SAP Murcia 31/2010, 2 de Febrero de 2010

PonenteJOSE JOAQUIN HERVAS ORTIZ
ECLIES:APMU:2010:448
Número de Recurso9/2010
ProcedimientoAPELACION JUICIO DE FALTAS
Número de Resolución31/2010
Fecha de Resolución 2 de Febrero de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 5ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5

CARTAGENA

SENTENCIA: 00031/2010

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MURCIA

SECCIÓN QUINTA (CARTAGENA)

S E N T E N C I A Nº 31

En Cartagena, a dos de febrero de dos mil diez.

El Iltmo. Sr. D.JOSÉ JOAQUÍN HERVÁS ORTIZ, Magistrado de la Audiencia Provincial de Murcia, Sección Quinta, ha visto en grado de apelación las presentes actuaciones del orden penal, rollo número 9/10, dimanantes del Juicio de Faltas número 894/2007 del Juzgado de Instrucción número dos de Cartagena, por una falta de lesiones imprudentes, en el que han sido partes Serafin, Jose Miguel y la Compañía Aseguradora "LÍNEA DIRECTA", en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Letrado

D.Rafael Escudero Sánchez, en nombre y representación de Serafin, y de la impugnación formulada por el Letrado D.Emilio Azofra Alcázar, en nombre y representación de Jose Miguel y de la la Compañía Aseguradora "LÍNEA DIRECTA", contra la Sentencia de fecha 6 de octubre de 2.009, dictada en el referido Juicio de Faltas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Instrucción número dos de Cartagena, con fecha 6 de octubre de 2.009, dictó Sentencia en los autos de que este rollo dimana, declarando probados los siguientes hechos:

"Sobre las 18,10 horas del día 29 de octubre de 2007 Jose Miguel conducía el turismo BMW matrícula ....RRR asegurado en Línea Directa por la calle Cuesta del Batel en dirección a la Plaza Bastarreche de Cartagena cuando al llegar a la intersección circular con la calle Trovero Marín y no obstante la señal de ceda el paso que le afectaba accede a la misma cuando estaba circunvalándola Serafin, que conducía el ciclomotor Daelim procedente de la Calle Trovero Marín para dirigirse a la Barriada de Santa Lucía. Como consecuencia del accidente, Serafin sufrió luxación acromioclavicular, fracturas de siete arcos costales, hemotórax derecho, fractura de tobillo derecho y fractura del astrágalo del pie izquierdo, de lo que curó con primera asistencia y tratamiento quirúrgico y rehabilitador a los 243 días de los que 226 permaneció impedido para sus ocupaciones habituales y 17 hospitalizado, con las siguientes secuelas: limitación de movilidad del hombro izquierdo, osteosíntesis del tobillo derecho, neuralgias intercostales y artrosis postraumática del tobillo, cuya gravedad ha sido establecida en 4, 3, 3 y 5 puntos respectivamente; y cicatrices en frente, pierna y tobillo, y cojera, perjuicio estético valorado 7 puntos. Las secuelas descritas deberían impedir a Serafin de modo parcial las actividades de la vida cotidiana que impliquen correr, permanecer mucho tiempo de pie o elevar el brazo izquierdo y ha determinado un expediente de incapacidad con proposición de incapacidad permanente total cualificada en su profesión de pintor. Ha

justificado gastos médicos por importe de 124 #.".

SEGUNDO

En el fallo de dicha resolución expresamente se disponía:

"Que debo condenar y condeno a Jose Miguel, como autor de una falta de imprudencia a la pena de 15 días multa con una cuota diaria de 2 euros (30 euros) y a indemnizar en 51943,21 euros a Serafin que serán abonadas directamente por Línea Directa con deducción de las sumas entregadas a cuenta.".

TERCERO

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