SAP Tarragona 173/2011, 27 de Abril de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución173/2011
Fecha27 Abril 2011

AUDIENCIA PROVINCIAL

TARRAGONA

SECCION PRIMERA

ROLLO NUM. 491/2010

ORDINARIO NUM. 178/2009

EL VENDRELL NUM. SEIS

S E N T E N C I A NUM.

ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE

D. Antonio Carril Pan

MAGISTRADOS

Dª Mª Pilar Aguilar Vallino

Dª Mª Joana Valldepérez Machí

En Tarragona, a 27 de abril de 2.011.

Visto ante esta Sección Primera de la Audiencia Provincial de Tarragona el recurso de apelación interpuesto por DÑA. Sara representada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Amela Rafales y defendida por la Letrada Sra. Largo Codorniu, contra la Sentencia de 4 de marzo de 2.010 dictada por el Juzgado de Primera Instancia Nº 6 de El Vendrell en el procedimiento de juicio ordinario núm. 178/2009 , en el que figura como parte demandante la apelante, y como parte demandada DÑA. Agustina representada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Rosa Elías Arcalís y asistida por la Letrada Sra. Pérez Bracons.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

La resolución recurrida contiene el siguiente Fallo:

"Que desestimando íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Mª Assumpció Polo Aibar en nombre y representación de Dª Sara , debo ABSOLVER y ABSUELVO a Dª Agustina de las pretensiones contra ella deducidas, con imposición de las costas causadas a la actora."

Segundo.- Contra la mencionada resolución se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de DÑA. Sara por los motivos expuestos en su escrito.

Tercero.- Dado traslado a la adversa, por su representación procesal se presentó escrito de oposición al recurso de apelación.

Cuarto.- En la tramitación de la presente instancia del procedimiento se han observado las normas legales.

Visto y siendo Ponente la Iltma. Sra. Mª Joana Valldepérez Machí ,

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Interpone la representación procesal de DÑA. Sara el presente recurso de apelación contra la Sentencia de instancia que desestima íntegramente su demanda por la que solicitaba la declaración de que la propiedad de las parcelas catastrales NUM000 y NUM001 del polígono NUM002 de Aiguamúrcia le pertenecen al integrar la finca registral NUM003 del Registro de la Propiedad de El Vendrell, así como la rectificación de los asientos del Registro de la Propiedad Nº 1 de El Vendrell relativos a la finca NUM004 , suprimiendo de su descripción la mención a las parcelas NUM000 y NUM001 citadas, alegando error en la valoración de la prueba al considerar la Juzgadora a quo de que tales parcelas NUM000 y NUM001 no forman parte de la finca registral NUM003 y, subsidiariamente, infracción de jurisprudencia al imponerle las costas de la primera instancia al presentar el caso dudas razonables.

Tal y como ha puesto de manifiesto la Jurisprudencia, la acción declarativa de dominio exige dos elementos como son la identificación de las fincas y el título de propiedad ( STS de 23 de junio de 2.009 ), así como también exige un interés en accionar respecto de los demandados, es decir, algún tipo de contradicción ( STS de 26 de octubre de 2004 ), pues la acción de mera declaración o constatación de la propiedad tiene como finalidad la de obtener la declaración de que el actor es el propietario de la cosa, "acallando a la parte contraria que...

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