SAP Murcia 225/2010, 21 de Abril de 2010

PonenteMARIA DEL PILAR ALONSO SAURA
ECLIES:APMU:2010:983
Número de Recurso635/2009
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución225/2010
Fecha de Resolución21 de Abril de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

MURCIA

SENTENCIA: 00225/2010

AUDIENCIA PROVINCIAL DE

MURCIA

Sección 001

Domicilio : PASEO DE GARAY Nº5 3ª PLANTA PALACIO DE JUSTICIA

Telf : 968229183

Fax : 968229184

Modelo : 00136

N.I.G.: 30030 37 1 2009 0103045

ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000635 /2009

Juzgado procedencia : JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 10 de MURCIA

Procedimiento de origen : PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000024 /2008

RECURRENTE : Aureliano

Procurador/a : ELVIRA NUÑEZ HERRERO

Letrado/a : MIGUEL ANGEL ALCARAZ CONESA

RECURRIDO/A : Florentino

Procurador/a : ANA MARIA GALINDO MARIN

Letrado/a : ANTONIO GARCÍA DÍAZ

SENTENCIA

NÚM. 225/10 ILMOS. SRS.

D. ANDRÉS PACHECO GUEVARA

PRESIDENTE

D. FERNANDO LOPEZ DEL AMO GONZALEZ

Dª. Mª PILAR ALONSO SAURA

MAGISTRADOS

En la Ciudad de Murcia, a veintiuno de abril de dos mil diez.

Habiendo visto en grado de apelación la Sección Primera de esta Ilustrísima Audiencia Provincial los autos de juicio ordinario que se ha seguido con el nº 24-08 en el Juzgado de Primera Instancia nº 10 de Murcia, entre partes, como demandante y en esta alzada apelante D. Aureliano, representado por la Procuradora Dña. Elvira Nuñez Herrero y dirigido por el Letrado D. Miguel Ángel Alcaraz Conesa y como demandado y en esta alzada apelado que ha formulado impugnación D. Florentino representado por la Procuradora Dña. Ana Galindo Marín y dirigido por el Letrado D. Antonio García Díaz . Es Ponente la Ilma. Sra. Dña. Mª PILAR ALONSO SAURA, que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Instancia citado con fecha 30 de enero de 2009 dictó en los autos principales de los que dimana el presente rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así "Que estima parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora Doña Elvira Núñez Herrero en nombre y representación de d. Aureliano contra D. Florentino debo condenar y condeno al citado demandado a que haga pago al actor de 7.387,68 euros de los que 2.000 están consignados más los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda sin expresa condena en costas."

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia y en tiempo y forma interpuso recurso de apelación la parte demandante, dándose traslado a la parte demandada, que formuló impugnación, y previos el correspondiente traslado yormul euros, debiendo constar 1453 euros, increment ue se expresa en el Fundamento de Derecho Segun emplazamiento de las partes, fueron remitidos los autos originales a esta Audiencia, en la que se formó el oportuno rollo por la Sección Primera con el nº 715 /09, compareciendo las partes en la cualidad antes expresada y señalándose deliberación y votación para el día 20 de los corrientes por providencia de día 20 de octubre último.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte demandante ha interpuesto recurso de apelación contra la sentencia dictada en primera instancia alegando error en la valoración de la prueba refiriéndose al resultado de la prueba pericial, al interrogatorio del demandante, a los documentos nº 2 y 4 del escrito de contestación a la demanda, sosteniendo que debe reconocerse y estimarse el importe de las mejoras, sea el señalado en el documento nº 4 citado, o el reflejado en la factura final si fuera menor. Subsidiariamente alude a dos errores manifiestos de la sentencia apelada en relación con la mejora consistente en el arreglo de los dos patios interiores, que asciende a 1543 euros más IVA que supone 104.04 euros, y ADSL que afirma está desglosado por importe de 4.640 euros en el documento nº 4 y en la factura final en 3.500 euros, cuyo importe más el IVA correspondiente ha de añadirse al que fija la sentencia.

La parte demandada se ha opuesto al recurso de apelación formulando las correspondientes alegaciones, y ha impugnado la sentencia apelada en cuanto a las partidas que reconoce como no incluidas en el presupuesto inicial, salvo la obra del segundo cuarto de baño, y a la concesión del IVA sobre la base imponible, formulando las correspondientes alegaciones en relación con la improcedencia del abono de dichas partidas y del IVA. La parte demandante se ha opuesto a la...

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