SAP Navarra 11/2010, 29 de Enero de 2010
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 11/2010 |
Emisor | Audiencia Provincial de Navarra, seccion 2 (penal) |
Fecha | 29 Enero 2010 |
S E N T E N C I A Nº 11/2010
Presidente
D. JOSE FRANCISCO COBO SAENZ
Magistrados
D. FRANCISCO JOSÉ GOYENA SALGADO
D. RICARDO J. GONZÁLEZ GONZÁLEZ
En Pamplona/Iruña, a 29 de enero de 2010 .
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados que al margen se expresan, ha visto en grado de apelación el Rollo Civil de Sala nº 32/2009, derivado del Juicio ordinario nº 13/2008, del Juzgado de Primera Instancia Nº 5 de Pamplona/Iruña ; siendo parte apelante, la mercantil demandante, COTEL COMERCIAL TELEFÓNICA, S.L., r epresentada por el Procurador D. EDUARDO DE PABLO MURILLO y asistida por el Letrado D. RICARDO ESTEBAN PORRAS DEL CAMPO ; parte apelada, la mercantil demandada, TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A.U., representada por el Procurador D. JAIME GOÑI ALEGRE y asistida por la Letrada Dª EMILIA BENAVENTE VALDEPEÑAS.
Siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JOSÉ GOYENA SALGADO .
Se aceptan los de la sentencia apelada.
Con fecha 26 de septiembre de 2008, el referido Juzgado de Primera Instancia Nº 5 de Pamplona/Iruña, dictó Sentencia en Juicio ordinario 13/2008, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:
"DEBO DESESTIMAR íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador Don Eduardo de Pablo Murillo, en nombre y representación de COTEL COMERCIAL TELEFÓNICA, S.L, contra TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A.U y DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO a la demandada, de los pedimentos de la demanda.
Se condena en costas a la parte actora."
Notificada dicha resolución, fue apelada en tiempo y forma por la representación procesal de la parte demandante, la mercantil COTEL COMERCIAL TELEFÓNICA, S.L. ; solicitando en el cuerpo del escrito el recibimiento del pleito a prueba respecto de las pruebas propuestas y denegadas en la instancia, de las que se formuló recurso de reposición y frente a su desestimación, la oportuna protesta.
La parte apelada, la mercantil demandada, TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A.U., evacuó el traslado para alegaciones, oponiéndose al recurso de apelación y solicitando su desestimación, interesando se tenga por inadmitida la prueba propuesta por la apelante, y se confirme la sentencia de instancia, con expresa imposición de las costas a la adversa.
Admitida dicha apelación en ambos efectos y remitidos los autos a la Audiencia Provincial, previo reparto, correspondieron a esta Sección Segunda, donde se formó el Rollo de Apelaciones juicios ordinarios nº 32/2009, y después de adoptarse las resoluciones de ordenación procesal pertinentes, mediante Auto de fecha 14 de abril de 2009 se acordó la admisión de las pruebas de interrogatorio y testifical propuestas por el apelante. Señalándose Vista para su práctica, acto que tuvo lugar el día 13 de enero de 2010, con el resultado que consta en el Acta y soporte informático levantado al efecto
En la tramitación del presente recurso, se han observado las prescripciones legales.
SE ACEPTAN los fundamentos de derecho de la sentencia recurrida, que esta Sala asume a los efectos de su integración.
La presente litis tiene su origen en la demanda de reclamación de la cantidad de 421.583 #, en concepto de indemnización derivada de resolución de contrato de agencia y daños y perjuicios, que formula la mercantil COTEL COMERCIAL TELEFÓNICA, S.L. frente a TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A.U. Asimismo se solicita la condena al pago de los intereses derivados de la citada cantidad y costas del juicio.
Dicha reclamación se basa en la denuncia de incumplimiento del contrato -que la actora califica de Agencia- suscrito entre las mercantiles litigantes y que imputa a TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A.U.
La demandada se personó en autos, contestando a la demanda, oponiéndose y solicitando su desestimación con imposición de las costas a la parte demandante.
La sentencia de instancia desestima íntegramente la demanda interpuesta por COTEL COMERCIAL TELEFÓNICA, S.L., absolviendo a la demandada TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A.U., imponiendo a la parte actora las costas.
Frente a dicha resolución se interpone por el procurador D. EDUARDO DE PABLO MURILLO, en nombre y representación de COTEL COMERCIAL TELEFÓNICA, S.L. el presente recurso de apelación, con base en las alegaciones que estimó oportunas y con el suplico de que se dicte sentencia, revocando la apelada y se estime íntegramente la demanda formulada, condenando a la mercantil demandada a abonar a la actora la suma de 421.583 #, más los intereses legales desde la interpelación extrajudicial de 18 de diciembre de...
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