SAP Barcelona 316/2010, 13 de Mayo de 2010
Ponente | MARTA FONT MARQUINA |
ECLI | ES:APB:2010:4946 |
Número de Recurso | 664/2009 |
Procedimiento | VERBAL - COGNICIóN |
Número de Resolución | 316/2010 |
Fecha de Resolución | 13 de Mayo de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 14ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
SECCIÓN DÉCIMOCUARTA
ROLLO Nº 664/2009-A
JUICIO VERBAL NÚM. 143/2009 JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 48 DE LOS DE BARCELONA S E N T E N C I A Nº 316/2010
Ilmos. Sres.
D. FRANCISCO JAVIER PEREDA GÁMEZ
Dª. MARTA FONT MARQUINA
Dª. Mª CONCEPCIÓN HILL PRADOS
En la ciudad de Barcelona, a trece de mayo de dos mil diez
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Décimocuarta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Verbal nº 143/2009, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 48 de los de Barcelona, a instancia de Dª. Lidia, contra Dª. Rosa ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte ACTORA contra la Sentencia dictada en los mismos el día 14 de mayo de 2009, por la Sra. Juez en sustitución del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Desestimo la demanda interpuesta por Lidia contra Rosa y, en consecuencia, absuelvo a la demandada de los pedimentos formulados en su contra.
Impongo las costas a la actora".
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte ACTORA mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso en tiempo y forma mediante el oportuno escrito; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para la deliberación, votación y fallo el día 29 de abril de 2010.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales. VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. MARTA FONT MARQUINA.
SE ACEPTAN los fundamentos de la sentencia apelada.
La actora reclama la suma de 1.116'00 euros correspondientes a la entrega a cuenta para la confección de un vestido de novia, de importe total de 3.350,00 euros, según hoja de encargo de 2 de febrero de 2008. Reclama daño moral.
Narra en la demanda que tenía fijado el día 1 de agosto de 2008 la fecha para la celebración de la boda y que faltando dos meses para la celebración de la boda no se había hecho ninguna prueba del vestido. Ante esta situación acudió, en mayo de 2008, a otro establecimiento para la realización del vestido.
La juzgadora de Instancia desestima íntegramente la demanda habida cuenta que no se pactó fecha alguna para la primera prueba del vestido, habiendo desistido del contrato la actora dos meses antes de la celebración de la boda, una vez la demandada había llevado a cabo todos los actos preparatorios...
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