SAP Málaga 374/2010, 21 de Junio de 2010

PonenteJOSE MARIA MUÑOZ CAPARROS
ECLIES:APMA:2010:413
Número de Recurso170/2010
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución374/2010
Fecha de Resolución21 de Junio de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Málaga, Sección 3ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MALAGA

SECCION TERCERA

ROLLO DE APELACIÓN DE PROC. ABREVIADO Nº 170/10

JUZGADO DE LO PENAL Nº 8 DE MALAGA

PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 348/09

SENTENCIA Nº 374/10

ILMOS SRES.

PRESIDENTE

Carlos Prieto Macías

MAGISTRADOS

D. Andrés Rodero González

D. José María Muñoz Caparrós

**************************

En la ciudad de Málaga a veintiuno de junio de 2.010. Vistos en grado de apelación, por la Sección Tercera de esta Audiencia, los presentes autos de juicio rápido, procedente del Juzgado de lo Penal de anterior referencia, seguidos con el número también mencionado, siendo parte el Ministerio Fiscal y actuando como apelante Jose Ignacio, con la representación de la procuradora señora García Solera.- Fue ponente el Magistrado Ilustrísimo Señor D. José María Muñoz Caparrós.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el mencionado Juzgado de lo Penal se dictó sentencia con fecha 27 de octubre de

2.009, cuyos antecedentes de hechos probados son del tenor literal siguiente: "Se declaran probados los siguientes hechos: Que sobre las 00:15 horas del día 16/05/09 el acusado D. Jose Ignacio circulaba en el vehículo marca Seat modelo León matrícula ....-MNM a una velocidad muy superior a la permitida por la calle Doctor Fleming de la localidad de Torre del mar de modo que al entrar en la rotonda de intersección con la calle azucarera, lejos de ceder el paso a que venía obligado a una patrulla de la Policía Local que circulaba por la misma, se adentró a gran velocidad en la misma, lo que provocó que los agentes tuvieran que frenar bruscamente su vehículo para evitar colisionar con el mismo, que incluso se subió parcialmente en el acerado. Que iniciada la persecución del primer vehículo por el coche policial, que en todo momento hacía notar su presencia mediante sus dispositivos de señalización luminosa y acústica, el acusado no sólo no detuvo su vehículo sino que prosiguió la marcha por diversas vías de la mencionada localidad a alta velocidad y sin respetar las prioridades de paso existentes en varias intersecciones provocando que algunos vehículos hubieran de frenar bruscamente para evitar colisionar con el mismo, llegando incluso cuando circulaba por la avenida de Andalucía en dirección a la Caleta de Vélez a invadir parcialmente el carril contrario de circulación de modo que los vehículos que por el circulaban hubieron de ceñirse a su derecha para evitar la colisión. Que finalmente el coche patrulla, que para ponerse a la altura del vehículo del acusado hubo de circular a velocidad de 130 km/h, dio alcance a éste último, quien detuvo la marcha tras recorrer aproximadamente un kilómetro".

Al que correspondió el siguiente fallo: "Condeno a D. Jose Ignacio como autor responsable de un delito contra la seguridad del tráfico (conducción temeraria), previsto y penado en el art. 380.1 y 2 CP, a la pena de 1 año de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y a la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por periodo de 2 años y 6 meses. Finalmente, le...

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