SAP Valencia 608/2010, 27 de Septiembre de 2010

PonenteANA DELIA MUÑOZ JIMENEZ
Número de Recurso413/2010/
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución608/2010
Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 10ª

608/2010

ROLLO Nº : 000413/2010

SECCIÓN 10ª

SENTENCIA Nº 608-2010

SECCIÓN DECIMA:

Ilustrísimos Sres.:

Ilmos/as. Sres/as.:

Presidente: D.Jose Enrique de Motta García España

Magistrados/as:

Dña. María Pilar Manzana Laguarda

Dña. Ana delia Muñoz Jimenez

En Valencia a, veintisiete de septiembre de dos mil diez

Vistos ante la Sección Décima de la Iltma. Audiencia Provincial, en grado de apelación, los autos de Divorcio contencioso, nº 000889/2009, seguidos ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 24 DE VALENCIA, entre partes, de una como demandante-apelada, D. Delfina, dirigido por el Letrado, y representado por el Procurador MARIA LUISA FOS FOS, y de otra como demandado-apelante, D. Hilario, dirigida por el letrado y representada por el Procurador JUAN A. RODRIGUEZ-MANZANEQUE ALBERCA. Siendo parte el M. Fiscal.

Es ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Ana delia Muñoz Jimenez

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En dichos autos por el Iltmo. Sr. Juez de JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 24 DE VALENCIA, en fecha 13-1-2010 se dictó sentencia cuya parte dispositiva es como sigue: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda de Divorcio instada por Dña. Delfina contra D. Hilario declaro disuelto por causa de divorcio el matrimonio formado por D. Hilario y Dña. Delfina con todos los efectos legales, y en especial los siguientes: 1º) Se atribuye a Dña. Delfina el uso y disfrute del domicilio familiar y ajuar doméstico en el contenido, hasta que obra cosa se disponga en la liquidación de gananciales. D. Hilario retirará de dicho inmueble, si no lo ha retirado ya, en el plazo de 5 días desde la presente, las ropas y enseres personales, previo inventario entre las partes.2º) D. Hilario abonará las deudas y préstamos a cargo de la sociedad de gananciales, computándose como crédito a su favor en la liquidación de la misma dichos abonos. Ambos cónyuges percibirán por mitad las rentas de alquiler de bienes de su propiedad.3º) Se fija a favor de Dña. Delfina a cargo de D. Hilario una pensión compensatoria ascendente a 350 €/mesy por 2 años desde la presente. Dicha pensión se abonará anticipadamente, los cinco primeros días de cada mes en la cuenta corriente que al efecto designe Dña. Delfina, actualizandose anualmente dicha cantidad conforme a las variaciones al alza del IPC.No se hace especial pronunciamiento sobre costas procesales."

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia por la representación de la demanda Hilario se interpuso recurso de apelación que fue admitido en ambos efectos,y previo emplazamiento de las partes se remitieron los autos a esta Audiencia en donde comparecieron dentro de plazo; se ha tramitado el recurso celebrándose la vista el día 15-9-2010, a cuyo acto asistieron los letrados y las representaciones de las partes que constan en la diligencia de vista extendida a tal efecto, solicitando se dictara sentencia conforme a las pretensiones de sus respectivos patrocinados.

TERCERO

Que se han observado las formalidades y prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia dictada en primera instancia en fecha 13 de enero de 2010 decretó el divorcio de las partes, estableciendo las medidas correspondientes. Fijó una pensión compensatoria en favor de Dª Delfina por importe de 350 € mensuales y dos años de duracion desde la sentencia y estableció que D. Hilario abonaría las deudas y préstamos a cargo de la sociedad de gananciales, computándose como crédito a su favor en la liquidación de la misma dichos abonos.

La sentencia es recurrida en apelación por la representación del Sr. Hilario, por disconformidad con los pronunciamientos referentes a las dos medidas indicadas.

SEGUNDO

Respecto de la obligación del Sr. Hilario de abonar los...

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