrado Don José Manuel Otero Lastres.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Las actuaciones procesales se iniciaron mediante demanda de juicio ordinario formulada por la entidades DIARIO AS, S.A. y SANTA MÓNICA SPORTS, S.L., representadas por el Procurador Don Argimiro Vázquez Guillén y asistidas del Letrado Don Pablo Ureña Gutiérrez, contra las entidades mercantiles PANINI ESPAÑA, S.A., representada por la Procuradora Doña María Isabel Torres Ruiz y asistida del Letrado Don Francisco Javier Márquez Martín, y RECOLETOS GRUPO DE COMUNICACIÓN, S.A., representada por la Procuradora Doña María Luisa Montero Correal y asistida del Letrado Don José Manuel Otero Lastres, en la que, tras exponer los hechos que estimaba de interés y alegar los fundamentos jurídicos que consideraba que apoyaban su pretensión, solicitaba: 1.- Se declare que la conducta de Recoletos Grupo de Comunicación, S.A. y Panini España, S.A., al comercializar y distribuir en promoción conjunta una colección de cromos sobre el Campeonato Nacional de Liga de España 2004/05, denominada "Colección de Cromos Oficial LIGA 2004/05", sin disponer de los preceptivos derechos y autorizaciones, constituye un acto de competencia desleal. 2.- Se condene a Recoletos Grupo de Comunicación, S.A. y Panini España, S.A. a indemnizar de forma solidaria a Diario AS S.L. en la cantidad de un millón ochenta y nueve mil cuatrocientos cuatro euros con treinta céntimos de euro (1.089.404,30 euros) por el lucro cesante ocasionado a Diario As como consecuencia de la distribución y comercialización en promoción conjunta de la colección de cromos denominada "Colección de Cromos Oficial LIGA 2004/05". 3.- Se condene a Recoletos Grupo de Comunicación, S.A. y Panini España, S.A. a indemnizar de forma solidaria a Diario AS S.L. con una cantidad de doscientos mil euros (200.000 euros) por el enriquecimiento injusto de las demandadas, como consecuencia de la distribución y comercialización en promoción conjunta de la colección de cromos denominada "Colección de Cromos Oficial LIGA 2004/05". 4.- Se condene a Recoletos Grupo de Comunicación, S.A. y Panini España, S.A. a indemnizar de forma solidaria a Santa Mónica Sports, S.L. con una cantidad de cuatrocientos mil euros (400.000 euros), por los daños y perjuicios causados como consecuencia de la distribución y comercialización en promoción conjunta de la colección de cromos denominada "Colección de Cromos Oficial LIGA 2004/05". 5.- Se condene a las demandadas a la publicación de la sentencia condenatoria en tres periódicos de ámbito estatal, siendo a su cargo los correspondientes costes. 6.- Se condene a las demandadas, con carácter solidario, al pago de las costas por su temeridad y mala fe.

SEGUNDO

Tras seguirse el juicio por sus trámites correspondientes el Juzgado de lo Mercantil núm. 4 de Madrid dictó sentencia, con fecha 28 de febrero de 2008 , cuyo fallo era el siguiente: " Desestimando la demanda interpuesta por Diario As y por Santa Mónica Sports, S.L. representadas por el Procurador DonArgimiro Vázquez Guillén y asistidas del Letrado Don Pablo Ureña Gutiérrez, contra las mercantiles Recoletos Grupo de Comunicación, S.A. y contra Panini España, S.A., representadas por la Procuradora Dª. Mª. Luisa Montero Correal y Dª. Luisa Montero Correal respectivamente, debo absolver y absuelvo a las demandadas de los pedimentos en su contra deducidos en los presentes autos. Todo ello con condena en costas a la parte actora".

