SAP Madrid 37/2010, 22 de Enero de 2010
Ponente | FERNANDO DELGADO RODRIGUEZ |
ECLI | ES:APM:2010:560 |
Número de Recurso | 78/2009 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 37/2010 |
Fecha de Resolución | 22 de Enero de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 25ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 25
MADRID
SENTENCIA: 00037/2010
Fecha: 22 DE ENERO DE 2010
Rollo: RECURSO DE APELACION 78/2009
Ponente: ILMO. SR. D.FERNANDO DELGADO RODRIGUEZ
Apelante y demandante: MUTUA MADRILEÑA AUTOMOVILISTA
PROCURADOR: D.JORGE DELEITO GARCÍA
Apelado y demandado: CATALANA OCCIDENTE, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS
PROCURADORA: DªPALOMA ORTIZ-CAÑAVATE LEVENFELD
Autos: PROCEDIMIENTO ORDINARIO Nº 49/2008
Procedencia: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.8 DE LEGANÉS
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. FERNANDO DELGADO RODRIGUEZ
D. JOSÉ Mª GUGLIERI VÁZQUEZ
D. ÁNGEL LUIS SOBRINO BLANCO
En Madrid, a veintidós de enero de dos mil diez.
Vistos en grado de apelación ante esta Sección 25ª de la Audiencia Provincial de MADRID, los autos de Procedimiento Ordinario nº49/2008, procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N. 8 de Leganés, a los que ha correspondido el Rollo 78/2009, en los que aparece como parte apelante MUTUA MADRILEÑA AUTOMOVILISTA representado por el procurador D. Jorge Deleito García, y como apelado CATALANA OCCIDENTE representado por la Procuradora Dª. PALOMA ORTIZ-CAÑAVATE LEVENFELD, sobre reclamación de cantidad, y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. FERNANDO DELGADO RODRIGUEZ.
Que los autos originales núm. 49/2008, procedentes del Juzgado de Primera Instancia Núm. 8 de los de Leganés, fueron remitidos a esta Sección Vigesimoquinta de la Audiencia Provincial de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en las Normas de Reparto aprobadas por la Sala de Gobierno del Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Que por la Ilma. Sra. Dª. Elena Sanabria Seguido, Juez Sustituta del Juzgado de Primera Instancia núm. 8 de Leganés se dictó sentencia con fecha 9 de Septiembre de 2008, cuyo FALLO es del tenor literal siguiente: "Que desestimando la demanda presentada por el Procurador Sr. JURADO RECHE en nombre y representación de MUTUA MADRILEÑA contra Segundo y CATALANA OCCIDENTE SEGUROS, DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO a los citados demandados de las pretensiones contra los mismos deducidas en la presente instancia, condenando a la parte actora al pago de las costas del presente procedimiento."
Que contra dicha Sentencia se preparó e interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de la parte apelante, el Procurador Sr. D. Fernando Jurado Reche, dándole traslado del mismo a la parte demandada quien presentó en tiempo y forma escrito de oposición al recurso entablado; remitiéndose los autos a esta Sección Vigesimoquinta, se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día 21 de Enero del año en curso.
Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia de 9 de septiembre de 2008 del Juzgado de 1ª Instancia nº 8 de Leganés, en el procedimiento verbal nº 49/2008.
La aseguradora actora MUTUA MADRILEÑA indemnizó a su asegurado D. Abel con la cantidad de 14.248 #, por los daños causados en su vehículo Volkswagen Golf Soul 1900, matrícula: ....-FTD, porque según la versión expresada en la demanda, el día 17 de septiembre de 2006, a las 1,30 horas, a consecuencia de la colisión acaecida con el turismo ....-KPG, conducido por D. Segundo, asegurado en CATALANA DE OCCIDENTE SEGUROS, que se incorporó desde la Calle Beja sin respetar la señal de ceda el paso a la Calle Braga, en el Barrio de la Fortuna, en Leganés por donde circulaba el
....-FTD, conducido por dicho asegurado, conforme a la descripción pericial de la actora, que figura ilustrada con fotografías en el informe de verificación del lugar del accidente, unido a los folios 70 a 74 de autos.
La acción ejercitada se basa en el artículo 43 de la LCS y las razones desestimatorias de la demanda se relatan en el fundamento jurídico tercero de la sentencia recurrida. En concreto, las abiertas contradicciones apreciadas por la juzgadora de instancia entre los datos objetivos del atestado policial, al folio 77 de autos, instruído a consecuencia de dicho accidente de tráfico, y la versión de la parte demandante, porque siendo cierto...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
Autores de obras de artes plásticas no aplicadas y sucesión mortis causa:indisponibilidadinter vivosdel derecho de participación
...7 de diciembre de 2005. ·? SAP de Alicante, de 19 de diciembre de 2006. ·? SAP de Barcelona, de 29 de septiembre de 2000. ·? SAP de Madrid, de 22 de enero de 2010. Page ·? SAP de Madrid, de 12 de febrero de 2008. ·? SAP de Madrid, de 19 de abril de 2005. ·? SAP de Madrid, de 3 de marzo de 2......