SAP Salamanca 163/2010, 20 de Abril de 2010

PonenteJESUS PEREZ SERNA
ECLIES:APSA:2010:174
Número de Recurso72/2010
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución163/2010
Fecha de Resolución20 de Abril de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Salamanca, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 SALAMANCA SENTENCIA: 00163/2010

Sentencia Número: 163/2010

Ilmo. Sr. Presidente

D. ILDEFONSO GARCIA DEL POZO

Ilmos Sres. Magistrados

D. JESUS PEREZ SERNA

D. JOSE ANTONIO MARTIN PEREZ (SUPLENTE)

En Salamanca, a veinte de Abril de dos mil diez.

La Audiencia Provincial de Salamanca, ha visto en grado de apelación el Juicio Ordinario Nº 175/2009 del Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Ciudad Rodrigo, Rollo de Sala Nº 72/2010, han sido partes en este recurso: como demandante- apelada DOÑA Tamara representada por la Procuradora Doña María Jesús Hernández González, bajo la dirección del Letrado Don Javier Sánchez-Villares Vicente. Y como demandado-apelante "MAPFRE AUTOMÓVILES, S.A.", representado por el Procurador Don Ángel Martín Santiago bajo la dirección de la Letrada Doña Ana Vasallo Merchán. Y como demandados que han permanecido en situación de rebeldía procesal los señores DON Elias Y DOÑA Casilda . Habiendo versado sobre: reclamación de cantidad.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - El día nueve de Noviembre de dos mil nueve por la Sra. Juez del Juzgado de 1ª Instancia Nº 2 de Ciudad Rodrigo se dictó sentencia que contiene el siguiente FALLO: "Estimo parcialmente la demanda presentada por el Procurador, Sr. Risueño Martín, en representación de Dª Tamara, frente a Dª Casilda, D. Elias y la compañía aseguradora "Mapfre Automóviles, S.A.", y condeno a los codemandados a abonar solidariamente a la actora la cantidad de doce mil quinientos treinta y siete euros con quince céntimos

    (12.537,15 #), que devengará para la aseguradora los intereses previstos en el artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro, desde la fecha del siniestro hasta su completo pago, con expresa imposición de costas a la parte demandada."

  2. - Contra referida sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación jurídica del demandado haciendo las alegaciones que estimó oportunas en defensa de sus pretensiones, para terminar suplicando que dicte Sentencia que estime el Recurso presentado y establezca la responsabilidad de la peatona en el accidente (de forma total o parcial mediante la concurrencia de culpas que se fije) y, en todo caso, de confirmarse la Sentencia dictada se revoque el pronunciamiento en cuanto a la condena en costas al tratarse de una estimación parcial de la demanda, todo ello con imposición de costas en la forma preceptiva. Dado traslado de la interposición del recurso a la parte contraria, por su legal representación, se presentó escrito de oposición al mismo, haciendo las alegaciones que estimó oportunas en defensa de sus pretensiones, para terminar suplicando que se dicte sentencia en la que desestimándose el recurso planteado de adverso se confirme íntegramente la sentencia recaída en primera instancia, haciendo expresa condena de las costas causadas en ambas instancias a la parte recurrente.

  3. - Recibidos los autos en esta Audiencia se formó el oportuno rollo, señalándose para la votación y fallo del recurso el día quince de Abril de dos mil diez y pasando los autos al Ilmo. Sr. Magistrado Ponente para dictar sentencia.

  4. - Observadas las formalidades legales.

    Vistos, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JESUS PEREZ SERNA.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Estimada, en su esencia, la pretensión ejercitada por Doña Tamara contra Doña Casilda, Don Elias y la Aseguradora Mapfre Automóviles, en reclamación de daños y perjuicios derivados del atropello ocurrido el día catorce de Abril de 2007, en la Calle Campo de Toledo de Ciudad Rodrigo, se interpone por la representación de la entidad de seguros citada el presente recurso de apelación, a fin de que se dicte nueva sentencia por la que se establezca que la responsabilidad del accidente es de la actora, bien total o bien con concurrencia de culpas, o por la que, de confirmarse la resolución de instancia, se revoque el pronunciamiento de condena en costas que se le hace en la misma.

Alega en tal sentido, dos únicos motivos de recurso, referidos uno a discutir la condena en costas que se le impone en la instancia, y otro a dilucidar sobre la atribución de responsabilidad del accidente.

Procede, pues, examinar dichos motivos, si bien se altera el orden en que los mismos han sido propuestos, ya que el relativo a costas se halla estrechamente ligado a la decisión que recaiga sobre el fondo del asunto, cual es la responsabilización del accidente a una u otra parte.

SEGUNDO

Considera la parte apelante que la actora cruzaba la calzada por lugar no habilitado, pudiendo hacerlo por...

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