SAP Sevilla 597/2004, 29 de Octubre de 2004
Ponente | RUPERTO MOLINA VAZQUEZ |
ECLI | ES:APSE:2004:4083 |
Número de Recurso | 6110/2004 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 597/2004 |
Fecha de Resolución | 29 de Octubre de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Sevilla, Sección 6ª |
SENTENCIA NÚM. 597
ILTMOS. SRES.
DON MARCOS ANTONIO BLANCO LEIRA
DON JOSE CARLOS RUIZ DE VELASCO LINARES
DON RUPERTO MOLINA VAZQUEZ
DOÑA CARMEN ABOLAFIA DE LLANOS
________________________________________
En Sevilla, a veintinueve de octubre de dos mil cuatro.
VISTOS, por la Sección Sexta de esta Iltma. Audiencia Provincial, los autos de Juicio Verbal nº 646/03, procedentes del Juzgado de Primera Instancia Número Uno de Sevilla , promovidos por Don Jose Antonio contra Don Mauricio , Mutua Valenciana de Taxis y Plus Ultra, S.A. (demandado reconvencional); sobre reclamación de cantidad; autos venidos a conocimiento de este Tribunal en virtud de recurso de apelación interpuesto por la parte codemandada Mutua Valenciana de Taxis contra la sentencia en los mismos dictada en catorce de abril de dos mil cuatro .
Se aceptan sustancialmente los de la resolución apelada, cuyo fallo literalmente dice: "Que desestimando la demanda formulada por Don Jose Antonio contra Don Mauricio y "Mutua Valenciana de Taxis", debo absolver y absuelvo a los referidos demandados de las pretensiones deducidas de contrario, asimismo, que desestimando la reconvención formulada por los demandados contra el actor y contra "Plus Ultra", debo absolver y absuelvo a los demandados de las pretensiones de la reconvención, todo ello, sin hacer expresa condena en costas."
Notificada a las partes dicha resolución y apelada por el citado litigante, y admitido que le fue dicho recurso en ambos efectos, se elevaron las actuaciones originales a esta Audiencia con los debidos escritos de alegaciones, dándose a la alzada la sustanciación que la Ley previene para los de su clase.
Por resolución de fecha veintinueve de octubre de dos mil cuatro, se señaló la deliberación y votación de este recurso para el día dieciocho de noviembre de dos mil cuatro, quedando las actuaciones pendientes de dictar resolución.
En la sustanciación de la alzada se han observado las prescripciones legales.
VISTOS, siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON RUPERTO MOLINA VAZQUEZ.
Se interponen sendos recursos formulados por el demandante principal y el reconvencional, que al no ser acogidas sus peticiones en la instancia reiteran su argumentación en esta alzada y el Tribunal...
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