SAP Barcelona 263/2010, 20 de Mayo de 2010
Ponente | RAMON FONCILLAS SOPENA |
ECLI | ES:APB:2010:4756 |
Número de Recurso | 549/2009 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 263/2010 |
Fecha de Resolución | 20 de Mayo de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 11ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE
BARCELONA
SECCIÓN Undécima
ROLLO Nº 549/2009
PROCEDIMIENTO ORDINARIO NÚM. 1129/2007
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 30 BARCELONA
S E N T E N C I A Nº 263
Ilmos. Sres.
D. JOSEP MARIA BACHS ESTANY
D. RAMÓN FONCILLAS SOPENA
Dª. Mª DEL MAR ALONSO MARTÍNEZ
En Barcelona, a 20 de mayo de 2010.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Undécima de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento ordinario, número 1129/2007 seguidos por el Juzgado Primera Instancia
30 Barcelona, a instancia de TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, contra Dª. Debora y INMUEBLES URBANOS LO MORE, S.L.; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 10 de marzo de 2009, por el/la Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Estimando la demanda interpuesta por la representación de la Tesorería General de la Seguridad social, DEBO DECLARAR Y DECLARO NULA la aportación de los siguientes bienes inmuebles propiedad de la demandada Dª Debora a la sociedad Inmuebles Urbanos Lo More,S.L: el pleno dominio de la finca inscrita en el Registro de la Propiedad de Arenys de Mar con nº NUM000 y la nuda propiedad de las fincas inscritas en el mismo Registro con nº NUM001 y nº NUM002 . DEBO ORDENAR Y ORDENO la cancelación de las anotaciones e inscripciones relativas a la nulidad declarada en esta resolución. DEBO CONDENAR Y CONDENO a Dª Debora y a la sociedad Inmuebles urbanos Lo More, S.L. al pago de manera solidaria y conjunta, de las costas causadas.".
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para votación y fallo el día 5 de mayo de 2010.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. RAMÓN FONCILLAS SOPENA.
Según el relato de la sentencia, según datos contrastados de las actuaciones, la Tesorería General de la Seguridad Social inició expediente de derivación de responsabilidad contra la demandada Dª Debora por una deuda de 96.699'68 euros contraída por la empresa Tabita 2 S.L. de la que era administradora,. Dicha derivación fue comunicada a la Sra. Debora en fecha 14/11/2005 y se practicaron diversas actuaciones de efectividad frente a la misma. Así las cosas, la demandada aportó en fecha 5/4/2006 tres fincas de que era propietaria, bien en pleno domicilio, bien en nuda propiedad, y con valor asignado de 599.724, 74.520 y 299.376 euros, a la sociedad Inmuebles Urbanos Lo More S.L. constituida en la misma fecha y de la que era administrador su marido. La situación patrimonial de la demandada ha quedado concretada al sueldo que percibe en la sociedad de 1.096'24 euros al mes y 3005 participaciones sociales con valor...
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