SAP Barcelona 263/2010, 20 de Mayo de 2010

PonenteRAMON FONCILLAS SOPENA
ECLIES:APB:2010:4756
Número de Recurso549/2009
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución263/2010
Fecha de Resolución20 de Mayo de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 11ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE

BARCELONA

SECCIÓN Undécima

ROLLO Nº 549/2009

PROCEDIMIENTO ORDINARIO NÚM. 1129/2007

JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 30 BARCELONA

S E N T E N C I A Nº 263

Ilmos. Sres.

D. JOSEP MARIA BACHS ESTANY

D. RAMÓN FONCILLAS SOPENA

Dª. Mª DEL MAR ALONSO MARTÍNEZ

En Barcelona, a 20 de mayo de 2010.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Undécima de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento ordinario, número 1129/2007 seguidos por el Juzgado Primera Instancia

30 Barcelona, a instancia de TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, contra Dª. Debora y INMUEBLES URBANOS LO MORE, S.L.; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 10 de marzo de 2009, por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Estimando la demanda interpuesta por la representación de la Tesorería General de la Seguridad social, DEBO DECLARAR Y DECLARO NULA la aportación de los siguientes bienes inmuebles propiedad de la demandada Dª Debora a la sociedad Inmuebles Urbanos Lo More,S.L: el pleno dominio de la finca inscrita en el Registro de la Propiedad de Arenys de Mar con nº NUM000 y la nuda propiedad de las fincas inscritas en el mismo Registro con nº NUM001 y nº NUM002 . DEBO ORDENAR Y ORDENO la cancelación de las anotaciones e inscripciones relativas a la nulidad declarada en esta resolución. DEBO CONDENAR Y CONDENO a Dª Debora y a la sociedad Inmuebles urbanos Lo More, S.L. al pago de manera solidaria y conjunta, de las costas causadas.".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 5 de mayo de 2010.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. RAMÓN FONCILLAS SOPENA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Según el relato de la sentencia, según datos contrastados de las actuaciones, la Tesorería General de la Seguridad Social inició expediente de derivación de responsabilidad contra la demandada Dª Debora por una deuda de 96.699'68 euros contraída por la empresa Tabita 2 S.L. de la que era administradora,. Dicha derivación fue comunicada a la Sra. Debora en fecha 14/11/2005 y se practicaron diversas actuaciones de efectividad frente a la misma. Así las cosas, la demandada aportó en fecha 5/4/2006 tres fincas de que era propietaria, bien en pleno domicilio, bien en nuda propiedad, y con valor asignado de 599.724, 74.520 y 299.376 euros, a la sociedad Inmuebles Urbanos Lo More S.L. constituida en la misma fecha y de la que era administrador su marido. La situación patrimonial de la demandada ha quedado concretada al sueldo que percibe en la sociedad de 1.096'24 euros al mes y 3005 participaciones sociales con valor...

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