SAP Valladolid 202/2010, 25 de Junio de 2010

PonenteMIGUEL ANGEL SENDINO ARENAS
ECLIES:APVA:2010:925
Número de Recurso68/2010
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución202/2010
Fecha de Resolución25 de Junio de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Valladolid, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

VALLADOLID

SENTENCIA: 00202/2010

Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000068 /2010

SENTENCIA Nº 202

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. MIGUEL ANGEL SENDINO ARENAS

D. ANGEL MUÑIZ DELGADO

D. JOSE MANUEL DE VICENTE BOBADILLA

En VALLADOLID, a veinticinco de Junio de dos mil diez.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 003 de la Audiencia Provincial de VALLADOLID, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000703 /2008, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 9 de VALLADOLID, a los que ha correspondido el Rollo 0000068 /2010, en los que aparece como parte apelante demandante apelado Dª. Manuela, representada por el Procurador D. DAVID VAQUERO GALLEGO, y asistido por el letrado D. ARTURO ASENSIO ASENSIO, como apelante demandado apelado Dª Sabina, representado por el Procurador D. MANUEL ANGEL JIMENEZ HERRERA y asistido por el Letrado D. ENRIQUE MUÑOZ HURTADO y como apelante demandado apelado Dª Amparo representada por el procurador, D. CESAR ALONSO ZAMORANO y asistido por el Letrado CARLOS MUÑOZ SANCHEZ, sobre resolución contractual y reclamación de cantidad.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

SEGUNDO

Seguido el litigio en cuestión por sus trámites legales ante el Juzgado de Primera Instancia de referencia, con fecha 18 de noviembre de 2009, se dictó sentencia cuyo fallo dice así: "Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por Dª. Encarnacion contra Dª. Sabina y Dª. Amparo, debo condenar y condeno a Dª. Sabina a que abone a la Sra. Manuela la cantidad de VEINTIOCHO MIL CUARENTA Y UN EUROS CON SETENTA CÉNTIMOS DE EURO (28.041,70 euros). Esta cantidad devengará el interés legal del dinero incrementado en dos puntos desde esta sentencia de primera instancia hasta que la misma sea totalmente ejecutada. Sin que quepa pronunciamiento sobre costas".

TERCERO

Notificada a las partes la referida sentencia, por la representación procesal de Manuela, Dª Sabina, y Dª Amparo se preparó recurso de apelación que fue interpuesto dentro del término legal alegando lo que estimó oportuno. Por las partes contrarias se presentaron escritos de oposición al recurso. Remitidos los autos de juicio a este tribunal se señaló para la deliberación y votación el pasado día 16 de junio de 2010.

ÚLTIMO.- En la tramitación del presente procedimiento se han observado las formalidades legales.

Vistos, siendo ponente el Ilmo Sr. Magistrado Don MIGUEL ANGEL SENDINO ARENAS.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La representación procesal de la demandada Doña Sabina recurre en apelación la sentencia de instancia y Auto Aclaratorio de la misma, que estima parcialmente la demanda, sobre resolución de contrato de explotación de expendeduría de tabacos y reclamación de daños y perjuicios, interpuesta contra ella y contra Doña Amparo, por Doña Manuela y en consecuencia, condena a Doña Sabina a que abone a la actora la suma de 12.206,28 Euros, mas intereses legales sin hacer pronunciamiento sobre costas. Alega, como motivo único, infracción por inaplicación de lo dispuesto en el articulo 6.3 y artículo 1306.1º ambos del Código Civil, ya que la sentencia apelada, debió declarar la nulidad del contrato de cesión de la explotación de Expendeduría de Tabacos celebrado entre la recurrente y la actora por haberse vulnerado la normativa reguladora de este tipo de transmisiones. Pide, se dicte nueva sentencia que revoque la de instancia declarando la nulidad en los tèrminos pedidos al contestar la demanda.

Recurre igualmente la codemandada Doña Amparo alegando como motivo único, infracción por inaplicación o aplicación indebida de lo dispuesto en los artículos 10, 218 y 394.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, Solicita que la sentencia de instancia sea parcialmente revocada en el sentido de que se condene expresamente a la actora al pago de las costas correspondientes a la codemandada recurrente.

Y recurre asimismo la demandante Doña Manuela, alegando como base de su recurso; que la sentencia infringe la legislación y jurisprudencia relativa a la resolución de los contratos con obligaciones bilaterales o reciprocas; que la adquirente Doña Amparo no resolvió el contrato de explotación de expendeduría de forma alguna habiendo tenido la oportunidad de hacerlo de conformidad con el artículo 1571 C Civil ; que la resolución se produjo a instancia de la parte actora en fecha 13 de marzo de 2007 y que fue debida a un incumplimiento grave e imputable, por de dolo y mala fe, a las demandadas ya que con fecha 23 de noviembre de 2007 se deja de suministrar tabaco a la actora a consecuencia del cambio fraudulento de la titularidad de la concesión con claro incumplimiento de contrato (cláusula tercera ) lo que impedía radicalmente explotar el negocio; que la actuación de la Sra Sabina es contraria a los actos propios; que ambas demandadas actuaron de forma fraudulenta en la transmisión de la titularidad de la expendeduría; y finalmente que el juzgador no señala correctamente los daños y perjuicios por los que la demandante debe ser indemnizada. Pide por todo ello se revoque la sentencia de instancia y se dicte una nueva de conformidad con las pretensiones de la demanda y del recurso.

Se opone cada una de las partes al recurso formulado por la contraria, pidiendo la total desestimación del mismo.

SEGUNDO

Comenzando como, obliga la lógica resolutiva, por el recurso interpuesto por la demandante ya que el sentido de su respuesta en gran medida condicionaría el éxito del resto de los recursos, pronto hemos de adelantar la total desestimación de todos y cada uno de los motivos que plantea.

A lo largo y a veces poco inteligible escrito, la recurrente viene a denunciar en resumen y aunque así no lo exprese, la existencia de diversas equivocaciones judiciales tanto en la valoración de la prueba practicada como en la interpretación y aplicación del derecho y jurisprudencia referida a la resolución de un contrato como el de litis, con derechos y obligaciones recíprocas. Pero...

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