SAP Madrid 251/2006, 24 de Mayo de 2006
Ponente | MODESTO DE BUSTOS GOMEZ-RICO |
ECLI | ES:APM:2006:6972 |
Número de Recurso | 521/2005 |
Número de Resolución | 251/2006 |
Fecha de Resolución | 24 de Mayo de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 13ª |
MODESTO DE BUSTOS GOMEZ-RICO VICTORIANO JESUS NAVARRO CASTILLO JOSE LUIS ZARCO OLIVO
AUD. PROVINCIAL SECCIÓN N. 13
MADRID
SENTENCIA: 00251/2006
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
Sección 13
1280A
FERRAZ 41
Tfno.: 3971921 Fax: 3971998
N.I.G. 28000 1 7007788 /2005
Rollo: RECURSO DE APELACION 521 /2005
Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 10 /2004
Órgano Procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 7 de ALCOBENDAS
De: HOSTING TRAVEL S.L._
Procurador: SIN PROFESIONAL ASIGNADO
Contra: PROSPECCION Y TRAMITACION DE SUBVENCIONES S.L._
Procurador: JOSE CARLOS PEÑALVER GARCERAN
Ponente: ILMO. SR. D MODESTO DE BUSTOS GOMEZ RICO
Magistrados:
Ilmo. Sr. D. MODESTO DE BUSTOS GOMEZ RICO
Ilmo. Sr. D. VICTORIANO JESUS NAVARRO CASTILLO
Ilmo. Sr. D. JOSE LUIS ZARCO OLIVO
SENTENCIA
En Madrid, a veinticuatro de mayo de dos mil seis.
La Sección Decimotercera de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Verbal sobre reclamación de cantidad, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Alcobendas, seguidos entre partes, de una, como demandante PROSPECCIÓN Y TRAMITACIÓN DE SUBVENCIONES, S.L., y de otra, como demandado HOSTING TRAVEL, S.L.
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de Primera Instancia nº 7, de Alcobendas, en fecha 10 de enero de 2005, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Pomares Ayala en nombre y representación de PROSPECCION Y TRAMITACION DE SUBVENCIONES, S.L., contra HOSTING TRAVEL, S.L., representado por la Procuradora Sra. Hoyos Hoyos, debo condenar y condeno a la demandada a abonar al actor la cantidad de 6378,04 euros (seis mil trescientos setenta y ocho euros con cuatro céntimos), y a los intereses legales de dicha suma desde la fecha de interposición de la demanda, con condena en costas al demandado".
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, que fue admitido en ambos efectos, del cual se dio traslado a la parte apelada, elevándose los autos ante esta Sección en fecha 21 de julio de 2005, para resolver el recurso.
Recibidos los autos en esta Sección, se formó el oportuno Rollo turnándose su conocimiento, a tenor de la norma preestablecida en esta Sección de reparto de Ponencias, y conforme dispone la Ley de Enjuiciamiento Civil, quedó pendiente para la correspondiente DELIBERACIÓN, VOTACIÓN Y FALLO, la cual tuvo lugar, previo señalamiento, el día 18 de mayo de 2006.
En la tramitación del presente recurso se han observado todas las disposiciones legales.
Se acepta íntegramente y se da por reproducida la fundamentación jurídica de la sentencia apelada.
Aunque en el Fundamento de Derecho Primero de la sentencia se efectúa un planteamiento general de la cuestión litigiosa para un completo conocimiento de la misma y, en definitiva, para una mejor decisión del recurso pasamos a relacionar, por orden cronológico, los hechos acreditados más relevantes, que son los siguientes:
El 4 de marzo de 2001, las mercantiles Prospección y Tramitación de Subvenciones, S.L., en adelante Prospección, y Hosting Travel, S.L., suscribieron el contrato que figura incorporado a los folios 18 a 20 de las actuaciones, por el que la primera se obligaba a:
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- Detectar, analizar, estudiar y filtrar las ayudas y subvenciones que convoquen, ofreciendo al cliente la información de aquellas a las que pudiera acogerse.
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- Enviar las fases de la solicitud y sus condiciones.
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- Dar respuesta y asesoramiento gratuito a las consultas del cliente.
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- Tramitar las subvenciones que el cliente considere interesantes, supervisando la adecuación de los requisitos, la correcta elaboración de la propuesta, etc., a fin de que se puedan presentar los documentos en plazo y forma ante los organismos correspondientes.
Hosting, como contraprestación, en el supuesto de concesión de las subvenciones, se obligaba a pagar a Prospección "el 10% de la cantidad total neta conseguida, cuyo pago será realizado en un plazo de 15 días contados desde la recepción de la comunicación oficial escrita de la concesión del Organismo correspondiente".
El 6 de marzo de 2002 la demandante, en nombre de Hosting, presentó en la Consejería de Economía e Innovaciones Tecnológicas de la Comunidad de Madrid, la solicitud de la concesión de la ayuda para el fomento de la incorporación de tecnologías de la información a Pymes (Orden 4685/2001) -informática-.
El 2 de agosto de 2002 la mencionada Consejería dictó la Orden 6012/2002, por la que disponía conceder a Hosting una subvención por...
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