SAP Navarra 42/2010, 17 de Marzo de 2010

PonenteJOSE JULIAN HUARTE LAZARO
ECLIES:APNA:2010:165
Número de Recurso279/2009
ProcedimientoAPELACIONES JUICIOS VERBALES
Número de Resolución42/2010
Fecha de Resolución17 de Marzo de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Navarra, Sección 1ª

S E N T E N C I A Nº 42/2010

En Pamplona/Iruña, a 17 de marzo de 2010.

El Ilmo. Sr. D. JOSÉ JULIÁN HUARTE LÁZARO, Magistrado de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra, ha visto en grado de apelación el Rollo Civil nº 279/2009, derivado del Juicio Verbal nº 789/2009; siendo parte apelante: el demandado, BANCO SANTANDER, S.A., representado por el Procurador D. Santos Julio Laspiur García y asistido por el Letrado D. Jesús Echarte Vidal, parte apelada: el demandante D. David, representado por el Procurador D. Jaime Ubillos Minondo y asistido por el Letrado D. Santiago Iribarren Gasca. Sobre: aval.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se admiten los de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Con fecha 7 de septiembre de 2009, el referido Juzgado dictó Sentencia, en el citado procedimiento, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:

"Que estimando, como estimo, la demanda formulada por D. Jaime Ubillos Minondo, Procurador de los Tribunales, y de D. David y Dª Salome, contra Banco Santander S.A., representado en autos por el Procurador D. Santos Julio Laspiur García, debo condenar y condeno a dicha demandada a abonar a la parte actora la cantidad de 1.500 (mil quinientos) euros, más los intereses legales desde la fecha de la reclamación extrajudicial, con expresa condena en costas a la parte demandada...".

TERCERO

Notificada dicha resolución, fue apelada en tiempo y forma por la representación procesal del demandado, BANCO SANTANDER, S.A., quien solicitó que, con revocación de la sentencia dictada en la primera instancia, se dicte nueva resolución por la que se desestime íntegramente la demanda y se condene en costas a la parte actora.

CUARTO

La parte apelada evacuó el traslado para alegaciones, oponiéndose al recurso de apelación, solicitando su desestimación e interesando la confirmación de la sentencia de instancia, así como la imposición de las costas causadas a la parte apelante.

QUINTO

Admitida dicha apelación en ambos efectos y remitidos los autos a la Audiencia Provincial de Navarra, previo reparto, correspondieron a esta Sección Primera, en donde se formó el Rollo de Apelación Civil nº 279/2009, habiéndose señalado para fallo el día 15 de marzo de 2010.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de primera instancia estimó íntegramente la demanda interpuesta por los actores D. David y Dña. Salome, contra la entidad Banco Santander S.A., para el cumplimiento del contrato de aval a primer requerimiento prestado por esta mercantil como avalista del arrendatario D. Laureano, a favor de los actores (arrendadores) "para responder del cumplimiento del contrato de arrendamiento de la vivienda sita en la calle DIRECCION000 nº NUM000 piso NUM001 . de Pamplona".

La Juzgadora "a quo", consideró que siendo un hecho indiscutible que el afianzado-arrendatario había incumplido las obligaciones asumidas en el contrato de arrendamiento que estaban garantizadas por el aval prestado, y que ante ello los actores, requirieron el cumplimiento de la garantía en la forma y plazo estipulado, procedente era la exigencia de cumplimiento del aval, pues la no presentación del original del aval por los actores-beneficiarios y la devolución del original por el arrendatario no implicaban la improsperabilidad de la reclamación, pues ni se había estipulado que ello determinaría, de concurrir, la falta de eficacia del aval antes de la extinción del plazo de caducidad señalado en el contrato, ni puede considerarse de aplicación analógica la presunción establecida en el Art. 1.189 del C. Civil, sobre extinción de la obligación, por la posesión por el deudor del original del aval, cuando debía darse por acreditado según admitía la demandada que la devolución del aval se verificó no por el acreedor-arrendador, sino por el deudor-afianzado-arrendatario.

SEGUNDO

Frente a la indicada resolución se alza el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada Banco de Santander, S.A., interesando su revocación y que se...

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