SAP Zaragoza 447/2009, 10 de Septiembre de 2009
Ponente | JAVIER SEOANE PRADO |
ECLI | ES:APZ:2009:2548 |
Número de Recurso | 369/2009 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 447/2009 |
Fecha de Resolución | 10 de Septiembre de 2009 |
Emisor | Audiencia Provincial - Zaragoza, Sección 5ª |
SENTENCIA: 00447/2009
SENTENCIA núm. 447/09
ILMOS. Señores:
Presidente:
D. JAVIER SEOANE PRADO
Magistrados:
D. ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER
D. ROBERTO GARCIA MARTINEZ
En ZARAGOZA, a Diez de Septiembre de dos mil nueve.
En nombre de S.M. el Rey,
VISTOS por esta Sección 005 de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, en grado de apelación, los Autos de JUICIO VERBAL 248/2009, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 15 de ZARAGOZA, a los que ha correspondido el ROLLO DE APELACIÓN núm. 369/2009, en los que aparece como parte apelante-demandada MAXICOPI MEDIARAGON, S.L. representada por la Procuradora Dña. LAURA ASCENSION SANCHEZ TENIAS y asistida por el Letrado D. FERNANDO POZO REMIRO; y como parte apelada-demandante QDQ MEDIA, S.A.U. representada por el Procurador D. JOAQUIN SALINAS CERVETTO y asistida por la Letrada Dña. ANA CRESPO IBOR; siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. JAVIER SEOANE PRADO.
Se aceptan los de la sentencia apelada de fecha 7 de Abril de 2009 , cuyo FALLO es del tenor literal siguiente: "FALLO.- Que estimando la demanda interpuesta debo condenar y condeno a MAXICOPY MEDIARAGON S.L., a que pague a QDQ MEDIA S.A.U. la cantidad de 1.737,67 euros, con sus intereses legales desde interposición de demanda y costas procesales causadas.".
Notificada dicha sentencia a las partes por la representación procesal de MAXICOPI MEDIARAGON, S.L. se interpuso contra la misma recurso de apelación, y dándose traslado a la parte contraria se opuso al recurso, remitiéndose las actuaciones a esta Sección Quinta de la Audiencia, previoemplazamiento de las partes.
Recibidos los Autos y CD, y personadas las partes, se formó el correspondiente Rollo de Apelación con el número ya indicado, y se señaló para deliberación, votación y fallo el día 7 de Septiembre de 2009.
En la tramitación de estos autos se han observado las prescripciones legales.
Se aceptan los de la resolución recurrida en tanto no oponen a los de la presente resolución y;
Por más que lo afirme la recurrente, MAXICOPY MEDIARAGÓN SL, en su escrito de recurso, su escrito de oposición a la reclamación monitoria que le dirigió QDQ MEDIA SAU no contiene alegato alguno acerca del incumplimiento del contrato publicitario de fecha 18-10-2001 por cuyos servicios la actora ha librado la factura que es objeto de reclamación, pues a tal fin no pueden ser tenidos en consideración los entrecomillados de dicho escrito que contiene el recurso. El contenido esencial de aquél escrito es la afirmación que no concertó el contrato que sirve de base a la reclamación, y sólo hace mención en forma hipotética a la idea de incumplimiento. En cualquier caso, ninguna prueba ha practicado en apoyo al incumplimiento que ahora pretende hacer valer, mientras que la actora ha aportado la reproducción de páginas de la guía en la...
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...el aval". La parte apelante no ha aportado otras resoluciones que puedan haber dicho lo contrario. No hemos encontrado la SAP Zaragoza de 10 de septiembre de 2009 que se menciona, y que debiera haber sido un auto, si es que se dictó en el curso de una ejecución judicial. Y los perjuicios ca......