Tal pronunciamiento fue rectificado por auto de 27 de marzo de 2008 cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:" SE RECTIFICA la sentencia de fecha 28 de febrero de 2008 , en el sentido de que donde se dice: ".Desestimando la demanda interpuesta por Diario As y por Santa Mónica Sports, S.L. representadas por el Procurador Don Argimiro Vázquez Guillén y asistidas del Letrado Don Pablo Ureña Gutiérrez, contra las mercantiles Recoletos Grupo de Comunicación, S.A. y contra Panini España, S.A., representadas por la Procuradora Dª. Mª. Luisa Montero Correal y Dª. Luisa Montero Correal respectivamente, debo absolver y absuelvo a las demandadas de los pedimentos en su contra deducidos en los presentes autos. Todo ello con condena en costas a la parte actora.", debe decir: Desestimando la demanda interpuesta por Diario As y por Santa Mónica Sports, S.L. representadas por el Procurador Don Argimiro Vázquez Guillén y asistidas del Letrado Don Pablo Ureña Gutiérrez, contra las mercantiles Recoletos Grupo de Comunicación, S.A. y contra Panini España, S.A., representadas por la Procuradora Dª. Mª. Luisa Montero Correal y Dª. Mª Isabel Torres Ruiz respectivamente, debo absolver y absuelvo a las demandadas de los pedimentos en su contra deducidos en los presentes autos. Todo ello con condena en costas a la parte actora".

TERCERO

Publicada y notificada dicha resolución a las partes litigantes, por la representación de Diario AS, S.A. y Santa Mónica Sports, S.L. se interpuso recurso de apelación que, admitido por el mencionado juzgado y tramitado en legal forma ha dado lugar a la formación del presente rollo ante esta sección de la Audiencia Provincial de Madrid, que se ha seguido con arreglo a los trámites de los de su clase.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales salvo el plazo para dictar sentencia.

Es magistrado ponente D. JOSÉ IGNACIO ZARZUELO DESCALZO que expresa el parecer del Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se formuló en el presente procedimiento de juicio ordinario por la representación de las entidades mercantiles DIARIO AS, S.A. y SANTA MÓNICA SPORTS, S.L. demanda frente a las entidades mercantiles RECOLETOS GRUPO DE COMUNICACIÓN, S.A. y PANINI ESPAÑA, S.A. acción de declaración de competencia desleal y de solicitud de diversas indemnizaciones, así como la condena a la publicación de la sentencia condenatoria, con base en la actuación de las demandadas en promoción conjunta entre el diario Marca y Panini con la inserción el domingo 15 de agosto de 2004 de un anuncio con gran despliegue informativo y tipográfico en el que se podía leer "los cromos de siempre", "Marca y Colecciones Este están preparando para ti la gran sorpresa del coleccionismo del fútbol español", "Sigue con atención las páginas de Marca. Revive la pasión de los cromos. No descartes una gran sorpresa final", acompañándose esas expresiones con imágenes de las colecciones editadas anteriormente por Colecciones Este desde la temporada 1972/73 a la 2003/04 y dejando en interrogante la temporada 2004/05 calificándola de "gran sorpresa final", publicándose de nuevo el lunes 16 de agosto de 2004 el anuncio "sigue atento a la sorpresa que te proponen Marca y Ediciones Este" e insertándose en la portada del Diario Marca del domingo 22 de agosto de 2004 la publicidad del álbum "Colección de Cromos Oficial Liga 2004/2005 y los seis primeros comos editados por colecciones Este".

Señalan las demandantes que DIARIO AS era el titular en exclusiva para la totalidad de sus productos del Paquete de Patrocinio del Campeonato Nacional de Liga de Primera y Segunda División, correspondientes a la temporada 2003/04 en la categoría de Patrocinador y en las temporadas 2004/05 y 2005/06 en la categoría de Colaborador habiendo adquirido los derechos en virtud de acuerdo alcanzado con SANTA MÓNICA SPORTS, S.L. en el mes de agosto de 2003 y formalizado en contrato de 19 de enero de 2004, que había adquirido en exclusiva los derechos de gestión y comercialización del Patrocinio relativo a la explotación publicitaria del Campeonato Nacional de Liga de Primera y Segunda División mediante contrato suscrito el 21 de agosto de 2003 con la Liga de Fútbol Profesional (LFP) por el que SANTA MÓNICA SPORTS, S.L. se subrogaba en el contrato suscrito el 27 de junio de 2003 entre la LFP e Internacional Sport Organización, entendiendo que la indicada actuación de las demandadas ha...

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