SAP Alicante 271/2010, 8 de Julio de 2010

PonenteMARIA TERESA SERRA ABARCA
ECLIES:APA:2010:1809
Número de Recurso109/2010
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución271/2010
Fecha de Resolución 8 de Julio de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 5ª

A.P. Alicante Sec. 5ª Rollo 109-A-2010

SENTENCIA NÚM. 271

Iltmos. Sres.:

Presidente: D. José Luis Úbeda Mulero

Magistrada: Dª. Visitación Pérez Serra

Magistrada: Dª. Mª Teresa Serra Abarca

En la ciudad de Alicante, a ocho de julio de dos mil diez.

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto los autos de Juicio Ordinario nº 1356/06 (acumulados 1519 Benidorm 1, 1357 Benidorm 2, 1396 Benidorm 3, 1515 Benidorm 3) seguidos en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Benidorm, de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandante C.P. EDIFICIO000 habiendo intervenido en el recurso dicha parte, en su condición de recurrente, representada por la Procuradora Dª Eva Gutiérrez Robles y dirigida por la Letrada Dª Adelina Pérez Antón, y como apeladas: 1º) Simón, Covadonga, Carlos María, Felisa, Julia, Pedro Antonio, Miriam, representada por la Procuradora Dª Paloma Giménez Artés con la dirección del Letrado D. Mario Torrubia Requena; 2º) D. Bartolomé, representada por la Procuradora Dª Mª-Teresa Figueiras Costilla y asistido del Letrado D. Mariano Torrubia Requena. No habiéndose opuesto en esta alzada Dª María del Pilar

, representada en primera instancia por el Procurador D. Vicente Bardisa Juan.

I - ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia Número en los referidos autos, tramitados con el núm. 1.356/06, se dictó sentencia con fecha 11-09-2009, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"Que desestimando íntegramente la demanda interpuesta por la Comunidad de Propietarios EDIFICIO000 sito en la Avenida del Paraguay nº 3 de Benidorm, debo absolver y absuelvo a D. Simón, Dña. Covadonga, D. Carlos María, Dña. Felisa, Dña. Julia, D. Bartolomé, Dña. María del Pilar, D. Pedro Antonio y Dña. Miriam de las pretensiones contra ellos entabladas, con imposición de las costas de esta instancia a la comunidad demandante ".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso recurso de apelación por la parte demandante en tiempo y forma, elevándose los autos a este Tribunal, donde quedó formado el Rollo núm. 109-A-2010 en el que se señaló para la deliberación y votación el día 07-07-2010, en el que tuvo lugar.

TERCERO

En la tramitación de esta instancia, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.

VISTO, siendo Ponente la Iltma.. Sra. Dª. Mª Teresa Serra Abarca.

II - FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Combate la actora la sentencia que desestima sus pretensiones alegando en primer lugar la infracción de los artículos 216 y 218 de la Ley de Enjuiciamiento Civil al excluir en su fundamento de derecho primero y tercero la naturaleza de las obras ejecutadas por los demandados en oposición a las alteraciones y modificaciones realizadas por otros copropietarios autorizadas y consentidas por la Comunidad de Propietarios. No se aprecia en la resolución impugnada una vulneración del principio de congruencia, ni que el Juzgador haya modificado la causa petendi, ni alterado de oficio la acción ejercitada, quien sólo está vinculado por la esencia de lo pedido y discutido en el pleito, y no por la literalidad de las concretas pretensiones ejercitadas, tal y como hayan sido formalmente solicitadas por los litigantes.

Como...

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