SAP Murcia 309/2010, 27 de Mayo de 2010
Ponente | MARIA DEL PILAR ALONSO SAURA |
ECLI | ES:APMU:2010:1250 |
Número de Recurso | 735/2009 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 309/2010 |
Fecha de Resolución | 27 de Mayo de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
MURCIA
SENTENCIA: 00309/2010
SENTENCIA
NÚM. 309/10
ILMOS. SRS.
D. FERNANDO LÓPEZ DEL AMO GONZÁLEZ
PRESIDENTE
Dª. Mª PILAR ALONSO SAURA
D. CAYETANO BLASCO RAMÓN
MAGISTRADOS
En la Ciudad de Murcia, a veintisiete de mayo de dos mil diez.
Habiendo visto en grado de apelación la Sección Primera de esta Ilustrísima Audiencia Provincial los autos de juicio ordinario que se han seguido con el nº 1342/08 en el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Murcia, entre partes, como demandante y en esta alzada apelada D. Patricio, representado por el Procurador D. Miguel Ródenas Pérez y dirigido por el Letrado D. Manuel López Bernal y como demandada y en esta alzada apelante Axa Aurora Ibérica S.A. de Seguros y Reaseguros S.A. representada por la Procuradora Dña. Gemma Pérez Haya y dirigida por el Letrado D. Vicente Bernabé Ortuño. Es Ponente la Ilma. Sra. Dña. Mª PILAR ALONSO SAURA, que expresa la convicción del Tribunal.
El Juzgado de Instancia citado con fecha 16 de abril de 2009 dictó en los autos principales de los que dimana el presente rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así: "Que estimando la demanda interpuesta por Don Patricio, contra Axa Seguros S.A, debo condenar y condeno a ésta a que abone al actor la cantidad de ocho mil seiscientos doce euros con quince céntimos (8.612,15 #), más los intereses legales del artículo 20 de la LCS y las costas causadas en esta instancia."
Contra la anterior sentencia y en tiempo y forma la representación de Axa Aurora Ibérica Seguros y Reaseguros, S.A. interpuso recurso de apelación del que se dio traslado a la parte actora, que se opuso, y previo emplazamiento de las partes, fueron remitidos los autos originales a esta Audiencia, en la que se formó el oportuno rollo por la Sección Primera con el nº 735/09, compareciendo las partes en la cualidad antes expresada y señalándose para deliberación y votación el día 25 de los corrientes por providencia de 9 de noviembre último.
La parte demandada ha interpuesto recurso de apelación contra la sentencia dictada en primera instancia alegando, en síntesis, que ésta debía pronunciarse sobre la cuestión jurídica consistente en si al no ser visible la señal de ceda el paso que regulaba la intersección en la calle por la que circulaba el vehículo...
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