SAP Barcelona 167/2004, 14 de Marzo de 2004

PonenteVICTORIANO DOMINGO LOREN
ECLIES:APB:2004:3251
Número de Recurso848/2004
Número de Resolución167/2004
Fecha de Resolución14 de Marzo de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 14ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN CATORCE

ROLLO Nº 848/2004

JUICIO VERBAL Nº 586/2003

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 3 DE MATARO SENTENCIA N ú m. 167/05 Ilmos. Sres.

D. FRANCISCO JAVIER PEREDA GAMEZ

Dª MARTA FONT MARQUINA

D. VICTORIANO DOMINGO LOREN

En la ciudad de Barcelona, a catorce de marzo de dos mil cuatro.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Catorce de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Verbal nº 586/2003, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Mataró , a instancia de D. Andrés , contra Dª Paula Y MAPFRE; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra la Sentencia dictada en los mismos el día 28 de Enero de 2004, por el Juez del expresado Juzgado .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

1.- Accidente de circulación.

Ambos vehículos circulaban en la misma dirección. Tras la salida de una curva el actor, que lo hacía en primer lugar, según nos dice en su demanda y sostuvo en el juicio, hizo un giro a la izquierda con el fin de aparcar en un descampado que existía en el lado contrario. La línea de separación de carriles era discontinua en el punto en que se inicia el giro.

El demandado, que circulaba detrás, sostiene que se encontró con el coche del actor parado y por ello, para no colisionar, tuvo que realizar una maniobra evasiva, momento en que el actor, sin ningún tipo de señalización y por lugar prohibido iniciaba un cambio de sentido.

El juzgador de instancia desestima la demanda.

Se alza contra su sentencia la parte actora que alega en su recurso:a) culpabilidad única de la conductora contraria ya que él: ** había activado los cuatro intermitentes indicando con ello que iba a reducir la velocidad; ** y cuando se hallaba prácticamente detenido, activó también el intermitente izquierdo anunciando su giro para acceder al descampado que existía a la izquierda de la calzada;

** el giro se inició cuando la línea era ya discontinua;

  1. la sentencia dice que él iniciaba un cambio de sentido lo que no es cierto, como lo demuestran los daños sufridos en lateral izquierdo trasero, según indican las facturas de reparación;

  2. la maniobra no tuvo lugar tras la salida de una curva sino de una glorieta;

  3. existía además, como quedó acreditado en juicio, otro vehículo que circulaba detrás de él, en 4x4, que había observado su maniobra y que al ver que iniciaba el giro, lo rebasó por la derecha sin dificultad;

  4. el contrario marchaba a velocidad excesiva.

SEGUNDO

Se señaló para votación y fallo el día DIEZ DE MARZO ACTUAL.

TERCERO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales. VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. VICTORIANO DOMINGO LOREN.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Visionado el CD y examinadas las...

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