SAP Murcia 229/2010, 1 de Julio de 2010

JurisdicciónEspaña
Número de resolución229/2010
EmisorAudiencia Provincial de Murcia, seccion 5 (civil y penal)
Fecha01 Julio 2010

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5

CARTAGENA

SENTENCIA: 00229/2010

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MURCIA

SECCION DE CARTAGENA

ROLLO DE APELACIÓN N º 38/10

PROCEDIMIENTO Ordinario 182/2008

JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº Uno de San Javier.

SENTENCIA Nº 229

Ilmos. Sres.

Don José Manuel Nicolás Manzanares.

Presidente

Don Matías Manuel Soria Fernández Mayoralas

Don José Joaquín Hervás Ortiz

Magistrados

En la ciudad de Cartagena, a Uno de Julio de dos mil diez.

La Sección de Cartagena de la Audiencia Provincial de Murcia, integrada por los Iltmos. Sres. Expresados al margen, ha visto los autos de juicio Ordinario núm. 182/10 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia nº Uno de San Javier, de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandada Grupo Murciano de Excavaciones y Contenedores, S.L., habiendo intervenido en la alzada dichas partes, en su condición de recurrentes, representados por el Procurador Sr.

D. Juan Andrés Jiménez Muñoz y dirigidos por el Letrado D. José Mario Pacheco Fernández y como apelada Talleres José María López, S.L., representada por el Procurador Sr. Jiménez Martínez, asistidos del letrado Sr. D. Ginés García Melgarejo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº Uno de San Javier en los referidos autos, tramitados con el núm. 182/2008, se dictó sentencia con fecha 27/05/2009, cuya parte dispositiva dice entre otras lo siguiente: " Que estimando totalmente la demanda presentada por TALLERES JOSÉ MARÍA LÓPEZ, S.L. frente a GRUPO MURCIANO DE EXCAVACIONES Y CONTENEDORES S.L. DEBO CONDENAR Y CONDENO a la mercantil demandada a abonar al actor la cuantía de 20.880 euros, intereses y al pago de las costas derivadas de este procedimiento."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuesto recurso de apelación por la parte demandada en tiempo y forma que fue tramitado conforme a lo dispuesto en el art. 457 y ss de la Ley de Enjuiciamiento Civil . Y remitidos a este Tribunal, donde se formó el correspondiente Rollo de Apelación designándose Magistrado Ponente y se señaló día para la votación y fallo el día 13 de Abril de 2010.

TERCERO

En la tramitación de ambas instancias, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.

VISTO, siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. Matías Manuel Soria Fernández Mayoralas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia, que condenó a la Entidad demandada al pago de la cantidad debida por contrato de compraventa de maquinaria, desestimando la excepción de incumplimiento contractual. Se formula recurso de apelación por dicha demandada por considerar que existe error en la valoración de la prueba y en la aplicación del derecho en cuanto no ha considerado en la sentencia el cumplimiento defectuoso del contrato.

Por la parte apelada, se formula escrito de oposición al recurso solicitando la confirmación de la sentencia por los propios fundamentos de la misma.

SEGUNDO

La cuestión planteada en el recurso tiene una doble vertiente: una primera en la que se plantea la cuestión teórica de que la demandada aún reconociendo parte de la deuda por la compra de la retroexcavadora solicitó la absolución de la demanda por incumplimiento contractual, alegando como excepción el que la misma no cumplía los fines previstos para los que fue adquirida pero sin formular reconvención, y en segundo lugar de estimarse la cuantía que debe de ascender la disminución del precio.

En cuanto a la primera cuestión, y dejando...

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