SAP Alicante 268/2010, 7 de Julio de 2010

PonenteMARIA TERESA SERRA ABARCA
ECLIES:APA:2010:1806
Número de Recurso108/2010
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución268/2010
Fecha de Resolución 7 de Julio de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 5ª

A.P. Alicante Sec. 5ª Rollo 108-B-2010

SENTENCIA NÚM. 268

Iltmos. Sres.:

Presidente: D. José Luis Úbeda Mulero

Magistrada: Dª. Visitación Pérez Serra

Magistrada: Dª. Mª Teresa Serra Abarca

En la ciudad de Alicante, a siete de julio de dos mil diez.

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto los autos de Juicio Ordinario nº 647/2007 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia Número Tres de Benidorm, de los que conoce en grado de apelación en virtud de los recursos entablados: por la demandante 1º) C.P. EDIFICIO000 habiendo intervenido en el recurso dicha parte, en su condición de recurrente, representada por la Procuradora Dª Eva Gutiérrez Robles y dirigida por la Letrada Dª Adelina Pérez Antón; 2º) por el demandado D. Emiliano, representada por el Procurador D. Perfecto Ochoa Poveda con la dirección del Letrado D. Pedro Antonio Sillero Olmedo. Y como apelada ambos apelantes.

I - ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia Número Tres de Benidorm en los referidos autos, tramitados con el núm. 647/07, se dictó sentencia con fecha 02-01-2009, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Lloret Sebastián en nombre y representación de la comunidad de propietarios EDIFICIO000 debo condenar y condeno a Emiliano, representado por el Procurador Sra. Cortés Claver a que abone a la comunidad actora la cantidad total de 3.081,07 euros, más el interés legal de la misma desde la fecha de interposición de la demanda, correspondiendo las costas procesales a cada parte las causadas a su instancia y las comunes por mitad ".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpusieron los recursos de apelación por la parte demandante y demandada en tiempo y forma, elevándose los autos a este Tribunal, donde quedó formado el Rollo núm. 108-B-2010 en el que se señaló para la deliberación y votación el día 06-07-2010, en el que tuvo lugar.

TERCERO

En la tramitación de esta instancia, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.

VISTO, siendo Ponente la Iltma.. Sra. Dª. Mª Teresa Serra Abarca.

II - FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia que estima parcialmente la demanda se oponen ambas partes respecto a las pretensiones desestimadas.

Por la actora, la Comunidad de Propietarios, se pide en el recurso que se estime íntegramente la demanda en cuanto al importe de 247,17 euros del principal reclamado que, insiste que sí está detallado en el acta de la junta general de 26 de agosto de 2006 (documento nº 8 de la demanda) y, también aparece en la Junta de 26 de agosto de 2005. Motivo que debe ser acogido pues dicha partida sí está detallada en el certificado del administrador de la comunidad, y como se recogió en sentencia de esta Sala de fecha 7 de octubre de 2009, ese saldo fue aprobado en la Junta de fecha 26 de agosto de 2005 que, devino firme al no haber sido impugnado.

SEGUNDO

En segundo lugar se opone la actora a la partida denegada en sentencia por la derrama por sustitución de la antena de TV por importe de 182 euros, aprobada en junta de fecha 26 de agosto de 2005, no impugnada, por vulnerar lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley de Propiedad Horizontal y el RDL 1/98 . También tiene razón el recurrente, pues como ya se dijo en la citada sentencia de esta Sala citada no nos encontramos en el supuesto contemplado en el artículo 4.2 del RDL 1/98, de 27 de Febrero, que dice " En el caso de que la decisión para...

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