SAP Valladolid 252/2010, 8 de Octubre de 2010

PonenteJOSE RAMON ALONSO-MAÑERO PARDAL
ECLIES:APVA:2010:1212
Número de Recurso258/2010
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución252/2010
Fecha de Resolución 8 de Octubre de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Valladolid, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

VALLADOLID

SENTENCIA: 00252/2010

Rollo: RECURSO DE APELACION Nº 258/10

SENTENCIA Nº 252

ILMA. AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALLADOLID

SECCION PRIMERA

Ilmo. Sr. Presidente: D. JOSÉ RAMÓN ALONSO MAÑERO PARDAL

Ilmos. Sres. Magistrados: D. JOSÉ ANTONIO SAN MILLÁN MARTÍN

D. ANGEL MUÑIZ DELGADO

En VALLADOLID, a ocho de octubre de dos mil diez

VISTOS por esta Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de Valladolid, en grado de apelación, los autos de Liquidación de la Sociedad de Gananciales nº 677/07 del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Medina del Campo (Valladolid), seguido entre partes, de una como DEMANDANTE-APELADO, D. Paulino, mayor de edad y vecino de Medina del Campo, representado por la Procuradora Dª Mª ARANZAZU MUÑOZ RODRÍGUEZ y defendido por el Letrado D. PRIMITIVO ALMAZÁN RODRIGUEZ, y como DEMANDADA-APELANTE, Dª Amalia, mayor de edad y vecina de Medina del Campo (Valladolid), representada por la Procuradora Dª Herminia Sastre Matilla y defendida por el letrado

D. ALBERTO DE PAZ SIMÓN; sobre formación de inventario.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

SEGUNDO

Seguido el litigio en cuestión por sus trámites legales ante el Juzgado de Primera Instancia de referencia, con fecha, se dictó sentencia cuyo fallo dice así: "1.- Que debo declarar y declaro, que habrán de incluirse en el activo la suma de 2.971,90 euros existente en la cuenta de La Caixa NUM000 a fecha 1 de febrero de 2.007,

  1. -y como crédito de la Sra. Amalia frente a la sociedad de gananciales, las siguientes partidas, a saber: -Suma de 2.511,96 euros abonada por la Sra. Amalia por avería de la caldera existente en el piso alquilado en la CALLE000 NUM001 NUM002 .

-Suma de 360 euros en concepto de derrama de la comunidad de propietarios de la CALLE000 NUM001 .

-Suma de 207,57 euros por abono de la prima de seguro de la vivienda sita en la CALLE001 NUM003 de Medina del Campo.

-Suma de 3.770,31 euros por recibos del IBI de las cuatro viviendas gananciales.

-Suma de 55,12 euros por el importe abonado por tasa de entrada de vehículos de la vivienda de la CALLE002 NUM004 de Medina del Campo. "

TERCERO

Notificada a las partes la referida sentencia, por la representación de la parte demandada, Dª Amalia se preparó recurso de apelación que fue interpuesto dentro del término legal alegando lo que estimó oportuno. Por la parte contraria se presentó escrito de oposición al recurso. Recibidos los autos en este Tribunal y personadas las partes, se señaló para deliberación, votación y fallo el día 7-10-10, en que ha tenido lugar lo acordado.

Vistos, siendo ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ RAMÓN ALONSO MAÑERO PARDAL.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Dª Amalia interpone recurso de apelación contra la sentencia dictada en el proceso de Formación de Inventario para liquidación de sociedad ganancial que se ha seguido con el número 677/2.007 ante el Juzgado de Primera Instancia número Dos de Medina del Campo (Valladolid), interesando la parcial revocación de dicha resolución, pues su impugnación afecta solo a los pronunciamientos por los que la Juez de Instancia decide excluir del activo de la sociedad ganancial determinadas partidas cuya inclusión propugna la ahora apelante.

Así, cuestiona la apelante en el recurso, en primer lugar, la decisión de la Juez de Instancia -fundamento de derecho segundo de la resolución recurrida-, de no incluir en el activo de la sociedad ganancial la partida IV del activo recogida en su propuesta de inventario -suma de 27.096,17 #, percibidos el 28 de noviembre de 2.003 por el sr. Paulino de la entidad "Metalúrgica de Medina S.A.", como indemnización por despido improcedente-; y en segundo lugar, idéntica decisión adoptada por la Juez "a quo" en relación con la partida V del activo de la mencionada propuesta de inventario -sumas percibidas por el sr. Paulino por prestación de desempleo y posterior pensión de jubilación desde el mes de mayo de

2.004, hasta el momento en que se dicta la sentencia de divorcio en febrero de 2.007 -.

SEGUNDO

En lo que se refiere a la primera cuestión, la pretensión inicial de inclusión en el activo de la sociedad ganancial del crédito de la misma contra el sr. Paulino por importe de los 27.096,17 #, percibidos por este, ha sido debidamente matizada en las actuaciones tras la prueba practicada en el procedimiento, en el sentido de señalar que el referido crédito debe incluir, de un lado la suma de 14.000 #, procedente de aquélla indemnización y que al tiempo de la disolución de la sociedad de gananciales existía en una libreta de ahorro a plazo a nombre exclusivo del apelado (cuenta NUM005 ), y de otro la suma restante, 13.096,17 #, al parecer dispuestos por el sr. Paulino tras ser ingresados en una cuenta a su exclusivo nombre tras percibir la indemnización por despido en fecha en que estaba vigente la sociedad de gananciales. Sin embargo, pretende ahora la apelante en el recurso el incremento de esta última partida a la cantidad de 16.593 #, tras constatarse que en la misma fecha percibió el apelado además, en concepto de liquidación y finiquito, otros 3.496,92 #.

Antes de entrar en el fondo de la cuestión, resulta obvio que no puede accederse a la pretensión de...

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