SAP Alicante 496/2010, 8 de Julio de 2010
Ponente | JOSE ANTONIO DURA CARRILLO |
ECLI | ES:APA:2010:2275 |
Número de Recurso | 94/2010 |
Procedimiento | PENAL - APELACION DE JUICIO DE FALTAS |
Número de Resolución | 496/2010 |
Fecha de Resolución | 8 de Julio de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Alicante, Sección 1ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCIÓN PRIMERA
ALICANTE
PLZ. DEL AYUNTAMIENTO, nº 4-2ª planta
Tfno: 965.93.59.39-40
Fax: 965.93.59.51
NIG: 03014-37-1-2010-0002472
Procedimiento: Rollo apelación sentencia juicio de faltas Nº 000094/2010- Dimana del Juicio de Faltas Nº 000330/2008
Del JUZGADO DE INSTRUCCION NUMERO 4 DE BENIDORM
Apelante Cesar
Apelado/s Rosaura
Abogado ISIDORO SALVADOR CALVO
SENTENCIA Nº 496/10
En la ciudad de Alicante, a Ocho de julio de 2010.
EL ILTMO. SR. D. JOSÉ ANTONIO DURÁ CARRILLO, Magistrado de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de ALICANTE, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la Sentencia de fecha 22 de Enero de 2009 dictada por el JUZGADO DE INSTRUCCION NUMERO 4 DE BENIDORM en el Juicio de Faltas - 330/2008, por habiendo actuado como parte apelante Cesar y como parte apelada Rosaura, dirigido por el Letrado Sr./a. SALVADOR CALVO, ISIDORO.
Son HECHOS PROBADOS de la Sentencia apelada, los del tenor literal siguiente: En aras a la brevedad se dan por reproducidos los hechos probados de la Sentencia de instancia.
El FALLO de dicha Sentencia recurrida literalmente dice: "Que debo condenar y condeno a Cesar como autor responsable de una FALTA DE INJURIAS a la pena de VEINTE DÍAS DE MULTA con cuota diaria de SEIS EUROS, responsabilidad personal subsidiaria de UN DIA de privación de libertad por cada DOS CUOTAS impagadas, y las costas del juicio en domicilio distinto y alejado del denunciante y las costas del juicio.".
Contra dicha Sentencia, en tiempo y forma y por la representación procesal de Cesar se interpuso recurso, que fue admitido a trámite elevándose las actuaciones a esta Audiencia donde se formó el Rollo Nº 000094/2010 de esta Sección, tras haber dado traslado del mismo a las otras partes.
En la sustanciación de ambas instancias del presente proceso se han observado todas las prescripciones legales procedentes.
SE ACEPTA el Antecedente de HECHOS PROBADOS de la Sentencia apelada.
Opone la parte apelada en su impugnación el recurso que el escrito de formalización no cumple con los requisitos que en rigor técnico exige un recurso de apelación, efectivamente el recurrente interpone el recurso sin asistencia técnica y en consecuencia expone una serie de consideraciones sin invocar la norma procesal sustantiva o constitucional que se considera infringida, o la doctrina legal supuestamente incumplida, ni alega infracción de principio jurídico alguno en que apoyar su recurso, contrariamente a lo dispuesto en el art. 790.2 de la L.E.Crim, no obstante dado que se trata de un juicio de faltas, en el que, como es sabido, el art. 962 L.E.Crim...
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ATS, 8 de Enero de 2013
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